Consultorio de derecho laboral.

OFF TOPIC

Moris

Me gusta tu firma. Varias veces he estado a punto de sugerirte que incluyas un par de detalles (si te parece bien), pero nunca veo el sitio adecuado, ni sé si parecerá una impertinencia (disculpas, "si eso"). Te lo pongo aquí (subrayado) y lo borro cuando vea que lo has visto.


"Haber" (verbo o sustantivo), "a ver" (mirar), "haver" no existe

“Haya” (haber, nombre de ciudad o un árbol), “halla” (encontrar), “allá” (un lugar), "aya" (niñera).

:pienso:
 
Le doy una subida (haré una a la semana) para que los que no lo lean sepan que está aquí, si algún moderador le pusiese una chincheta le estaría enormemente agradecido y me ahorraría tener que subirlo cada X tiempo.
Un saludo a todos.
 
Última edición:
Pues arriba este hilo. Y que no decaiga.

Tengo una duda sobre subcontratas en organismos autonómicos. No me afecta personalmente, pero la plantearé en cuanto me la redacte bien el amigo afectado.

p.s. A ver si los que tenéis mano en burbuja echáis una idem y ponen

CHINCHETA

:pienso:
 
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Subida semanal por si alguien lo necesita. Se ruega chincheta a los depot... digo queridos moderadores :)))

Si en una empresa, un trabajador trabaja más de 80 horas extra al año, ¿cualquier otro trabajador puede denunciar la situación? ¿Se denunciaría ante Inspección de Trabajo?

Gracias.
 
Si en una empresa, un trabajador trabaja más de 80 horas extra al año, ¿cualquier otro trabajador puede denunciar la situación? ¿Se denunciaría ante Inspección de Trabajo?

Gracias.

Si y si a sus preguntas, pero mucho ciudado con el computo de esas horas extras. No siendo que ahora le esten metiendo por ejemplo más horas en base al 10% de libre disposición que marca el ET y luego haga de menos. Cerciorate bien. Una de las claves para enfocar este tipo de denucias es en base a la seguridad y salud de los trabajadores, puesto que el exceso de horas es malo. De todos modos insisto en que mires muy bien el asunto antes de presentar denuncia.
La respuesta de la inspección será el obligar a la empresa a que el trabajador no haga más horas y si llega el caso una multa más símbolica que otra cosa, salvo que trabaje en un sector sensible y mediático.
Un saludo
 
Buenos días, la información que he encontrado en internet sobre mi caso es contradictoria y la verdad es que en el SEPE te dicen siempre que "todo bien" hasta que te llega la carta con "todo mal".

Le comento, la empresa donde trabaja por cuenta ajena cesó su actividad y nos dió de baja en la seguridad social sin aviso ninguno a mi y todos los trabajadores... demandamos a la empresa por la improcedencia del despido y porque nos debían sueldos además de la indemnización.

Opté por solicitar la capitalización del paro para ponerme de alta como autónomo pero desde el SEPE me contestaron que antes debía resolver el litigio contra la empresa no me fueran a readmitir.

Mi pregunta es si puedo reclamar al SEPE demostrando que la empresa ha desaparecido, no existe, dada de baja en el IAE y no presta ninguna actividad (ni tiene local siquiera y por lo tanto mi readmisión es imposible), o como me dicen, tengo que esperar 9 meses hasta que salga el juicio y volver a solicitarlo.

Pero claro, esperar 9 meses viviendo a la sopa boba no es opción y si me doy de alta como autónomo antes de que lo vuelva a solicitar... ¿qué pasaría?.

Yo creo que te han informado mal, a mi me despidieron hace 4 años por SMAC de por medio y eso ya había cambiado, también me dijeron que si me readmitían tenía que volver al sepe a informar para que reclamasen el dinero a la empresa, pero al mes siguiente ya me ingresaron el paro, antes de resolver el SMAC. Además tienes un plazo limitado para pedir la prestación...

Quizá tenga que ver con lo de la capitalización del paro completo y sea un caso especial.

Yo que tú volvería a la oficina a informarme con otra persona, a veces no se da con la adecuada...
 
Hola:
Con toda la humildad del mundo: No sé que puede hacer, porque ese caso no se me ha dado nunca. Tendría que mirarlo muy concienzudamente, pero como tu bien anticipas tiene mal arreglo, puesto que, aunque tuvieses razón, si el SEPE te la deniega "por que sí", y te ves recurriendo, se te pasan unos cuantos meses/años.
¿Cuál sería la opción más lógica independientemente de la respuesta a su pregunta?
Adjuntar todos los papeles que tiene y solicitar la prestación deseada, así para bien o para mal, la administración le tendrá que contestar y dar una respuesta jurídica.
La única pega es que para solicitar la prestación, creo que tenías que haber puesto en marcha el negocio (corrigeme si me equivoco), con lo cual, a lo mejor no te compensa para nada el riesgo de iniciar el negocio, que no te capitalicen el paro, y que "pierdas" el mismo porque ya no estás parado.
Conclusión YO esperaría si mi situación económica me lo permitiese.
Si, se que no es una respuesta, pero creo que te sirve de orientación con respecto lo que tienes que hacer.
PD: si no tienes que haber inicado el negocio para capitalizar el paro, entonces si que lo solicitaría.
Un saludo.
 
Según el SEPE, como lo he solicitado antes de iniciar la actividad y estoy a la espera de recibir el recurso, podría iniciar la actividad y con la sentencia en la mano solicitar la prestación cuando salga la sentencia contra la empresa y certifique mi despido, que es de facto, imposible de "anular"... eso si, hay que esperar los 3 o 4 meses de que te contesten.

No obstante la legislación en este país no tiene ni pies ni cabeza porque es tan sumamente interpretable que con cada funcionario o abogado que hablo me dice una cosa diferente... y cabe decir que la primera vez que fuí al SEPE y pregunté me dijeron que mi caso era una "concesión de la prestación" de libro... y fíjate... leyendo sentencias contra el SEPE que he ido leyendo, dice que la norma crea un perjuicio innecesario contra el trabajador que no corresponde a la naturaleza de la concesión de dicha ayuda y por lo tanto patatín, patatán... pero también he leido sentencias que van en la otra dirección al reconocer que la reincorporación era imposible y que por lo tanto se tendría que haber concedido.

Prometo poner aquí como se resuelve todo por si a alguna persona se encuentra en la misma situación que yo y lo googlea.

Gracias por ponerlo, nos servirá para ver por donde van los tiros en el tema.
 
Quiero trabajar en cocina en un restaurante julio y agosto.
Pero no quiero trabajar más de 40 horas semanales. Y en caso de contrato de media jornada no más de 20 horas. A menos que paguen las extras.
No quiero hacer lo de siempre de a la hora 41 irme, ¿cómo puedo garantizarme que me lo vayan a pagar? ¿es correcto hablarlo en la entrevista para no perder el tiempo? En las entrevistas siempre son sonrisitas pero cuando empiezo ya el primer día se me hacen a veces 12 o más horas. ¿He de exigir que pongan los horarios en el contrato?
 
Quiero trabajar en cocina en un restaurante julio y agosto.
Pero no quiero trabajar más de 40 horas semanales. Y en caso de contrato de media jornada no más de 20 horas. A menos que paguen las extras.
No quiero hacer lo de siempre de a la hora 41 irme, ¿cómo puedo garantizarme que me lo vayan a pagar? ¿es correcto hablarlo en la entrevista para no perder el tiempo? En las entrevistas siempre son sonrisitas pero cuando empiezo ya el primer día se me hacen a veces 12 o más horas. ¿He de exigir que pongan los horarios en el contrato?

Lo de hostelería ya sabemos cómo son las duraciones de jornada.

Pero si fuera a jornada parcial eso está muy mirado, hay campañas ahora mismo de control por Inspección. Pues en este caso las empresas tienen que tener un registro diario de entrada y salida firmado por ti día a día.
 
En una empresa donde los empleados cobran su bruto anual en 14 pagas al año, ¿la empresa estaría obligada a pagar el bruto anual en 12 pagas a un empleado si ese empleado se lo solicita?
 
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