Consultorio de derecho laboral.

Hola:
No me queda claro que tipo de contrato tiene en el segundo trabajo. ¿temporal o fijo discontinuo también?

La verdad es que es un poco lioso el tema :roto2:

En el trabajo B tiene fijo discontinuo de Junio a Septiembre, le tienen que llamar a uno de Junio para comenzar a trabajar (lleva asi 10 años....) PERO en esa misma empresa tiene ahora 6 horas por semana en contrato temporal.

El tema es que durante los ultimos 10 años ha trabajado todos los veranos en esa empresa B pero durante el año "escolar" suele encadenar contratos temporales por cosillas que van saliendo y que compagina junto con el contrato de fijo-discontinuo de la empresa A.

Un saludo
 
A ver:

Lo primero que tiene que hacer es comunicarle a las empresas el embarazo en cuanto se produzca.
Una vez que se lo ha notificado la empresa B (procura que quede de manera fehaciente) sigue teniendo la obligación de llamarla como fija discontinua. En ese momento no se podrá incorporar porque está de baja de maternidad y la empresa le abonará su salario de 20 horas (realmente se lo abona la seguridad social, pero quien lo paga como tal es la empresa)
Si la empresa sabiendo que ha sido progenitora no le llama para trabajar lo que se está produciendo es un despido nulo de libro, por lo que tendrías que demandar ese despido nulo en el plazo de 20 días.
básicamente es eso no te compliques más. No creo que tengas ningún problema, más si cabe cuando la ley le otorga la máxima protección jurídica a las embarazadas y a las madres.
Un saludo.
 
A ver:

Lo primero que tiene que hacer es comunicarle a las empresas el embarazo en cuanto se produzca.
Una vez que se lo ha notificado la empresa B (procura que quede de manera fehaciente) sigue teniendo la obligación de llamarla como fija discontinua. En ese momento no se podrá incorporar porque está de baja de maternidad y la empresa le abonará su salario de 20 horas (realmente se lo abona la seguridad social, pero quien lo paga como tal es la empresa)
Si la empresa sabiendo que ha sido progenitora no le llama para trabajar lo que se está produciendo es un despido nulo de libro, por lo que tendrías que demandar ese despido nulo en el plazo de 20 días.
básicamente es eso no te compliques más. No creo que tengas ningún problema, más si cabe cuando la ley le otorga la máxima protección jurídica a las embarazadas y a las madres.
Un saludo.

Muchas gracias Atika, el contrato temporal terminaría un dia antes del 1 de Junio (31 de Mayo) , con lo que a partir del 1 de Junio su baja por maternidad deberia pasar a ser automaticamente de 20 horas en vez de las 6.

Un saludo!
 
Antes de nada agradecerte atika tu desinteresada colaboración.

Empleado con excedencia voluntaria de 1 año. Termina excedencia y empleado pide reingreso pero empresa alega que en estos momentos no hay sitio porque todos los puestos están ocupados por lo que toca esperar a que haya de nuevo alguno libre.
Hasta ahí todo correcto y entendido pero la duda viene porque actualmente hay dos vacantes por baja: uno por enfermedad y otro por maternidad.

¿Está obrando la empresa correctamente o tiene derecho el empleado de excedencia voluntaria a que le acepten el reingreso?. Dicho de otra manera, ¿tienen los empleados que están actualmente de baja prioridad al de excedencia aunque ahora haya dos plazas sin ocupar?.

Te estaría muy agradecido si lo pudieses confirmar.


Edito para informar de que la duda está ya aclarada. Me he dado cuenta también de que no había indicado a qué convenio pertenece. Pido disculpas. Muchas gracias de todos modos.
 
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Gracias a Atika. Dos preguntas:

-Asesores y/o gestorias de cierta calidad online?

-Soy autónomo pero voy a ponerme a trabajar por cuenta ajena también. Pasos?
 
Ni idea; no he necesitado nunca ninguna.

Si no es una profesión colegiada o con algún requisito específico basta con alta en Autónomos, Iva, e iae. Pero esa consulta más que derecho laboral es derecho/fiscal o asesoría/gestoría de empresas, queda lejos de mi campo de actuación, con lo cual te recomendaría que se lo consultases al gestor. Para que comprares riesgos y beneficios. A ver si te va a salir mejor una S.L.

Un saludo y perdón por la poca ayuda que te puedo proporcionar, pero tanto no abarco lo siento.
 
No, Atika, estoy ya dado de alta de autónomo pero quiero trabajar a tiempo parcial para una cadena hotelera, mi actividad como autónomo no va como quisiera, circunstancias ajenas a mi control. Quizás se resuelvan en el futuro pero ahora mismo necesitaria trabajar por cuenta ajena.
 
No, Atika, estoy ya dado de alta de autónomo pero quiero trabajar a tiempo parcial para una cadena hotelera, mi actividad como autónomo no va como quisiera, circunstancias ajenas a mi control. Quizás se resuelvan en el futuro pero ahora mismo necesitaria trabajar por cuenta ajena.

Entonces es fácil. busca empleo y cuando lo encuentres le das el número de tu seguridad social y de cuenta bancaria y el empresario tiene la obligación de encargarse del resto. Si no no entiendo qué estas preguntando con lo de "pasos"
 
Estoy preguntando que grado de compatibilidad tienen. En que se superponen, etc...
 
Absoluta mientras sigas pagando tus impuestos de manera correcta. Luego serás tu el que veas si puedes o no desarrollar las dos actividades pero no hay problema.
Yo estoy en esa situación y no pasa absolutamente nada. (Solo que en vez de autónomos pago la mutualidad de la abogacia que me hace de plan de pensiones)
no tengas miedo nada te puede pasar. Las incompatibiliades son las que te marque el propio oficio.

Resumen: Legalmente 0 problemas.
 
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Absoluta mientras sigas pagando tus impuestos de manera correcta. Luego serás tu el que veas si puedes o no desarrollar las dos actividades pero no hay problema.
Yo esyo en esa situación y no pasa absolutamente nada. (Solo que en vez de autónomos pago la mutualidad de la abogacia que me ahce de plan de pensiones)
no tengas miedo nada te puede pasar. Las incompatibiliades son las que te marque el propio oficio.

Resumen: Legalmente 0 problemas.



Un beso en la boca, con lengua, y a tornillo, Akita.

Estaba preocupado con que me pusieran algún problema, para la actividad en la que estoy ahora es todo trabas e historias.


Gracias de nuevo.
 
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hola buenas

un par de preguntinas na más.

Si "comentas" en inspección de trabajo un posible fraude de ley en las contrataciones , están obligados a investigar o va según el funcivago de turno ?

y ...se puede considerar fraude de ley a contratos temporales que cubren mitadde la jornada normal en exclusiva?

Hola:

En respuesta a tu primera pregunta: Las palabras se las lleva el viento. Si quieres que un concreto fraude sea investigado has de presentar denuncia. Creo recordar que hay un buzón de denuncias anónimas para la inspección. Cabría la posibilidad de que la inspección se presentara en la citada empresa e investigase de oficio ese asunto, pero me da a mi que va a ser mucha casualidad...

Con respecto a la segunda: Un contrato temporal puede ser a tiempo parcial o a tiempo completo. Si se dan los requisitos que facultan para hacer un contrato temporal a tiempo parcial (porque la ley española tiende a que los contratos sean indefinidos) y el mismo no está en fraude de ley, entonces no vería ningún obstáculo o fraude a dicho contrato. Eso o bien no te estoy entendiendo la pregunta.

Un saludo.
 
Hola:

En respuesta a tu primera pregunta: Las palabras se las lleva el viento. Si quieres que un concreto fraude sea investigado has de presentar denuncia. Creo recordar que hay un buzón de denuncias anónimas para la inspección. Cabría la posibilidad de que la inspección se presentara en la citada empresa e investigase de oficio ese asunto, pero me da a mi que va a ser mucha casualidad...

Con respecto a la segunda: Un contrato temporal puede ser a tiempo parcial o a tiempo completo. Si se dan los requisitos que facultan para hacer un contrato temporal a tiempo parcial (porque la ley española tiende a que los contratos sean indefinidos) y el mismo no está en fraude de ley, entonces no vería ningún obstáculo o fraude a dicho contrato. Eso o bien no te estoy entendiendo la pregunta.

Un saludo.


gracias prenda.
 
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