¿Puede una cajera del super obligarte a enseñarle la mochila?

Un delito es toda acción o conducta activa, omisión o conducta pasiva, que puede cometer una persona. Esta acción puede ser calificada como intencionada o dolosa o bien imprudente. El delito es sancionado por la ley.

Los delitos se clasifican según su orden de importancia en: graves, menos graves y leves o faltas en función de la pena con la que sean sancionados:

Delitos graves: son aquellos a los que la Ley castiga con pena grave, con prisión superior a 3 años, suspensión de conducción de ciclomotores y vehículos a motor durante 6 años.
Delitos menos graves: son aquellos sancionados con pena menos grave, con la prisión de 6 meses hasta 3 años, multa de más de 12 meses o el arresto de 7 a 24 fines de semana.
Delitos leves o faltas: son infracciones castigadas con penas leves como pueden ser una multa de entre 5 días y 6 meses o el arresto de 1 a 6 fines de semana.
 
Artículo 490.

Cualquier persona puede detener:

Al que intentare cometer un delito, en el momento de ir a cometerlo.

Al delincuente in fraganti.

Al que se fugare del establecimiento penal en que se halle extinguiendo condena.

Al que se fugare de la guandoca en que estuviere esperando su traslación al establecimiento penal o lugar en que deba cumplir la condena que se le hubiese impuesto por sentencia firme.

Al que se fugare al ser conducido al establecimiento o lugar mencionado en el número anterior.

Al que se fugare estando detenido o preso por causa pendiente.

Al procesado o condenado que estuviere en rebeldía.
 
Ahora si queréis creer a los ignorantes que escriben sin saber adelante,luego vienen los disgustos por ser un cani y sus derechos de oídas.
 
Entrado en un super estas en una area privada, por lo tanto debes asumir que los mandatados del dueño estan protegidos mas que tu.
 
La cajera no puede obligarte a registrar tu mochila, sí el Vigilante de Seguridad (Siempre q esté debidamente identificado.

Lo de la retención es ilegal.

Un hurto es una falta no un delito, si pasa de 401 ya no es un hurto es un robo, por lo tanto un delito. Y si en el hurto hay violencia física a personas o objetos ( el armario del super donde están los berberechos caros, si lo rompes para conseguir esa lata aunque no pase de 400 también se considera robo).

Es de memoria igual me equivoco.

Enviado desde mi Galaxy Note
 
La cajera no puede obligarte a registrar tu mochila, sí el Vigilante de Seguridad (Siempre q esté debidamente identificado.

Lo de la retención es ilegal.

Un hurto es una falta no un delito, si pasa de 401 ya no es un hurto es un robo, por lo tanto un delito. Y si en el hurto hay violencia física a personas o objetos ( el armario del super donde están los berberechos caros, si lo rompes para conseguir esa lata aunque no pase de 400 también se considera robo).

Es de memoria igual me equivoco.

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Pero para registrar tu mochila primero te tendrá que retener (o detener), ¿no? Es decir, que tendrán que utilizar la fuerza para evitar que te vayas sin abrir la mochila.
 
La cajera no puede obligarte a registrar tu mochila, sí el Vigilante de Seguridad (Siempre q esté debidamente identificado.

Lo de la retención es ilegal.

Si no es un policía no te puede ni respirar cerca. Como mucho retenerte hasta que venga uno que sí ha pasado la oposición y es policia de verdad.

Si no llevas nada en la mochila y no tienes antecedentes ni faltas por hurto, a saco, que llamen a la policía. Les abres la mochila y te vas con viento fresco.

Los agentes le echarán la bronca al responsable de seguridad del establecimiento por llamarles por insensateces.
 
A mi me pasa a menudo en los auropuertos, la sencilla segurata del ojo ciego, (siempre son tias seguratas las tocapelotas) me piden abrir la mochila, siempre les digo lo mismo : NI DE COÑA, LLAMA A LA POLICIA Y QUE ME LO PIDAN ELLOS. Y eso les joroba mogollon a las tias sencillas estas que se creen Geos. Cuando viene la policia (que tambien les joroba venir por culpa de la sencilladelculo), les pido que me lleven a un reservado, que yo no muestro mis cosas en publico,... y asi, si voy con tiempo, me lo paso bien y les vuelvo picha durante media hora, total para nada.
 
:XX:,otro que no se entera de la vaina y dice insensateces,tu no tienes ni idea de lo que es una detención ilegal, deberían detenerte por petulante.

Iluminado:

delito de detención ilegal y secuestro se encuentran regulados en los art. 163 y ss del CP.
Tipo sui géneris de colaboración con la Justicia

El particular que, fuera de los casos permitidos por las leyes, aprehendiere a una persona para presentarla inmediatamente a la autoridad, será castigado con la pena de multa de 3 a 6 meses (art. 163. 4 CP). Se trata de un tipo delictivo sui géneris motivado por la colaboración con la justicia por parte del autor a la hora de realizar la conducta típica de la detención ilegal.

Este tipo exige un exceso por el particular en el ejercicio de la facultad de detener por sí mismo en unas concretas circunstancias, a una persona para presentarla ante una autoridad. La Ley de Enjuiciamiento Criminal concede esta facultad de detener a los particulares siempre y cuando el sujeto a detener se encuentre en determinadas circunstancias establecidas por la ley. Además, se exige la entrega del detenido en un plazo de 48 horas a la autoridad correspondiente para que pueda hablarse de una detención por particular legal. Pues bien, el tipo sui generis a que hace referencia el artículo 163.4 CP se dará cuando la detención la realice un particular fuera de los supuestos previstos por la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Se trata de un delito de intención que consta de dos elementos:

Conducta básica de detener.
Elemento típico subjetivo consistente en la finalidad de presentar al detenido ante la autoridad. Para que se dé basta con que únicamente esta finalidad sea subjetivamente pretendida.

Delito de detenciones ilegales (España) - Wikipedia, la enciclopedia libre
 
Última edición:
Pero para registrar tu mochila primero te tendrá que retener (o detener), ¿no? Es decir, que tendrán que utilizar la fuerza para evitar que te vayas sin abrir la mochila.

En este caso la cajera habrá parado al mochilero que salía sin compra por rutina. En el 99% la gente suele acceder a enseñarla, el 1% q se niega, a no ser que estén muy seguros que haya mangado algo no van a detenerlo.

Pero si están seguros que has mangado y como seas asiduo al mangoneo en su local, o hayas mangado cosas caras te va a detener hasta la cajera y a la policía le sudará lo que les cuentes de detencionciones o registros ilegales.


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Lo primero es poner una notita toca-pelotas en el libro de reclamaciones, a eso no se pueden negar
¿Puedes exigir una disculpa por escrito del director gerente del centro comercial?
¿Poner una denuncia por acusación falsa?
¿La policía podría cobrarle al centro comercial por haber movilizado a un agente por una denuncia falsa?


Interesante Hilo, e interesante Razonamiento, que me apunto,por si un día, algún Segurata ilimunado piensa mal de mí.

Estaría bie´n amenizarlo, con historias reales.................
 
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