Consultorio de derecho laboral.

Hola.
Me lo comento mi compañera anoche.
Dice que nos mandaron un mail este verano.
Yo no lo he recibido.
Yo ,trabajo en un servicio,en el cual no tengo contacto con menores.
Pa ra que ll estan pidiendo?
Ni idea.
Yo no pienso pedir este certificado, hasta que no me envien una mail, o una carta.
No voy a solicitarlo , si no es obligatorio.

Pues pasando olímpicamente. Aunque según lo cuentas parece radio macuto... "una compañera me ha dicho" Así que hasta que no te requieran nada de nada.
 
Hola, atika.

Si recuerdas la consulta de exceso de horas que te realice, tengo que contarte que la empresa ha reculado debido a la presión que hicieron nuestros sindicatos. Sin embargo, ahora nos salen con una cosa nueva.


Resulta que según nuestro convenio, nos pueden poner a los tiempos completos 4 turnos básicos, con posibilidad de mover la hora de entrada o salida de estos una hora hacia delante o atrás, y un adicional sin este requisito.

Mi acta de turnos tiene estos:

0600-1400* +- 1 hora

0900-1700 +- 1 hora

1400-2200 +- 1 hora

1800-0200 +- 1 hora

*

turno adicional fijo 2200-0600.

Total, que nos han puesto turnos de 16-00 (imposible con los básicos) y de 23-07 ( meter+- 1h. Al adicional, donde no se puede).

Todo ello no altera nuestra jornada anual de 1712 h. Y 214 días

No obstante, estamos divididos en la plantilla, entre los que quieren que se cumpla convenio y se eliminen dichos turnos, y los que consideran que ello es jornada irregular, y piensan callarse, hacerlos y después reclamar un plus que lleva implícito.

Así que la pregunta es: ponernos esos turnos fuera de los posibles en el convenio se puede considerar jornada irregular, aunque cumplamos convenio con número de días de presencia y de horas de trabajo?



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Hola, atika.

Si recuerdas la consulta de exceso de horas que te realice, tengo que contarte que la empresa ha reculado debido a la presión que hicieron nuestros sindicatos. Sin embargo, ahora nos salen con una cosa nueva.


Resulta que según nuestro convenio, nos pueden poner a los tiempos completos 4 turnos básicos, con posibilidad de mover la hora de entrada o salida de estos una hora hacia delante o atrás, y un adicional sin este requisito.

Mi acta de turnos tiene estos:

0600-1400* +- 1 hora

0900-1700 +- 1 hora

1400-2200 +- 1 hora

1800-0200 +- 1 hora

*

turno adicional fijo 2200-0600.

Total, que nos han puesto turnos de 16-00 (imposible con los básicos) y de 23-07 ( meter+- 1h. Al adicional, donde no se puede).

Todo ello no altera nuestra jornada anual de 1712 h. Y 214 días

No obstante, estamos divididos en la plantilla, entre los que quieren que se cumpla convenio y se eliminen dichos turnos, y los que consideran que ello es jornada irregular, y piensan callarse, hacerlos y después reclamar un plus que lleva implícito.

Así que la pregunta es: ponernos esos turnos fuera de los posibles en el convenio se puede considerar jornada irregular, aunque cumplamos convenio con número de días de presencia y de horas de trabajo?



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Sigo entendiendo que si, que es jornada irregular. Pero ojo la jornada irregular no puede servir para encubrir un aumento de la jornada del convenio. Un saludo.
 
Sigo entendiendo que si, que es jornada irregular. Pero ojo la jornada irregular no puede servir para encubrir un aumento de la jornada del convenio. Un saludo.
Lo del aumento de jornada sobre la del convenio se ha solucionado como te dije antes.

Aquí simplemente la empresa nos está poniendo turnos no válidos en el sentido de que van contra el convenio y la propia acta que la empresa firma con sindicatos.

Como la empresa dice que todos tenemos jornada regular para no pagar el plus a aquellos trabajadores que lo tendrian por jornada irregular, la duda era esa, si nos callamos y hacer este tipo de turnos, se considera jornada irregular?

De hecho, algún miembro del comité quería ir a hablar con la empresa para decirle que quitara dichos turnos y los propios trabajadores afectados le estámos diciendo que se espere a que hagamos unos cuantos para poder argumentar jornada irregular (Yo soy uno de ellos).

Saludos y .muchas gracias.

Edito: Para aclarar, la empresa no ha dicho nada de jornada irregular formalmente, pero al poner dichos turnos, y si Comité y trabajadores nos hacemos los orates y los cumplimos, pensamos reclamar el plus que lleva aparejado.
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Última edición:
Hola. Tengo una duda acerca de la cual me gustaría ser asesorado. Hace casi un año, a un amigo mío le hicieron un contrato indefinido de estos de los nuevos, de apoyo a emprendedores. Como característica peculiar, el periodo de prueba en estos contratos es de un año. Mi amigo ni siquiera llegó a firmar el contrato, ya que se lo entregaron incompleto y lleno de erratas, y nunca se lo enseñaron en buenas condiciones, y a los dos meses las cosas se le torcieron mucho y dejó de trabajar. Los empresarios (de la peor calaña de gente que ha conocido mi amigo, según él: drojadictos, pijos malcriados y otras cosas peores), le dicen que tiene que firmar una baja voluntaria, e intentaron que firmase un recibí de la nómina de marzo, que nunca recibió ya que fue a principios de ese mes cuando dejó de trabajar (estuvo unos diez días trabajando ese mes creo recordar). La duda que tiene es: Hallándose en periodo de prueba ¿Tiene alguna obligación de firmar la baja voluntaria? El sentido común me dice que no, pero ni él ni yo sabemos de leyes por lo que no estamos seguros. Por otro lado, habiendo estado dado de alta y supuestamente trabajando todo el mes de marzo ¿No tendría derecho a cobrar el sueldo de ese mes? El jefe de la empresa es un chanchullero y se dedica a actividades ilegales por otro lado, y, como digo, le intentó hacer firmar un recibí de dicho mes, a lo que por supuesto se opuso. ¿Hay alguna posibilidad de denunciar dichas prácticas? La pregunta principal, de todos modos, es: ¿Tiene obligación de firmar la baja voluntaria? En caso negativo, ¿En función de que ley se puede derivar dicha carencia de obligación? Espero que sea comprensible mi duda. Mi amigo está estropeado y no sabe qué hacer, y a mí me joroba verle así.
Muchas gracias por cualquier ayuda que nos podáis brindar. Los abusos y tejemanejes de los empresarios en este país me parecen tan chuscos y descarados que dan ganas de vomitar. Gracias a Dios yo no tengo que tragar con estas cosas, porque no sé lo que haría. Me volvería muy loco...

Un saludo a los buenos samaritanos del foro.
 
Última edición:
holas , me cuelo aquí solo para hacer unos comentarios sobre el último mensaje , no soy abogado ni nadaeh ?

solo es que me sorprende que a día de hoy , en la era de la comunicación , donde acceder a una Ley un estatuto o cualquier otro documento...se sigan preguntando cosas como
"está obligado a firmar la baja voluntaria?"

Sí hombre , está obligado a firmarla , con sangre menstrual de Falete , mientras un acondroplásico le canta canciones de regetón al oído.

Era una ironía , Montaigne .
Que le den un papelito que ponga que es despedido , y si no que siga yendo a trabajar .
Que de paso vaya a la SS a ver como está su situación de alta/baja , y rápido , que para impugnar un despido hay 20 días de plzao.

El despido mejor que no lo firme , que se lo envíen por burofax , no vaya a ser que le pongan que le pagan x y no lo hagan , o que acepta vales del Carrefour como finiquito y él , pues como el empresarioh eh mu maloypijoyfarlopero , pero yo me fio igual ....pues lo firme.

S
 
Hola. Tengo una duda acerca de la cual me gustaría ser asesorado. Hace casi un año, a un amigo mío le hicieron un contrato indefinido de estos de los nuevos, de apoyo a emprendedores. Como característica peculiar, el periodo de prueba en estos contratos es de un año. Mi amigo ni siquiera llegó a firmar el contrato, ya que se lo entregaron incompleto y lleno de erratas, y nunca se lo enseñaron en buenas condiciones, y a los dos meses las cosas se le torcieron mucho y dejó de trabajar. Los empresarios (de la peor calaña de gente que ha conocido mi amigo, según él: drojadictos, pijos malcriados y otras cosas peores), le dicen que tiene que firmar una baja voluntaria, e intentaron que firmase un recibí de la nómina de marzo, que nunca recibió ya que fue a principios de ese mes cuando dejó de trabajar (estuvo unos diez días trabajando ese mes creo recordar). La duda que tiene es: Hallándose en periodo de prueba ¿Tiene alguna obligación de firmar la baja voluntaria? El sentido común me dice que no, pero ni él ni yo sabemos de leyes por lo que no estamos seguros. Por otro lado, habiendo estado dado de alta y supuestamente trabajando todo el mes de marzo ¿No tendría derecho a cobrar el sueldo de ese mes? El jefe de la empresa es un chanchullero y se dedica a actividades ilegales por otro lado, y, como digo, le intentó hacer firmar un recibí de dicho mes, a lo que por supuesto se opuso. ¿Hay alguna posibilidad de denunciar dichas prácticas? La pregunta principal, de todos modos, es: ¿Tiene obligación de firmar la baja voluntaria? En caso negativo, ¿En función de que ley se puede derivar dicha carencia de obligación? Espero que sea comprensible mi duda. Mi amigo está estropeado y no sabe qué hacer, y a mí me joroba verle así.
Muchas gracias por cualquier ayuda que nos podáis brindar. Los abusos y tejemanejes de los empresarios en este país me parecen tan chuscos y descarados que dan ganas de vomitar. Gracias a Dios yo no tengo que tragar con estas cosas, porque no sé lo que haría. Me volvería muy loco...

Un saludo a los buenos samaritanos del foro.

Hola:
No tengo mucho tiempo así que trataré de ser breve y conciso:
- Lo que firmó tu amigo es un contrato de apoyo a los emprendedores, cuya característica fundamental es que el periodo de prueba se alarga por un año.
- Tu amigo tiene derecho a obtener una copia de su contrato. Si su jefe se niega a proporcionársela, en el SEPE se la darán seguro.
- Tu amigo ¿Dejó de trabajar en marzo? ¿Y le dicen que firme una baja voluntaria? Mucho me temo que o no te has enterado bien o aquí pasa algo que no me cuentas. Porque si el trabajador deja de acudir al trabajo desde marzo, como comprenderás, el empresario no va a estar cotizando por el todos estos meses, lo suyo es darle de baja en la seguridad social, lo cual equivale en este caso a un despido en toda regla. Lo que habría de haber hecho el empresario es despedirle por no pasar el periodo de prueba y listo. Y ojo que si te despiden durante el periodo de prueba, no hay que dar causa o justificación alguna y es gratis, esto es no hay que pagar indemnización alguna. Con lo que me rechina muchísimo que el empresario le diga que firme una baja voluntaria.
- Respecto a la obligatoriedad de firmar una baja voluntaria y en qué ley se refleja que no te pueden obligar a firmar una baja voluntaria...
La primera respuesta es no: no te pueden obligar a firmar nada. Y para explicártelo mejor voy a usar las palabras que usan los de laboro en su blog: Si tienes que firmar algo que es obligatorio, da igual que lo firmes o no puesto que al ser su contenido obligatorio, lo firmes o no se te va a aplicar igual, y si no es obligatorio, pues no lo firmas y punto.
Pero vamos, que me escama mucho que desde marzo esté en esta situación.
- Respecto al mes de marzo, efectivamente tiene que cobrarlo, si no se lo pagan te aconsejo presentar una inspección de trabajo.
- Lo que debe hacer tu amigo ahora es pedir una vida laboral. En ella podréis comprobar como no está dado de alta para la empresa en cuestión (Y si estuviese dado de alta, pues viva la vida porque están cotizando por él sin que vaya a trabajar). Como ya está dado de baja y han pasado más de 20 días de plazo, le da igual porque ya no puede reclamar ese despido. Pero aunque estuviese en plazo, la indemnización es tan irrisoria que ni le rentará si él tiene que pagar su propio abogado.
Y si quieres olvidarte del asunto, si estuviese cotizando por él la empresa, lo que tienes que presentar es una baja alegando que a empresa no ha pasado el periodo de prueba y listo, pero que sepas que esto no es obligatorio. Un saludo.
 
Última edición:
Sigo entendiendo que si, que es jornada irregular. Pero ojo la jornada irregular no puede servir para encubrir un aumento de la jornada del convenio. Un saludo.

Pues vuelven a la carga.:S:S

Como les salio rana el intento anterior, ahora estan diciendo que no van a dar, al personal que haya tenido bajas medicas (sa igual IT O AT), los dias libres que les deben, agarrandose a una sentencia que algun jefecillo ha mirado en internet.:roto2:

Entiendo que en tiempos parciales sea discutible, pero en tiempos completos que tienen las 1712h(214 dias) año regulados por convenio, que más da.

Por esa lógica, un tipo que ha estado de baja seis meses no podria ni descansar al reincorporarse.

Gracias, atika.
 
Buenas Atika.

Pregunta del dia.

¿Es normal, en una subrogacion, que la que entras nueva te haya dado ya de alta, y la vieja no te haya dado de baja?
Esto segun la vida laboral. Cambiaba de empresa de ayer a hoy(Ayer la saliente, y hoy entraba en la nueva).

¿Y que varien horarios constantemente, es normal?(Un dia 8 horas, otro 12, otro 10´5, ....)

Un saludo.
 
¿pueden hacerte un contrato de sustitución de 6 meses y que el periodo de prueba sean 7?
 
jajajajaja :XX:

El periodo máximo de prueba será el que diga el convenio para ese tipo de contratos. Como es de sustitución no puede ser de ayuda a los emprendedores que si tendría un periodo de prueba de un año. En caso de no haber convenio el periodo de prueba será de seis meses para técnicos titulados, y dos meses para el resto.

No son muy hábiles en esa empresa. :roto2:
 
Y 5 meses con 6 de prueba... Es decir menor tiempo de contrato que de prueba
 
Buenas Atika.

Pregunta del dia.

¿Es normal, en una subrogacion, que la que entras nueva te haya dado ya de alta, y la vieja no te haya dado de baja?
Esto segun la vida laboral. Cambiaba de empresa de ayer a hoy(Ayer la saliente, y hoy entraba en la nueva).

¿Y que varien horarios constantemente, es normal?(Un dia 8 horas, otro 12, otro 10´5, ....)

Un saludo.

La TGSS da un plazo de 3 días para presentar la baja, con lo cual te puede coincidir.
 
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