¿Puede una cajera del super obligarte a enseñarle la mochila?

No creo que pueda obligarte legalmente hablando.

Lo que pasa es que siendo las cosas sencillas a menos que quieras robar no veo otras razones para complicarlas.

¿Vas al super?. No llevas mochila.

¿Vas al super y llevas mochila?. La dejas en el armario que tienen a la entrada.

¿Por qué?. Pues porque imagínate a la fauna dando vueltas por dentro de un super cargados de bolsos, bolsas y mochilas?.

Las únicas defensas que tienen al final los establecimientos son:

  • Que los ciudadanos no conozcan excesivamente suh derechohhh.
  • No dejar entrar con mochila.
  • Repercutir el precio de lo robado en los productos en venta.

Y no hay más.

Por cierto que esto será perfecto para hilo progre porque daría para discusión bizantina.
 
¿Estás obligado a enseñar el contenido de tu bolsa de viaje, mochila, etc si te lo requiere una cajera? NO ¿Puedes negarte? SI ¿Deben tener algún sitio privado donde abrir tus cosas? NO


¿En caso de robo en las taquillas se hace cargo el establecimiento de lo robado? DEPENDE
 
si no has entrado, tienen derecho de admision y tu actitud no es la correcta, no entras y ya esta

si sales con tu mochila y el guardia de seguridad dice que le enseñes la mochila y te niegas, mas aun habiendo consignas que podias haber usado, tendra mas que razonables indicios de que has cometido un hurto y podra llamar a la policia para que te identifique y luego mire tus pertenencias (esos si que pueden puesto que actuan ante una denuncia verbal del segureta) con el fin de que el luego haga la denuncia, esta vez, por escrito, si es que una persona con tus caracteristicas algo en la mochila sin pagar (la policia ya habra confeccionado informe de lo ocurrido y el segureta no tiene por que saber tus datos)

no eres un ladron por comprar con tu mochila, pero hay mucha gente que sí... y cada vez mas, da las gracias a la fruta crisis

espero serte de ayuda, despues de cientos de hurtos en supermercados me sé mis derechos de pe a pa

¿El hurto es delito?
 
No, ni el vigilante de seguridad si no has cometido ningún delito lo puedes denunciar por detención ilegal.

:XX:,otro que no se entera de la vaina y dice insensateces,tu no tienes ni idea de lo que es una detención ilegal, deberían detenerte por petulante.
 
En todo caso uno de seguridad sería el personal competente a hacerlo, y en caso de negarte, puede retenerte para que te cachee la policia.

Y si te pones cabezón, exiges que venga la policía te cachee y si el agente comprueba que no has robado nada

Lo primero es poner una notita toca-pelotas en el libro de reclamaciones, a eso no se pueden negar
¿Puedes exigir una disculpa por escrito del director gerente del centro comercial?
¿Poner una denuncia por acusación falsa?
¿La policía podría cobrarle al centro comercial por haber movilizado a un agente por una denuncia falsa?


iluminenos Assgasper
 
No creo que pueda obligarte legalmente hablando.

Lo que pasa es que siendo las cosas sencillas a menos que quieras robar no veo otras razones para complicarlas.


¿Vas al super?. No llevas mochila.

¿Vas al super y llevas mochila?. La dejas en el armario que tienen a la entrada.

¿Por qué?. Pues porque imagínate a la fauna dando vueltas por dentro de un super cargados de bolsos, bolsas y mochilas?.

Las únicas defensas que tienen al final los establecimientos son:

  • Que los ciudadanos no conozcan excesivamente suh derechohhh.
  • No dejar entrar con mochila.
  • Repercutir el precio de lo robado en los productos en venta.

Y no hay más.

Por cierto que esto será perfecto para hilo progre porque daría para discusión bizantina.

¿y si no me apetece sacar mis gayumbos sucios del gimnasio en la caja?
¿y si llevo fotos de mi prima en pelotas?
¿y si llevo...?

¿Por esa regla de tres porque no nos dejamos intervenir las lineas de teléfono, emails, internet... si no ocultamos nada?




Ojo, que yo entiendo sus razones. Solo pregunto por mis derechos.
 
Un guardia de seguridad no puede registrarte, solo retenerte hasta que vengan los cuerpos y fuerzas de seguridad del estado

Otra cosa es que tu voluntariamente decidas enseñarle tu mochila, pero el guardia no tiene autoridad alguna para registrarte.

¿No? ¿Puedes linkearme o explicarme algo con leyes en mano? No es que no te crea, para nada, es que me gustaría saberlo con certeza y demás. Gracias.
 
Entonces es prácticamente imposible cometer un delito en un super.

Latunes, ibéricos al vacío, perfúmenes, botellas de güisky... el hurtador profesional no se mete cajas de palillos debajo del abrigo. Aunque conocen bien la linea roja para no sobrepasarla.
 
Yo una vez de pringada y con 16 años le enseñe la mochila AL ENTRAR porque me pito un champu que llevaba porque venia del gym, lo que más vergüenza me dio fue que rebuscase entre mi ropa sudada.....
Lo que no entiendo es porque una persona ha de dejar la mochila y no las mujeres esos mega bolsos que llevan, que con eso es infinitamente más facil mangar, puesto que la mochila te la tendrias que quitar de la espalda y canta mucho más. Otra cosa, yo, soy mujer y no uso bolsos salvo caso especiales de ir "elegante" ahora porque con el bebé uso el carrito y su bolso, pero si no voy siempre con una mochila de esas como de estudiantes y alguna vez en la entrada del alcampo me han obligado a meterla en esas bolsas selladas y me joroba mucho, porque luego tengo que romperla a la hora de ir a pagar etc. Sin embargo he entrado con bolsas por ejemplo de una de las tiendas de alli y he preguntado si la sellaba y me han dicho que no. Eso depende un poco del segurata que esté ahi y de las ganas de tocar los bemoles, como entrar en un carrefour con un agua marca alcampo y que te pongan una etiqueta, evidentemente NO VOY A ROBAR AGUA ALCAMPO EN CARREFOUR, pero en fin.
 
Para añadir más leña al fuego, cito lo siguiente:

Según la Ley de Enjuiciamiento Criminal de España, en sus artículos 490 y 491, cualquier persona puede detener:

- Al que intentare cometer un delito, en el momento de ir a cometerlo.
- Al delincuente in fraganti
 
1.- Lo primero que hay que aclarar es que el término correcto, jurídicamente hablando, no es cacheo, sino registro: ninguna ley usa la palabra cacheo. Pero usaremos el término cacheo por ser el habitual.

2.- Ninguna ley prohibe el cacheo o los registros personales a los vigilantes. De hecho, la propia LSP se lo permite, al establecer, entre las funciones de los vigilantes, el "evitar la comisión de actos delictivos" (como puede ser la venta de drojas, por ejemplo) y "poner inmediatamente a disposición de las FFCCS a los delincuentes ... así como los instrumentos, efectos y pruebas de los delitos" (Art. 11.1 de la LSP).
 
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