Negarse a que un vigilante te mire la mochila.

LSP:
Artículo 32. Vigilantes de seguridad y su especialidad.
1. Los vigilantes de seguridad desempeñarán las siguientes funciones:
a) Ejercer la vigilancia y protección de bienes, establecimientos, lugares y eventos, tanto privados como públicos, así como la protección de las personas que puedan encontrarse en los mismos, llevando a cabo las comprobaciones, registros y prevenciones necesarias para el cumplimiento de su misión.
b) Efectuar controles de identidad, de objetos personales, paquetería, mercancías o vehículos, incluido el interior de éstos, en el acceso o en el interior de inmuebles o propiedades donde presten servicio, sin que, en ningún caso, puedan retener la documentación personal, pero sí impedir el acceso a dichos inmuebles o propiedades. La negativa a exhibir la identificación o a permitir el control de los objetos personales, de paquetería, mercancía o del vehículo facultará para impedir a los particulares el acceso o para ordenarles el abandono del inmueble o propiedad objeto de su protección.
c) Evitar la comisión de actos delictivos o infracciones administrativas en relación con el objeto de su protección, realizando las comprobaciones necesarias para prevenirlos o impedir su consumación, debiendo oponerse a los mismos e intervenir cuando presenciaren la comisión de algún tipo de infracción o fuere precisa su ayuda por razones humanitarias o de urgencia.
d) En relación con el objeto de su protección o de su actuación, detener y poner inmediatamente a disposición de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad competentes a los delincuentes y los instrumentos, efectos y pruebas de los delitos, así como denunciar a quienes cometan infracciones administrativas. No podrán proceder al interrogatorio de aquéllos, si bien no se considerará como tal la anotación de sus datos personales para su comunicación a las autoridades.
Lo dispuesto en el párrafo anterior se entiende sin perjuicio de los supuestos en los que la Ley de Enjuiciamiento Criminal permite a cualquier persona practicar la detención.
e) Proteger el almacenamiento, recuento, clasificación, tras*porte y dispensado de dinero, obras de arte y antigüedades, valores y otros objetos valiosos, así como el manipulado de efectivo y demás procesos inherentes a la ejecución de estos servicios.
f) Llevar a cabo, en relación con el funcionamiento de centrales receptoras de alarmas, la prestación de servicios de verificación personal y respuesta de las señales de alarmas que se produzcan.
Además, también podrán realizar las funciones de recepción, verificación no personal y tras*misión a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad que el artículo 47.1 reconoce a los operadores de seguridad.
2. Los vigilantes de seguridad se dedicarán exclusivamente a las funciones de seguridad propias, no pudiendo simultanearlas con otras no directamente relacionadas con aquéllas.
3. Corresponde a los vigilantes de explosivos, que deberán estar integrados en empresas de seguridad, la función de protección del almacenamiento, tras*porte y demás procesos inherentes a la ejecución de estos servicios, en relación con explosivos u otros objetos o sustancias peligrosas que reglamentariamente se determinen.
Será aplicable a los vigilantes de explosivos lo establecido para los vigilantes de seguridad respecto a uniformidad, armamento y prestación del servicio.
 
Bueno pues hace unos días tuve un pequeño incidente en una tienda de marca reconocida que no hace falta nombrar.

Suelo ir varias veces a la semana, compro poco ya que paso con la bici pero vamos me conocen bien y voy siempre con una pequeña mochila.

El tema es que ese dia había cola y no compre nada por no esperar. Pues a la salida un Guardia de seguridad, no suele tenerlo, me pide que le enseñe mi mochila. Le pregunto si se lo pide a todos, como antes hacían las cajeras, o solo a mi porque a el le da la gana. Me dice que es aleatorio, le digo que no se la voy a enseñar que llame a la policia. Hace el gesto de coger el movil y llamar pero como vio que no iba a enseñarsela al final me deja ir.

Lo que me interesa es si llama a la policia y no llevo nada robado, no robo, y ésta me registra puedo denunciar al centro o al guardia? o poner una queja o algo.

No me sirve que debería haberla enseñado si no había robado nada ya que me lo tomé como algo personal que me pidiera justo a mí que se la enseñara.
Gracias


¿Eres neցro?
 
LSP:
Artículo 32. Vigilantes de seguridad y su especialidad.
1. Los vigilantes de seguridad desempeñarán las siguientes funciones:
a) Ejercer la vigilancia y protección de bienes, establecimientos, lugares y eventos, tanto privados como públicos, así como la protección de las personas que puedan encontrarse en los mismos, llevando a cabo las comprobaciones, registros y prevenciones necesarias para el cumplimiento de su misión.
b) Efectuar controles de identidad, de objetos personales, paquetería, mercancías o vehículos, incluido el interior de éstos, en el acceso o en el interior de inmuebles o propiedades donde presten servicio, sin que, en ningún caso, puedan retener la documentación personal, pero sí impedir el acceso a dichos inmuebles o propiedades. La negativa a exhibir la identificación o a permitir el control de los objetos personales, de paquetería, mercancía o del vehículo facultará para impedir a los particulares el acceso o para ordenarles el abandono del inmueble o propiedad objeto de su protección.
c) Evitar la comisión de actos delictivos o infracciones administrativas en relación con el objeto de su protección, realizando las comprobaciones necesarias para prevenirlos o impedir su consumación, debiendo oponerse a los mismos e intervenir cuando presenciaren la comisión de algún tipo de infracción o fuere precisa su ayuda por razones humanitarias o de urgencia.
d) En relación con el objeto de su protección o de su actuación, detener y poner inmediatamente a disposición de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad competentes a los delincuentes y los instrumentos, efectos y pruebas de los delitos, así como denunciar a quienes cometan infracciones administrativas. No podrán proceder al interrogatorio de aquéllos, si bien no se considerará como tal la anotación de sus datos personales para su comunicación a las autoridades.
Lo dispuesto en el párrafo anterior se entiende sin perjuicio de los supuestos en los que la Ley de Enjuiciamiento Criminal permite a cualquier persona practicar la detención.
e) Proteger el almacenamiento, recuento, clasificación, tras*porte y dispensado de dinero, obras de arte y antigüedades, valores y otros objetos valiosos, así como el manipulado de efectivo y demás procesos inherentes a la ejecución de estos servicios.
f) Llevar a cabo, en relación con el funcionamiento de centrales receptoras de alarmas, la prestación de servicios de verificación personal y respuesta de las señales de alarmas que se produzcan.
Además, también podrán realizar las funciones de recepción, verificación no personal y tras*misión a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad que el artículo 47.1 reconoce a los operadores de seguridad.
2. Los vigilantes de seguridad se dedicarán exclusivamente a las funciones de seguridad propias, no pudiendo simultanearlas con otras no directamente relacionadas con aquéllas.
3. Corresponde a los vigilantes de explosivos, que deberán estar integrados en empresas de seguridad, la función de protección del almacenamiento, tras*porte y demás procesos inherentes a la ejecución de estos servicios, en relación con explosivos u otros objetos o sustancias peligrosas que reglamentariamente se determinen.
Será aplicable a los vigilantes de explosivos lo establecido para los vigilantes de seguridad respecto a uniformidad, armamento y prestación del servicio.


Eso no se lo creen ni ellos que a mi me pidan el DNI o que me registren y menos que me agredan, vamos si a la policia no tengo ninguna obligacion de contestar, menos a ellos, ellos no podran negarme la entrada a un establecimiento si no comento en el mismo un delito, pero eso cualquier persona me puede detener, no solo ellos, por cierto ese articulo se refiere a la seguridad privada que puede concertar cualquier empresa para proteger sus bienes
 
Si quieres te puede negar al registro, pero si te pide abrirla y enseñarle el interior debes hacerlo.

O esperar a los perros, que es lo siguiente que van a hacer si te niegas.

Y si te sigues negando.. calabozo.
 
Mira ese problema me pasó a mí y lo estudié a fondo preguntando a policías y abogados, el tema es MUY estropeado para el pringadete cliente, tenemos todas las de perder. Te lo explico.

- Cajeras y seguratas pueden pedirte que les enseñes la mochila que no es delito pedirlo
- Puedes negarte a ambos
- Para pedírtelo, deben tener sospechas fundadas por haberte visto robar, no pueden pedirlo aleatoriamente
- Puedes preguntarles en qué basan sus sospechas, qué es lo que han visto y adevetirles que es ILEGAL pedírtelo aleatoriamente
- Lo primero que debes hacer es poner a grabar el móvil todo lo que te diga el segurata o cajera o los que intervengan, CRUCIAL grabar
- La cajera y el segurata pueden retenerte si tienen sospechas fundadas o pruebas (cámara) de que has robado pero se la juegan
- Ninguno puede registrarte si te niegas a enseñarla pero pueden retenerte y llamar a la policía hasta que lleguen
- La poli tiene derecho a registrarte entero a la fuerza si hace falta
- Si te registran y no has robado puedes denunciar al segurata y la cajera, que la poli tome sus nombres y te los dan
- La denuncia la rechazan todos los jueces
- Esto último es la clave de todo, los jueces pasan de ti y te dejan vendido
- Por lo que cualquier cosas te puede amargar la vida, humillarte en público como ladrón, hacerte esperar a que llegue la poli, tragar bilis a litros y todo eso sin castigo alegando que les pareció que habías robado por algo que vieron

- Si el segurata te pide que le enseñes la mochila y te niegas a esperar a la poli y empiezas a andar, te puede retener a la la fuerza y seguramente te comerás que encima te denuncie si te resistes y le haces daño, se inventará alguna lesión

Es brutal el tema. Brutal. Entras a comprar y te convierten en delincuente y te pueden retener el tiempo que sea necesario y la de dios es cristo, y sobre todo es que los jueces pasan de ti y Consumo ni te cuento.

Siempre es todo contra el ciudadano honrado.

Es mejor enseñarla, en serio, aunque te reviente el alma de rabia. O le preguntas si ha visto algo y que te diga qué ha visto porque necesita haberte visto o le puedes denunciar, pero saben que los jueces pasan del tema.
 
Si quieres te puede negar al registro, pero si te pide abrirla y enseñarle el interior debes hacerlo.

O esperar a los perros, que es lo siguiente que van a hacer si te niegas.

Y si te sigues negando.. calabozo.

Claro que me voy a negar al registro, y aun cuando me pidan que abra el bolso, eso son cosas personales que no tienen que ver. Que llamen a la policia no tengo nada que temer, pero ojo si la policia no encuentran nada que se preparen con una demanda. Tienen que estar seguros de que llevas algo para pararte y decirte que abras lo que sea y si estas perdido, pues si. Yo no me voy a negar a que me registre la Policia, esos son los unicos que pueden hacerlo y de calabozo porque ?
Yo he tenido ya dos encontronazos con esos trabajadores y me he negado en redondo a que me registraran, ha llegado la policia y no ha pasado nada, porque no llevaba nada robado, es mas delante de ellos le comente que si no encontraban nada demandaria a la empresa de seguridad y al establecimiento como asi hice, por capricho no se puede registrar a no ser que tengas sospechas de que llevas algo robado.
 
Mira ese problema me pasó a mí y lo estudié a fondo preguntando a policías y abogados, el tema es MUY estropeado para el pringadete cliente, tenemos todas las de perder. Te lo explico.

- Cajeras y seguratas pueden pedirte que les enseñes la mochila que no es delito pedirlo
No suelo llevar mochila, mi esposa lleva un bolso pequeño de mujer
- Puedes negarte a ambos
Claro que si que me niego a ambos y no pasa nada
- Para pedírtelo, deben tener sospechas fundadas por haberte visto robar, no pueden pedirlo aleatoriamente
Efectivamente
- Puedes preguntarles en qué basan sus sospechas, qué es lo que han visto y adevetirles que es ILEGAL pedírtelo aleatoriamente
Y meterse en graves problemas
- Lo primero que debes hacer es poner a grabar el móvil todo lo que te diga el segurata o cajera o los que intervengan, CRUCIAL grabar
EFECTIVAMENTE
- La cajera y el segurata pueden retenerte si tienen sospechas fundadas o pruebas (cámara) de que has robado pero se la juegan
y bien que se la juegan
- Ninguno puede registrarte si te niegas a enseñarla pero pueden retenerte y llamar a la policía hasta que lleguen
El que va a llamar a la policia voy a ser yo porque me estan cortado mi libertad de movimiento
- La poli tiene derecho a registrarte entero a la fuerza si hace falta
Claro que si a registrarme y a cachearme si lo creen oportuno, no me voy a negar
- Si te registran y no has robado puedes denunciar al segurata y la cajera, que la poli tome sus nombres y te los dan
Yo no voy a pedir ningun dato a los policias, existe una ley de proteccion de datos, me busco a mi abogado y demando a la cajera o al vigilante
- La denuncia la rechazan todos los jueces
En que te basas, si tienes un buen abogado lo tienes todo ganado, como ocurrio el ultimo
- Esto último es la clave de todo, los jueces pasan de ti y te dejan vendido
- Por lo que cualquier cosas te puede amargar la vida, humillarte en público como ladrón, hacerte esperar a que llegue la poli, tragar bilis a litros y todo eso sin castigo alegando que les pareció que habías robado por algo que vieron

- Si el segurata te pide que le enseñes la mochila y te niegas a esperar a la poli y empiezas a andar, te puede retener a la la fuerza y seguramente te comerás que encima te denuncie si te resistes y le haces daño, se inventará alguna lesión
Yo es que no me muevo de la caja donde este pagando, tendrian que cerrarla y alli me quedo hasta que llegue la policia
Es brutal el tema. Brutal. Entras a comprar y te convierten en delincuente y te pueden retener el tiempo que sea necesario y la de dios es cristo, y sobre todo es que los jueces pasan de ti y Consumo ni te cuento.
Hay que tener dignidad y tengo todo el tiempo del mundo, pero los que intentan amenzarme no se lo consiento, asi esta la sociedad que tenemos, todos aborregados, te voy a poner un ejemplo iba poco a Mercadona, solo cuatro cosas de limpieza, pero cuando la cajera me dijo de darle la vuelta al carrito, deje el carrito y ya no he vuelto, si todos hubieran echo igual otro gallo cantaria

Siempre es todo contra el ciudadano honrado.
Pero como no sabemos nuestros derechos

Es mejor enseñarla, en serio, aunque te reviente el alma de rabia. O le preguntas si ha visto algo y que te diga qué ha visto porque necesita haberte visto o le puedes denunciar, pero saben que los jueces pasan del tema.

Lo siento te he contestado en negrita
 
Yo puse una reclamación a un supermercado por discriminación sexista. A mi me exigían que para entrar debía dejar la mochila en caja, mientras había mujeres con mochila (y ya no digo con bolsos) ya dentro del supermercado.

La reclamación la llevé al OMIC que se inhibió en el caso y le pasó el muerto a la oficina de ciudadanía del ayuntamiento.

Desde allí me contestaron lo primero que pillaron a mano....que según la ley tal yo "debía dejar la mochila en el lugar habilitado para eso", obviando descaradamente que yo presentaba una reclamación por discriminación sensual al prohibirme a mi, por el hecho de ser ser varón, el poder entrar al supermercado con una mochila, mientras que las mujeres que portaban mochilas y bolsos sí podían entrar al comercio sin ningún tipo de impedimento.

Entonces ya vi que el concepto de "igualdad" que tienen en la administración pública es muy relativo. Si quería seguir adelante con el tema tenía que contratar un abogado.....

.


Tienes que meterlo por otro lado.

Tienes que decir que es machista el que te pidan a ti la mochila y no a las mujeres, alli ya buscas argumentos, que el sistema actual sigue rigiendo una ley patriarcal en la que se piensa que las mujeres deben llevar bolso por tal cosa y los hombres no.

Que el patriarcado opresor da el visto bueno a que una mujer lleve bolso pero por tal razon no deja que un hombre pueda llevarlo....

Si te pones puedes buscar otras historias, es tarde y tengo la mente nublada pero vaya es cosa de pensar, incluso puedes alegar que te pidieron que lo enseñaras al ver que eras tras*,
 
Mira ese problema me pasó a mí y lo estudié a fondo preguntando a policías y abogados, el tema es MUY estropeado para el pringadete cliente, tenemos todas las de perder. Te lo explico.

- Cajeras y seguratas pueden pedirte que les enseñes la mochila que no es delito pedirlo
- Puedes negarte a ambos
- Para pedírtelo, deben tener sospechas fundadas por haberte visto robar, no pueden pedirlo aleatoriamente
- Puedes preguntarles en qué basan sus sospechas, qué es lo que han visto y adevetirles que es ILEGAL pedírtelo aleatoriamente
- Lo primero que debes hacer es poner a grabar el móvil todo lo que te diga el segurata o cajera o los que intervengan, CRUCIAL grabar
- La cajera y el segurata pueden retenerte si tienen sospechas fundadas o pruebas (cámara) de que has robado pero se la juegan
- Ninguno puede registrarte si te niegas a enseñarla pero pueden retenerte y llamar a la policía hasta que lleguen
- La poli tiene derecho a registrarte entero a la fuerza si hace falta
- Si te registran y no has robado puedes denunciar al segurata y la cajera, que la poli tome sus nombres y te los dan
- La denuncia la rechazan todos los jueces
- Esto último es la clave de todo, los jueces pasan de ti y te dejan vendido
- Por lo que cualquier cosas te puede amargar la vida, humillarte en público como ladrón, hacerte esperar a que llegue la poli, tragar bilis a litros y todo eso sin castigo alegando que les pareció que habías robado por algo que vieron

- Si el segurata te pide que le enseñes la mochila y te niegas a esperar a la poli y empiezas a andar, te puede retener a la la fuerza y seguramente te comerás que encima te denuncie si te resistes y le haces daño, se inventará alguna lesión

Es brutal el tema. Brutal. Entras a comprar y te convierten en delincuente y te pueden retener el tiempo que sea necesario y la de dios es cristo, y sobre todo es que los jueces pasan de ti y Consumo ni te cuento.

Siempre es todo contra el ciudadano honrado.

Es mejor enseñarla, en serio, aunque te reviente el alma de rabia. O le preguntas si ha visto algo y que te diga qué ha visto porque necesita haberte visto o le puedes denunciar, pero saben que los jueces pasan del tema.



Una cajera o cajero o lo que sea no puede pedirte que enseñes la mochila, si te niegas no pueden hacer nada y si viene la policia los denuncias, la ley dice que no pueden.

Los chaquetillas que hay en algunos supermercados que no son vigilantes, tampoco pueden.

Vigilantes si pueden.

Se lo dije a un amigo que tenia ganas de gresca y se fue directo a un gran supermercado caro que todos conoceis, conforme pidio el libro de reclamaciones y le dijo al chaquetilla el motivo ni en 30 segundos, aquello fue digno de ver ya estaba el vigilante de seguridad al lado, tardo nada en pegar el salto y presentarse alli.

Ellos sabian que no podia el chaquetilla pedir nada, mi amigo puso la queja.

Te digo que despues mi amigo entro 50 veces mas con la mochila y nunca jamas ningun chaquetilla volvio a pedirle que le enseñara la mochila, antes de ese incidente siempre pedian que la enseñaras.

Eso fue hace unos años y siguen sin pedir que enseñes mochila, eso no fue casualidad, ellos sabian que no podian pero hasta que no llego el primero dando porculo pues pedian....... con un solo tio que fue a dar porculo nunca jamas volvieron a pedir nada.
 
A mi un argentino me lio un ***on en un supermercado, estaba de cajero con gran cola, fui a salir sin comprar por que vi algo que me interesaba y fui a por el carro viendo que pesaba, se ve que salir muy rapido que el tio sospecho de mi.

Cuando iba por la puerta paro la cola y me llamo el iluso a voces, me puedes enseñar la mochila ???

Le dije claro, si me enseñas tu los bolsillos, ya puestos a mal pensar unos de otros, pues te enseño la mochila pero tu me enseñas los bolsillos.........

El tio se encabrono, tienes obligacion de dejar la mochila en las taquillas y me señalo......

Le dije que alli no habia ningun cartel que indicara nada y que su conducta era machista propia de seres de la edad media o de paises subdesarroyados.

Le dije que no tenia ninguna obligacion de enseñarle nada pero que si el me enseñaba los bolsillos yo le enseñaba mi mochila, que si no que llamara a la policia que no me iba a ir pero que luego lo iba a denunciar pues no tenia ningun tipo de autoridad para reternerme, como tampoco para pedirme ver mi mochila.

El tio llamo a la encargada, la encargada me dijo que me fuera.

Me sali, cogi el carro, volvi a comprar lo que queria, pase por la caja del argentino y le pedi libro de reclamaciones, para lo que vino nuevamente la encargada.

Ese dia andaba yo con ganas de jaleo y diversion.
 
Claro que me voy a negar al registro, y aun cuando me pidan que abra el bolso, eso son cosas personales que no tienen que ver. Que llamen a la policia no tengo nada que temer, pero ojo si la policia no encuentran nada que se preparen con una demanda. Tienen que estar seguros de que llevas algo para pararte y decirte que abras lo que sea y si estas perdido, pues si. Yo no me voy a negar a que me registre la Policia, esos son los unicos que pueden hacerlo y de calabozo porque ?
Yo he tenido ya dos encontronazos con esos trabajadores y me he negado en redondo a que me registraran, ha llegado la policia y no ha pasado nada, porque no llevaba nada robado, es mas delante de ellos le comente que si no encontraban nada demandaria a la empresa de seguridad y al establecimiento como asi hice, por capricho no se puede registrar a no ser que tengas sospechas de que llevas algo robado.

Y como acabó el pleito iniciado con dicha demanda, que es lo importante?
 
Que llame policía y hoja de reclamaciones.
Lo malo es si llevas prisa.

Si vuelvo a esa tienda es con las manos llenas de grasa a limpiarme en la cosa que venden.
 
Los vigilantes están de adorno y a vosotros os sobran razones.

Cuanta tontería para ocultar un robo o pretender ser superior a otro currante...

Los VS son miembros de las fuerzas de seguridad del estado y pueden dentro de su servicio registrar pues es una de las funciones que les permite la ley, para eso están y si tienen instrucciones de revisar mochilas las revisan, me da igual que sea por si robas que para evitar un atentado.

Así de sencillo: como no caballero... y abrir la mochila,bolso o lo que sea.
 
Eso en que ley viene?
Ojo que registro aleatorio puede ser un termino muy amplio.

Sin cuñanear en exceso los registros aleatorios de mochilas al salir o entrar en un establecimiento, el registro aleatorio en un coche... Se practican, no creo que ilegalmente, y jorobar, es lo mejor cuando tenemos a la etnia, a los alergicos al jamon etc

PD:
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