Hilo Oficial: Va a haber un ***ón muy rellenito con los funcionarios interinos y temporales en España.

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El Supremo desestima la conversión automática y judicial de los interinos en fijos

28 MAY. 2024 - 08:35

El Supremo dicta que "la conversión judicial automática" de los interinos en fijos "es incompatible" con el modelo español de función pública, basado en "la igualdad, capacidad y mérito".

Malas noticias para todos aquellos que tienen pendiente en los tribunales y, especialmente, en el Supremo sus aspiraciones para convertirse en trabajadores fijos de las administraciones públicas, después de haber estado durante años como interinos.




El Supremo rechaza que los indefinidos no fijos de la Administración Pública puedan optar a concursos de traslado de plaza

El tribunal considera que no son equiparables a los empleados que accedieron por oposición

EFE
Madrid - 28 MAY 2024 - 10:19CEST

La diferencia más trascendente entre el fijo y el indefinido no fijo, recuerda el Supremo, para el acceso a una plaza fija, consiste en que este tipo de personal está prestando servicios en el ámbito público sin haber ingresado a través de un procedimiento en el que se hayan garantizado los principios de igualdad capacidad y mérito. Dicha diferencia puede considerarse como una circunstancia “objetiva y razonable que apoye lícitamente la exclusión del personal indefinido no fijo del concurso de traslados”, sin que ello suponga discriminación alguna.

El Supremo se remite al fallo del pasado mes de febrero del Tribunal de Justicia de la Unión europea (TJUE), que instó a España a convertir en fijos a los interinos de larga duración que no hubieran obtenido aún su plaza. Pero la “radical igualdad” que establece el TJUE entre fijos y temporales “permite un trato diferente ente temporales y fijos por razones objetivas”, puntualiza el Supremo remitiéndose a una directiva europea de 1999.

Pais impresentable
 
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María Emilia Casas dice lo que todo el mundo sabe. Esto ya no es cuestión judicial, que ya está resuelta, sino que hace falta ver hasta qué punto los jueces del TS están dispuestos a violar la Ley para servir a sus amos.

El TS social ya dijo que acatará lo que diga el TJUE en la prejudicial y el TS contencioso ha pasado a admitir los recursos (hasta ahora inadmitía con condena en costas) para valorar la cuestión nuevamente "a la luz" de la última sentencia.

La aplicación de una sanción es "indispensable" según reiterada jurisprudencia del TJUE, como también lo es que cuando una Directiva exige la aplicación de sanciones (aunque no las concrete) sí tiene efecto directo.

Esto acabará como siempre, reconociendo la fijeza o una indemnización, después de haber hecho sufrir a la gente durante muchos años pero sin la menor muestra de humildad, con la chulería de siempre dirán que todo ha sido culpa del legislador, que les ha obligado a sancionar jurisprudencialmente pero de pedir perdón en este país... ni de coña.
Lo que en este Foro muchos desconocen, en contra de sus prejuicios fantasiosos, es el repruebo de muchas Administraciones hacia sus interinos, los cuales son una especie de mano de obra de segunda.
 
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