El Parlamento ultima la ley que convertirá en fijos a 660.000 interinos de la Administración II

Habrá cambio de jurisprudencia y habrá fijeza “de oficio” tras petición del interesado. El que paga manda…., siempre y para siempre. Cuantas más vueltas se le dé, más en evidencia y ridículo queda España.
 
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Pues eso. A pagar lael cuenta. ¿Cuantos laborales pueden estar en ese caso?. Millonadas

Con volver a meter en otra reforma laboral los EREs para el personal laboral público...

Ojo, que estamos hablando del 31/03/2022 roto2

Desde este jueves 31 de marzo los empleados de las Administraciones Públicas ya no podrán ser objeto de un expediente de regulación de empleo (ERE), de acuerdo con la nueva legislación de la reforma laboral aprobada a finales de diciembre de 2021.


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Esta medida, que había exigido UGT, restará flexibilidad a la Administración y se complementa con la derogación de la disposición adicional anterior, que regula la aplicación de los límites de duración del contrato por obra o servicio determinados y al encadenamiento de contratos en las Administraciones Públicas. De esta forma, el texto parece que propone aplicar los límites a la temporalidad que establece para los trabajadores del sector privado a los laborales del sector público. Sólo se mantiene en este sentido el apartado que permite no tener en cuenta para el límite al encadenamiento el paso por distintos organismos públicos, sólo la sucesión de contratos en uno de ellos.


 
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