Hilo Oficial: Va a haber un ***ón muy rellenito con los funcionarios interinos y temporales en España.

Las Directivas europeas están por encima de las jurisdicciones de los países de la UE. Y el TJUE está jerárquicamente por encima del Tribunal Supremo. Al Tribunal Supremo no le va a quedar otra que modificar su doctrina quiera o no quiera. Sí o sí. "Ej lo que hay". roto2
No están por encima de la Constitución
 
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De una lectura en diagonal de la sentencia que mencionas sigo sin ver la primacía del derecho de la UE sobre nuestra constitución.

Hagamos una reducción al absurdo. En el supuesto de que el derecho de la UE estableciese que el máximo tiempo de detención de un ciudadano antes de ser puesto a disposición judicial o puesto en libertad es de 30 días, ¿tendría prevalencia sobre el máximo 72 horas, excepcionalmente 5 días, que establece nuestra constitución?

Tendrían que modificar la constitución. El art. 17 de la C.E. y la L.O. 6/1984.

Así pasó con el art. 13.2 C.E. para adaptarlo al TFUE por la modificación hecha en el TUE (7 de febrero de 1992, vulgo, Tratado de Maastricht).


Insisto en que no conozco el caso que estáis comentando. Pero que el derecho de la Unión tiene primacía es indudable.
 
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