Consultorio de derecho laboral.

Tengo un amigo jubilado desde hace 3 mese al que se le presenta la oportunidad de iniciar una empresa… le surgen varias dudas.
• Se supone que es posible hacerlo y que eso repercute en la pensión… ¿la deja de cobrar en su totalidad o según las condiciones solo se reduce?
Un jubilado puede emprender, sin ningún problema, la ley lo permite, pero en el momento en que se da de alta en autónomos deja de percibir la pensión. La pensión se podría reducir si estuviésemos en el caso de una jubilación parcial, es decir que no ejerciese su actividad a tiempo completo.
• Como sería el gerente de la nueva empresa ¿tendrá que cotizar de autónomo? ¿en la totalidad.. o hay alguna reducción?
No hago labores de gestoría, así que ignoro si hay reducciones para los jubilados
• Si finalmente el proyecto no funciona y tiene que abandonar ¿podría volver a la pensión? ¿Cómo quedaría ésta?
si, si cumple los requisitos, y puesto que ya los cumple a día de hoy, no veo obstáculo alguno. Respecto a como quedaría habría que hacer un nuevo cálculo

Gracias

Un saludo. No es precisamente mi especialidad pero espero haberte resuelto las dudas.

PD: añado que para el siguiente año fiscal tendrá dos pagadores y a poco que gane tendrá la obligación de efectuar la declaración de la renta. Lo digo para que lo tengas en cuenta.

---------- Post added 19-may-2016 at 16:39 ----------

Atika , como en el anuncio - perdoname que insista-

Mi novia, nueva empresa, contrato de formación, ingeniera, teóricamente no podrían hacerle contrato de formación ni para trabajar de auxiliar de cocina al ser ya ingeniera titulada. Pues bien, empresa de ingeniería, contrato de formación, labores de ingeniera, la han apuntado para hacer un curso de formación de la LOPD (teóricamente para que no tenga nada que ver con su titulacion y que cuele)... a la hora de firmar el contrato ve que su título de ingeniera está adjunto a la documentación que van a presentar a la oficina de empleo... (creo que la empresa debe solicitar autorización).

No se supone que independientemente de la titulación no hay posibilidad de usar el contrato de formación? A ver si puedes aclarármelo porque contradice la web de laboro que te comenté y lo que me decías en mensaje anterior.

No entiendo nada de nada. Puedes aclarármelo?

Graciasssss otra vez

Así es, (si es tal y como lo cuentas) ese contrato está en fraude de ley, poco más hay que añadir. salvo al pregunta de siempre ¿Quiere denunciar o callar y aguantar todo lo que le echen?

---------- Post added 19-may-2016 at 16:58 ----------

Si realmente es como dice la asesoría, así es. Un convenio sustituye al anterior en su totalidad.

Esa frase aplicada en concreto a la duda del conforero no es cierta. Me rechinaba tanto lo que cuenta el forero que he buscado algo de jurisprudencia la respecto, y en resumen viene a decir que si cobras complemento de antigüedad y lo eliminan del convenio posteriormente, este queda congelado con el importe correspondiente hasta el día de publicación del nuevo convenio. Lo mismo pasa cuando dejas a medias un trieno/cuatrieno... Te tiene que pagar la parte proporcional.

Ello por dos motivos: 1º Es un complemento personal. 2º Condición más beneficiosa.

Así las STSJ de Valencia de 19 de junio de 2007 trata: A través de conflicto colectivo, se plantea como condición mas beneficiosa, para los trabajadores con antigüedad anterior al 1.1.95, el cobro de un complemento de antigüedad que sustituía a la supresión del devengo de trienios producida a partir del Convenio Colectivo aprobado en el año 1995, compatibilizándolo con el denominado nueva antigüedad aplicable a los ingresados con posterioridad en la empresa. Aprobado nuevo convenio en el año 2005, la empresa deja de pagar la antigüedad inicial, conducta que se declara ilegal al considerarse que dicho complemento era una condición más beneficiosa, constituida por una conducta positiva que consolidó los derechos de los trabajadores anteriores al año 1995.
O la STS 2 de diciembre de 2009: Cláusula de convenio colectivo que suprime el complemento de antigüedad manteniéndolo en cuantía congelada para los trabajadores que lo venían percibiendo.- Es lícita y no vulnera la norma constitucional de igualdad de trato en la negociación colectiva. Reitera doctrina.

Cuando sucede este tipo de cosas lo que se hace es sustituir la antigüedad por un complemento "ad personam" (Así se puede ver en la STS 21 de enero de 2013)

Respecto a los trienios dejados a medias ver STS 9 dicembre de 1997

Un saludo.
 
Gracias por la información.

Un saludo. No es precisamente mi especialidad pero espero haberte resuelto las dudas.

PD: añado que para el siguiente año fiscal tendrá dos pagadores y a poco que gane tendrá la obligación de efectuar la declaración de la renta. Lo digo para que lo tengas en cuenta.

---------- Post added 19-may-2016 at 16:39 ----------



Así es, (si es tal y como lo cuentas) ese contrato está en fraude de ley, poco más hay que añadir. salvo al pregunta de siempre ¿Quiere denunciar o callar y aguantar todo lo que le echen?

---------- Post added 19-may-2016 at 16:58 ----------



Esa frase aplicada en concreto a la duda del conforero no es cierta. Me rechinaba tanto lo que cuenta el forero que he buscado algo de jurisprudencia la respecto, y en resumen viene a decir que si cobras complemento de antigüedad y lo eliminan del convenio posteriormente, este queda congelado con el importe correspondiente hasta el día de publicación del nuevo convenio. Lo mismo pasa cuando dejas a medias un trieno/cuatrieno... Te tiene que pagar la parte proporcional.

Ello por dos motivos: 1º Es un complemento personal. 2º Condición más beneficiosa.

Así las STSJ de Valencia de 19 de junio de 2007 trata: A través de conflicto colectivo, se plantea como condición mas beneficiosa, para los trabajadores con antigüedad anterior al 1.1.95, el cobro de un complemento de antigüedad que sustituía a la supresión del devengo de trienios producida a partir del Convenio Colectivo aprobado en el año 1995, compatibilizándolo con el denominado nueva antigüedad aplicable a los ingresados con posterioridad en la empresa. Aprobado nuevo convenio en el año 2005, la empresa deja de pagar la antigüedad inicial, conducta que se declara ilegal al considerarse que dicho complemento era una condición más beneficiosa, constituida por una conducta positiva que consolidó los derechos de los trabajadores anteriores al año 1995.
O la STS 2 de diciembre de 2009: Cláusula de convenio colectivo que suprime el complemento de antigüedad manteniéndolo en cuantía congelada para los trabajadores que lo venían percibiendo.- Es lícita y no vulnera la norma constitucional de igualdad de trato en la negociación colectiva. Reitera doctrina.

Cuando sucede este tipo de cosas lo que se hace es sustituir la antigüedad por un complemento "ad personam" (Así se puede ver en la STS 21 de enero de 2013)

Respecto a los trienios dejados a medias ver STS 9 dicembre de 1997

Un saludo.
 
Pues es algo que no he tenido la oportunidad de trabajar en mi vida. Pregunta, a ver si no lo supiese yo algún otro forero tuviese idea.
Pero mas que derecho laboral es administrativo así que... dispara y a ver que sale. Si lo se: ok, y si no, pues la consulta es gratis.
 
A ver

A una persona que ha trabajado 4 dias contados en su vida y le dan un grado de invalidez digamos del 45% (o del que sea)

tiene derecho a algo?
 
A ver

A una persona que ha trabajado 4 días contados en su vida y le dan un grado de invalidez digamos del 45% (o del que sea)

tiene derecho a algo?

a permanecer en silencio...:D:D:D

Y ahora que has acabado de acordarte de mi, mírate este enlace.

Seguridad Social:pensionistas


PD: el de la comunidad de Madrid no va :´( así que si eres de allí tendré que buscarte el que vaya. El resto creo que van todos.

¿van por ahí los tiros?
 
Me refería a pensiones no contributivas para personas mayores y personas que sufren de graves limitaciones que no han cotizado lo suficiente o nunca. Visto que no es ese caso sumo y sigo. Aunque visto lo abierta de la pregunta te debería yo preguntar para poderte contestar bien ¿Derecho a qué? ¿qué estas buscando? Porque si es genérico lo que tienes que hacer es acercarte a los servicios sociales de tu ayuntamiento y ver que te ofrecen, pero ya te adelanto que poco, visto el % de invalided que tiene.

Con esa edad y ese grado de invalidez, me parece que no tiene derecho a ninguna prestación. Por tener ciertos grados de invalided se que tienes deducciones en la renta.

Y poco más puedo contarte si no me concretas más la pregunta.

Un saludo.
 
Última edición:
es que aun no esta decidido el grado

aun asi, eso haremos, ir a los servicios sociales

muchas gracias atika por el tiempo
 
Buenas.

Me imagino que te referiras la invalidez, motivado por un accidente de trabajo, ¿no?

Si es asi, tengo entendido que la empresa es susidiaria de sus trabajadores, y eso incluye en accidentes.

En caso de invalidez, no se si sera verdad, pero creo que estan obligadas a pagarte una indenizacion, y un sueldo por esa invalidez.
Pero creo que tiene limitaciones, como que el trabajador no buscase a proposito el accidente(Estrellarse a proposito contra una pared, por ejemplo).

Esto es lo que encontre rebuscando por google.

Seguridad Social:Trabajadores

Seguridad Social:Información útil

No se si era esto lo que buscabas.

Un saludo.
 
Buenas.

Me imagino que te referiras la invalidez, motivado por un accidente de trabajo, ¿no?

Si es asi, tengo entendido que la empresa es susidiaria de sus trabajadores, y eso incluye en accidentes.

En caso de invalidez, no se si sera verdad, pero creo que estan obligadas a pagarte una indenizacion, y un sueldo por esa invalidez.
Pero creo que tiene limitaciones, como que el trabajador no buscase a proposito el accidente(Estrellarse a proposito contra una pared, por ejemplo).

Esto es lo que encontre rebuscando por google.

Seguridad Social:Trabajadores

Seguridad Social:Información útil

No se si era esto lo que buscabas.

Un saludo.

Me atrevería a decir que no se refiere a un accidente de trabajo, porque de ser así la mutua se haría cargo y no habría problema por lo días cotizados. Intuyo que le han dado cierto grado de incapacidad por enfermedad común (o por lo que sea) y lo que busca es tener ayudas sociales.
Un saludo.
 
Hola Atika, tengo un conocido que lleva tres años currando en una empresa , el tio ha currado como un cabrón , supliendo a gente cuando era necesario, echando alguna hora más cuando habia trabajo...etc... es decir que siempre ha tenido buena voluntad y se ha portado bien con ellos.

Ahora ha decidido dejar el curro a final de este mes por varios motivos, entre otros porque tiene la espalda medio jodida y está preparandose unas oposiciones.
Pues bien , al querer irse por su cuenta la empresa le dice que no le va a dar los papeles para pedir el paro y por lo visto se han puesto muy macho cabríoes con que no se lo van a dar.
¿ podría el chaval exigirles o presionarles de algun modo para que se lo den? O no hay manera ninguna si no quieren? No lo entiendo , si total a la empresa que mas le da, ¿no?

Un saludo y gracias
 
Hola Atika,

Le comento un caso que me ha pasado un tanto peculiar, le pongo en situación:

Mi padre lleva trabajando en una empresa desde hace 40 años. Para reemplazar a los trabajadores que se van jubilando suelen entrar los hijos de los mismos (como es mi caso) con contratos temporales.

Bien, un día citan a todos los hijos de los trabajadores temporales a una "entrevista" con una "psicóloga" (perdona que no utilice la terminología correcta) contratada por la empresa, y uno por uno vamos pasando consulta. Entro, y como era un pipiolo imberbe sin experiencia cometo un error imperdonable: hablarle a la "psicóloga" como si fuera a eso, a una consulta privada de psicóloga, cuando claro está que no me quería "ayudar" con mis historias, sino hacer informes para la empresa. Aun hoy día (de esto hace 10 años) no me lo perdono y me persigue el pensar lo iluso que fui.

Justo después de la famosa entrevista, dejan de llamarme y no vuelvo a entrar en la empresa. Mi padre (que forma parte de un sindicato castuzo) hace todo lo posible para que me admitan de nuevo, pero no hay manera y claro, ésto lo utilizo yo (que esté mi padre en un sindicato) como excusa para comunicar a mis conocidos el motivo de que no me llamen más, cuando en realidad yo sé, yo solo sé (y la empresa) que lo causante fue el informe de la entrevista.

Situación actual: mi padre me dice que aun está "peleando" para que vuelva a entrar, pero pasa el tiempo y no hay noticias. Le pregunto a usted cómo ve la situación y qué medidas tomaría en mi caso: si dar el tema por perdido y olvidarlo, si afiliarme a un sindicato tipo CNT o SAT y así llevar acciones más radicales con el apoyo de compañeros, etc.

Si necesita algún dato más se lo doy encantado.

Gracias.
 
Hola Atika, tengo un conocido que lleva tres años currando en una empresa , el tio ha currado como un cabrón , supliendo a gente cuando era necesario, echando alguna hora más cuando habia trabajo...etc... es decir que siempre ha tenido buena voluntad y se ha portado bien con ellos.

Ahora ha decidido dejar el curro a final de este mes por varios motivos, entre otros porque tiene la espalda medio jodida y está preparandose unas oposiciones.
Pues bien , al querer irse por su cuenta la empresa le dice que no le va a dar los papeles para pedir el paro y por lo visto se han puesto muy macho cabríoes con que no se lo van a dar.
¿ podría el chaval exigirles o presionarles de algun modo para que se lo den? O no hay manera ninguna si no quieren? No lo entiendo , si total a la empresa que mas le da, ¿no?

Un saludo y gracias
Si se va por su cuenta no tiene derecho a paro no? Vamos, el paro se cobra si estás en desempleo y para eso tiene que haber una causa no imputable al trabajador. Con lo que poco puede exigir a la empresa, si quieren hacer un chanchullo para que cuele como un despido improcedente es eso, un chanchullo y si la empresa quiere lo hace y si no ajo y agua
 
Hola Atika, tengo un conocido que lleva tres años currando en una empresa , el tio ha currado como un cabrón , supliendo a gente cuando era necesario, echando alguna hora más cuando habia trabajo...etc... es decir que siempre ha tenido buena voluntad y se ha portado bien con ellos.

Ahora ha decidido dejar el curro a final de este mes por varios motivos, entre otros porque tiene la espalda medio jodida y está preparandose unas oposiciones.
Pues bien , al querer irse por su cuenta la empresa le dice que no le va a dar los papeles para pedir el paro y por lo visto se han puesto muy macho cabríoes con que no se lo van a dar.
¿ podría el chaval exigirles o presionarles de algun modo para que se lo den? O no hay manera ninguna si no quieren? No lo entiendo , si total a la empresa que mas le da, ¿no?

Un saludo y gracias

Hola:

Como ya te han dicho, pactar un despido fraudulento para cobrar el paro no se puede y las sanciones son severas. Una vez hecha esta advertencia, he de decir que es lo más normal del mundo y que este tipo de pactos se suceden todos los días en los servicios de mediación.

Para evitar estas cosas el sepe te suele pedir que les lleves la papeleta de conciliación. Que no deja de ser un mero trámite, porque no implica para nada que vayas a denunciar a la empresa.

Para empezar me voy a poner el lado de la empresa y si fuera ellos podría negarme porque ¿Porqué voy a perder a un buen trabajador? y ¿porqué voy a colaborar en un fraude al sepe? con la de sanciones que hay a ver si me pasa algo. Es totalmente lógico, (pero con pocas vistas a futuro y ahora te explicaré porqué)

Desde el punto de vista del trabajador, primero una apreciación: Si te portas bien con una empresa haces el orate. Tu estas en la vida para mirar por ti. Trabajando para la empresa no les haces ningún favor, trabajas a cambio de dinero; que respeten las normas y si tienen problemas, tu también los tienes. Somos un número en las empresas y el día que no generemos ingresos suficientes para la empresa nos echarán a la calle.

Ahora la empresa tiene un problema: Han perdido el único poder de disuasión que tenían contra el trabajador: El despido. Y como para cobrar el paro da igual que el despido sea procedente o improcedente, lo que tiene que hacer tu amigo es forzar su despido y listo.

¿qué es lo único que no tiene que hacer el trabajador? Dejar de acudir al trabajo (que no es lo mismo que llegar tarde) porque si no vas al trabajo el sepe puede perfectamente entender que nos encontramos ante una baja voluntaria: No quería trabajar y por eso no fue. Conozco varios casos de despidos pactados así, y hasta ahora solo he visto a uno que le hubiesen negado el paro.

Una vez que tienes claro esto lo que hay que hacer es ir a hablar con RRHH y decirle o me echas o habrá problemas. En ese momento tratarán de encontrar otras vías para amenazarte como: si haces algo tendrás una mancha en el expediente laboral...:XX: Pero como tú eres un fiel lector de este hilo ya sabrás que no existe el expediente laboral Con lo cual: no pueden amenazarte con nada.

Si a pesar de está amable conversación siguen en sus trece, pues empieza lo divertido:

Llegar y salir antes del curro.
Sentarte en una silla a leer un libro, jugar con el móvil. (o cualquier actividad lúdico festiva que implique cualquier cosa menos doblar el espinazo).
No recomiendo crear situaciones de tensión o de mal royo: Que tu te quieras ir no implica que te tengas que soltar en la querida progenitora de nadie ni mucho menos llegar a la violencia.
En general has de demostrarle al jefe que te va a pagar por no hacer nada, y verás como en menos de un día le despiden. De manera procedente, pero le despiden, coas que basta para ir a cobrar el paro.

Respecto a los "papeles del paro" Que técnicamente es algo que no existe, puesto que lo único que te dan es un certificado de empresa, si no se lo dan, que no se preocupe, puesto que el sepe, se los requiere de oficio bajo apercibimiento de sanción a la empresa.

Si no te hacen finiquito hay que presentar una reclamación de cantidad a la empresa a través del juzgado. Lo cual requiere un coste de letrados.


Resumiendo: Más le vale a la empresa despedirle porque no tiene nada que ganar y si mucho que perder. Yo me llevaría los libros de la oposición al curro y me sentaría a estudiar las 8 horas del curro. Verás que cara se le iba a quedar al jefe. Y cuando aprobase entonces si, pido la baja voluntaria. :D

Añado: cabría la posibilidad que ante este tipo de conductas la empresa optase por sancionar en vez de despedir, lo cual sería molesto; Pero también el trabajador puede presentar inspecciones de trabajo cada vez que vea una irregularidad... En resumen se genera tanta tensión en la empresa que lo que conviene es despedir.
 
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