¿Puede una cajera del super obligarte a enseñarle la mochila?

La cajera no puede obligarte a registrar tu mochila, sí el Vigilante de Seguridad (Siempre q esté debidamente identificado.

Lo de la retención es ilegal.

Un hurto es una falta no un delito, si pasa de 401 ya no es un hurto es un robo, por lo tanto un delito. Y si en el hurto hay violencia física a personas o objetos ( el armario del super donde están los berberechos caros, si lo rompes para conseguir esa lata aunque no pase de 400 también se considera robo).

Es de memoria igual me equivoco.

Enviado desde mi Galaxy Note

Sí, te equivocas.

Si es inferior a 400 € es una falta de hurto.
Si es superior a 400 € es un delito de hurto.
Si hay fuerza en las cosas o violencia o intimidación en las personas es delito de robo, con independencia de la cuantía de lo robado.
 
Sí, te equivocas.

Si es inferior a 400 € es una falta de hurto.
Si es superior a 400 € es un delito de hurto.
Si hay fuerza en las cosas o violencia o intimidación en las personas es delito de robo, con independencia de la cuantía de lo robado.

Te thankeo y te robo el gif animado!

Enviado desde mi Galaxy Note
 
Joer qué complicado. En muchas tiendas pone que se debe enseñar el bolso o mochila a la salida y sin que me lo pidan abro el bolso y se lo enseño.
Me da igual si tengo o no derecho a negarme.
El caso es que hay mucha gente que se dedica a meter en los bolsos lo que no les corresponde y por eso nos piden esa "colaboración". Me conviene a mí misma ayudar contra los robos, para que no suban los precios, y porque no me gustan los jetas que no pasan por caja.
De hecho no señalo a los que veo en mi barrio robando en el super con todo el descaro por mi propia seguridad(esos no perdonan nada).

Si no hay nada que ocultar no veo tanto problema, y he llevado cosas "privadas" como salva-slips o cosas así que tampoco me parece nada del otro mundo que las vean(no hace falta sacarlo y ponerlo de exposición ante el mostrador)
Creo que es también una forma de tener una excusa para mirar el bolso a quien hayas podido ver mangando algo. "Aaah, es que le pido a todos que lo enseñen" (así no pasan cosas como acusaciones de racismo que he visto yo cuando no pedían a todos que enseñásemos el bolso)
 
Y teniendo San Google, por qué nadie argumenta un poquito..?

c) La vigilancia y seguridad de los bienes y de las personas que se encuentren en los inmuebles o
establecimientos, con posibilidad de represión, incluyendo las siguientes actuaciones:
- Identificación de personas.
- Retención de personas, si fuera absolutamente necesario, poniéndolas inmediatamente a
disposición de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
- Registros, aun cuando únicamente en supuestos de indicios de comisión de actos
delictivos.
- Expulsión de personas por incumplimiento de las normas propias del establecimiento.
- Intervención en supuestos de actos vandálicos, atraco, intrusión, etc., y puesta en
conocimiento de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad de tales hechos.


Reglamento de Seguridad Privada 71 y SS.

Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad Privada.

Consulta a Secretaría técnica Ministerio Interior.

http://www.interior.gob.es/file/52/52722/52722.pdf
 
Y teniendo San Google, por qué nadie argumenta un poquito..?

c) La vigilancia y seguridad de los bienes y de las personas que se encuentren en los inmuebles o
establecimientos, con posibilidad de represión, incluyendo las siguientes actuaciones:
- Identificación de personas.
- Retención de personas, si fuera absolutamente necesario, poniéndolas inmediatamente a
disposición de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
- Registros, aun cuando únicamente en supuestos de indicios de comisión de actos
delictivos.
- Expulsión de personas por incumplimiento de las normas propias del establecimiento.
- Intervención en supuestos de actos vandálicos, atraco, intrusión, etc., y puesta en
conocimiento de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad de tales hechos.


Reglamento de Seguridad Privada 71 y SS.

Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad Privada.

Consulta a Secretaría técnica Ministerio Interior.

http://www.interior.gob.es/file/52/52722/52722.pdf

de la cajera no dicen nada
 
¿y si no me apetece sacar mis gayumbos sucios del gimnasio en la caja?
¿y si llevo fotos de mi prima en pelotas?
¿y si llevo...?

¿Por esa regla de tres porque no nos dejamos intervenir las lineas de teléfono, emails, internet... si no ocultamos nada?




Ojo, que yo entiendo sus razones. Solo pregunto por mis derechos.

Yo pasé una vez con la bolsa de la piscina colgada y no la enseñé, pensé que si decía algo le sacaría el bañador y las toallas mojadas, pero no quiso verlas.

Yo creo que hay gente pululando por los super y si ven algo a la salida te dicen que enseñes, sino te dejan salir. He visto etnianos a los que en la caja les han sacado los envoltorios de lo que se habian zampado dentro y habían tirado por ahí, y decirles en que sitio del carrito de bebé llevaba un bote de leche condensada.

saludos. Enviado desde el móvil.
 
de la cajera no dicen nada

La cajera ya te digo yo que ni dudes....

Dala la mochila cerrada, que la abra y mientras la grabas mientras "¿Por qué me robas?", y cuando la suelte que lo hara ipsofacto, pregúntale por los 3.000€ que llevabas dentro...
 
Acabo de venir de un super Simply y una de las simpáticas cajeras me ha parado a la salida (sin compra) requiriendome que le abriera mi mochila.

A lo cual me he negado.

Después me ha dicho que debía dejarla en las taquillas de cosa que tienen.

A lo cual le he contestado que no había ningun cartel ni indicación que así lo requiriese en todo el local.

Al final he cedido y le he enseñado todos los bolsillos de la mochila para que se callara, eso sí uno por uno y a velocidad lentisima para jorobarla y que se le montase un buen pollo en la fila.

Mis pregunta son:
  • ¿Estás obligado a enseñar el contenido de tu bolsa de viaje, mochila, etc si te lo requiere una cajera? ¿Puedes negarte? ¿Deben tener algún sitio privado donde abrir tus cosas?
  • ¿En caso de robo en las taquillas se hace cargo el establecimiento de lo robado?

gracias burbujistas.


Eso te lo pide seguridad los de podio los auxiliares o bueno si es un super pequeño pues quiza si.
 
Yo pasé una vez con la bolsa de la piscina colgada y no la enseñé, pensé que si decía algo le sacaría el bañador y las toallas mojadas, pero no quiso verlas.

Yo creo que hay gente pululando por los super y si ven algo a la salida te dicen que enseñes, sino te dejan salir. He visto etnianos a los que en la caja les han sacado los envoltorios de lo que se habian zampado dentro y habían tirado por ahí, y decirles en que sitio del carrito de bebé llevaba un bote de leche condensada.

saludos. Enviado desde el móvil.

Jaai paaaayo, ¡eso es pa veeeeerlo! :8: :XX:

En el de mi barrio meriendan a diario y no son tan eficientes.
Ay, sería la monda que un día hicieran eso...:XX:
 
1.- Lo primero que hay que aclarar es que el término correcto, jurídicamente hablando, no es cacheo, sino registro: ninguna ley usa la palabra cacheo. Pero usaremos el término cacheo por ser el habitual.

2.- Ninguna ley prohibe el cacheo o los registros personales a los vigilantes. De hecho, la propia LSP se lo permite, al establecer, entre las funciones de los vigilantes, el "evitar la comisión de actos delictivos" (como puede ser la venta de drojas, por ejemplo) y "poner inmediatamente a disposición de las FFCCS a los delincuentes ... así como los instrumentos, efectos y pruebas de los delitos" (Art. 11.1 de la LSP).

Esa ley no se lo prohibe, pero tampoco le da derecho a registrar a las personas y para que una persona pueda registrarte tiene que tener ese derecho
 
A la cajera la obligan ha hacer de vigilante y eso que se ahorran. Deberian haber detectores de esos que pitan si llevas algo en la mochila y eso que se ahorran. Que de esta forma ni contratan vigilantes ni compran aparatos. Unos cuantos más al paro gracias la cajera
 
Que sabrás tu lo que puede y no puede hacer un vigilante de seguridad,eso de guardia de seguridad no existe, habláis de oídas y no tenéis ni idea,y un vigilante si puede cachearte,otra cosa es que te niegues y tenga que venir la policía.

hombre.... estábamos hablando de hacerlo contra la voluntad del cacheado. Es decir, la negativa se presupone. Y un vigilante solo puede emplear la violencia en defensa propia, de modo que si dispara contra alguien que intenta marchar del lugar, dependiendo de a quien se lo haga se le cae el pelo, así que en general, es mejor para él dejar marchar al "detenido", si éste mide más de un metro noventa e intenta largarse a la brava
 
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