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Madmaxista
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Navegando por ahi me he encontrado con esto: ¿Que opinion os merece?
L'Autoconsum Energètic: Primeras experiencias de éxito en Autoconsumo FV
Primeras experiencias de éxito en Autoconsumo FV
versió en català del text
[tiempo estimado de lectura: 5 minutos]
No ha sido fácil, pero ya podemos decir que hemos conectado y legalizado las primeras instalaciones fotovoltaicas (FV) para autoconsumo. Digo que no ha sido fácil por el procedimiento para legalizarlas, porque las instalaciones en sí las hemos realizado en pocos días; pero los trámites, los papeles, van a otro ritmo...y hemos tardado algunos meses.
No ha sido fácil, pero tengo la sensación que "hemos abierto la lata" y que a partir de ahora las instalaciones deben ir mucho más rápidas y fluidas. Ya nos pasó en el año 2004 con el RD436 (la primera normativa que regulaba las primas), cuando también tuvimos que hacer mucha pedagogía (y tener mucha paciencia) con las compañías eléctricas (sobre todo) y la administración (no tanto), porque fuimos pioneros y nos veían como "intrusos". Hemos recuperado viejas sensaciones.
Instalación FV para Autoconsumo en una granja de Solsona (3,8 kW)
El RD1699/2011 no está del todo desarrollado, queda pendiente la que se decía en la disposición adicional 2a, que en 4 meses se publicaría el RD que regularía el balance neto (autoconsumo directo y diferido), plazo que vencía en abril del año pasado y que aún hoy estemos esperando. Esto ha creado confusión y ha provocado que las compañías eléctricas dijesen al principio que todavía no era posible hacer autoconsumo. Pero según la normativa vigente, sí es posible hacer autoconsumo (directo). La IDAE lo dejó muy claro en este comunicado: http://sud.es/public/assets/News_59/Nota_IDAE_Autoconsumo.pdf
Los últimos meses algunas comunidades autónomas (como Extremadura, Balears o Murcia) han publicado procedimientos para regular el autoconsumo, lo que ha ayudado a despejar dudas. En las CCAA donde no han sacado nada nos ha tocado hacer mucha presión a las compañías eléctricas para que se pusieran de acuerdo en cómo tramitar el autoconsumo. Y Endesa, principal distribuidora en Cataluña, parece que finalmente se ha aclarado.
A continuación intentaré resumir el procedimiento y aspectos más importantes a tener en cuenta (principalmente en Cataluña, pero en el resto de España no debería ser muy diferente):
Podemos conectar una instalación FV a la red interior de un consumidor siempre que la potencia FV sea igual o inferior a la que tiene contratada. Mientras no se apruebe el RD de balance neto el procedimiento a seguir será el mismo que se hacía hasta ahora para las instalaciones con tarifa (procedimiento de Régimen Especial, es necesario tramitar el RIPRE con Industria), con la única diferencia de que la instalación se conecta a la red interior. Ya no es necesario un cuadro de protección y medida (TMF) y Cuadro General de Protección (CGP) específicos para la FV, sino que se conecta "aguas arriba" del contador existente por el consumidor (en su propia red). Es necesario, eso sí, hacer cambios en el contador del cliente, ya que éste debe ser bidireccional: que registre también los posibles excedentes (exportaciones). Endesa, además, obliga a que el consumidor tenga su contador en una TMF con un interruptor automático que le permita "cortar" la producción FV si fuera necesario. Esta TMF también debe incorporar los fusibles (y módem para potencias >15kW). El interruptor diferencial, eso sí, se permite que esté en el cuadro específico de la FV (no en el general del consumidor). Si el cliente ya dispone de TMF (la mayoría de empresas), únicamente habrá que hacer un cambio en el contador para que sea bidireccional.
Instalación FV para Autoconsumo en vivienda de Barcelona (1,33kW)
Hago un inciso sobre el tema de los contadores, y que conste que nunca recomendaré no legalizar una instalación, sólo doy respuesta a algunas preguntas que a menudo me han hecho: si el contador es analógico (de los de la rueda que gira) y probáis de autoconsumir, girará más lento o se detendrá (si hay excedente de FV): no registra en el sentido contrario (los excedentes), así que para legalizarlo lo deberéis cambiar por uno digital bidireccional. Si ya disponéis de un contador digital y hacéis la prueba de generar (sin legalizar) os encontraréis que en lugar de restar, suma! Cuidado, pues, con los "guerrilleros solares" que conectáis clandestinamente una instalación, porque os podéis encontrar con la sorpresa de un consumo más elevado en lugar de un ahorro. Mal negocio. Es necesario, pues, reprogramar el contador digital (si el modelo lo permite, cabe preguntárselo al fabricante) o cambiarlo por uno bidireccional.
Y qué coste tiene realizar una instalación fotovoltaica para autoconsumo? Y legalizarla? El precio de una instalación depende de muchos factores (potencia, tipo de cubierta, tipo de panel, etc). El precio por kW instalado puede ir de los 1000 € a 2000 €. Consideremos un caso tipo de 5kW: 6.000 € (más IVA). Para legalizar la instalación hay que contar los siguientes costes adicionales (son orientativos, pueden variar en función de la localidad donde se realice el proyecto):
Coste de inspección del contador por parte de la compañía eléctrica: 340 € + IVA
Tasa de acceso a la red: € 17,37 / kW (según RD 1955/2000); € 86 para 5kW.
Coste de la TMF con el contador nuevo: entre 250 € y 2.000 €, dependiendo de la potencia; 350€ para 5kW.
Tasa administrativa para obtener el RIPRE (Industria): 32 € por <5kW y 200 € el resto.
Licencia de obras de la instalación (dependerá de cada ayuntamiento): entre un 1% y un 3,5% del presupuesto; unos 120 € por 5kW.
Resumiendo: el coste total de la instalación de 5kW, acabada y legalizada, sería de 6.928€ + IVA ( 8.382,88€ con IVA).
Y cuánta electricidad generará? Sale a cuenta? En Cataluña podemos considerar un valor de 1.400 kWh anuales por kW instalado, por lo que la instalación de 5 kW generará unos 7000kWh anuales. Esto quiere decir que en 25 años (considerando el período garantía de producción que dan los fabricantes de los paneles) la instalación FV habrá producido la electricidad a un coste inferior a los 0,05€ el kWh, o de 0,12€ / kWh si contamos un periodo de 15 años. Ambos valores son muy inferiores al precio que actualmente estamos pagando por la electricidad (por encima de los 0,20€/kWh, considerando impuestos), y tengamos en cuenta que este precio seguirá subiendo.
Vemos, pues, que hacer autoconsumo FV es hoy una opción totalmente legal y económicamente muy rentable. Y nos permite, además, consumir electricidad verde generada en nuestro propio techo.
A pesar de los políticos de este país, sometidos al oligopolio energético dominante, el autoconsumo es ya una realidad y cambiará inevitablemente el panorama energético actual. Debemos pensar globalmente y actuar localmente: con el autoconsumo podemos contribuir desde nuestra casa a un modelo energético alternativo: respetuoso con el medio ambiente, más eficiente, sostenible, tras*parente y democrático.
L'Autoconsum Energètic: Primeras experiencias de éxito en Autoconsumo FV
Primeras experiencias de éxito en Autoconsumo FV
versió en català del text
[tiempo estimado de lectura: 5 minutos]
No ha sido fácil, pero ya podemos decir que hemos conectado y legalizado las primeras instalaciones fotovoltaicas (FV) para autoconsumo. Digo que no ha sido fácil por el procedimiento para legalizarlas, porque las instalaciones en sí las hemos realizado en pocos días; pero los trámites, los papeles, van a otro ritmo...y hemos tardado algunos meses.
No ha sido fácil, pero tengo la sensación que "hemos abierto la lata" y que a partir de ahora las instalaciones deben ir mucho más rápidas y fluidas. Ya nos pasó en el año 2004 con el RD436 (la primera normativa que regulaba las primas), cuando también tuvimos que hacer mucha pedagogía (y tener mucha paciencia) con las compañías eléctricas (sobre todo) y la administración (no tanto), porque fuimos pioneros y nos veían como "intrusos". Hemos recuperado viejas sensaciones.
Instalación FV para Autoconsumo en una granja de Solsona (3,8 kW)
El RD1699/2011 no está del todo desarrollado, queda pendiente la que se decía en la disposición adicional 2a, que en 4 meses se publicaría el RD que regularía el balance neto (autoconsumo directo y diferido), plazo que vencía en abril del año pasado y que aún hoy estemos esperando. Esto ha creado confusión y ha provocado que las compañías eléctricas dijesen al principio que todavía no era posible hacer autoconsumo. Pero según la normativa vigente, sí es posible hacer autoconsumo (directo). La IDAE lo dejó muy claro en este comunicado: http://sud.es/public/assets/News_59/Nota_IDAE_Autoconsumo.pdf
Los últimos meses algunas comunidades autónomas (como Extremadura, Balears o Murcia) han publicado procedimientos para regular el autoconsumo, lo que ha ayudado a despejar dudas. En las CCAA donde no han sacado nada nos ha tocado hacer mucha presión a las compañías eléctricas para que se pusieran de acuerdo en cómo tramitar el autoconsumo. Y Endesa, principal distribuidora en Cataluña, parece que finalmente se ha aclarado.
A continuación intentaré resumir el procedimiento y aspectos más importantes a tener en cuenta (principalmente en Cataluña, pero en el resto de España no debería ser muy diferente):
Podemos conectar una instalación FV a la red interior de un consumidor siempre que la potencia FV sea igual o inferior a la que tiene contratada. Mientras no se apruebe el RD de balance neto el procedimiento a seguir será el mismo que se hacía hasta ahora para las instalaciones con tarifa (procedimiento de Régimen Especial, es necesario tramitar el RIPRE con Industria), con la única diferencia de que la instalación se conecta a la red interior. Ya no es necesario un cuadro de protección y medida (TMF) y Cuadro General de Protección (CGP) específicos para la FV, sino que se conecta "aguas arriba" del contador existente por el consumidor (en su propia red). Es necesario, eso sí, hacer cambios en el contador del cliente, ya que éste debe ser bidireccional: que registre también los posibles excedentes (exportaciones). Endesa, además, obliga a que el consumidor tenga su contador en una TMF con un interruptor automático que le permita "cortar" la producción FV si fuera necesario. Esta TMF también debe incorporar los fusibles (y módem para potencias >15kW). El interruptor diferencial, eso sí, se permite que esté en el cuadro específico de la FV (no en el general del consumidor). Si el cliente ya dispone de TMF (la mayoría de empresas), únicamente habrá que hacer un cambio en el contador para que sea bidireccional.
Instalación FV para Autoconsumo en vivienda de Barcelona (1,33kW)
Hago un inciso sobre el tema de los contadores, y que conste que nunca recomendaré no legalizar una instalación, sólo doy respuesta a algunas preguntas que a menudo me han hecho: si el contador es analógico (de los de la rueda que gira) y probáis de autoconsumir, girará más lento o se detendrá (si hay excedente de FV): no registra en el sentido contrario (los excedentes), así que para legalizarlo lo deberéis cambiar por uno digital bidireccional. Si ya disponéis de un contador digital y hacéis la prueba de generar (sin legalizar) os encontraréis que en lugar de restar, suma! Cuidado, pues, con los "guerrilleros solares" que conectáis clandestinamente una instalación, porque os podéis encontrar con la sorpresa de un consumo más elevado en lugar de un ahorro. Mal negocio. Es necesario, pues, reprogramar el contador digital (si el modelo lo permite, cabe preguntárselo al fabricante) o cambiarlo por uno bidireccional.
Y qué coste tiene realizar una instalación fotovoltaica para autoconsumo? Y legalizarla? El precio de una instalación depende de muchos factores (potencia, tipo de cubierta, tipo de panel, etc). El precio por kW instalado puede ir de los 1000 € a 2000 €. Consideremos un caso tipo de 5kW: 6.000 € (más IVA). Para legalizar la instalación hay que contar los siguientes costes adicionales (son orientativos, pueden variar en función de la localidad donde se realice el proyecto):
Coste de inspección del contador por parte de la compañía eléctrica: 340 € + IVA
Tasa de acceso a la red: € 17,37 / kW (según RD 1955/2000); € 86 para 5kW.
Coste de la TMF con el contador nuevo: entre 250 € y 2.000 €, dependiendo de la potencia; 350€ para 5kW.
Tasa administrativa para obtener el RIPRE (Industria): 32 € por <5kW y 200 € el resto.
Licencia de obras de la instalación (dependerá de cada ayuntamiento): entre un 1% y un 3,5% del presupuesto; unos 120 € por 5kW.
Resumiendo: el coste total de la instalación de 5kW, acabada y legalizada, sería de 6.928€ + IVA ( 8.382,88€ con IVA).
Y cuánta electricidad generará? Sale a cuenta? En Cataluña podemos considerar un valor de 1.400 kWh anuales por kW instalado, por lo que la instalación de 5 kW generará unos 7000kWh anuales. Esto quiere decir que en 25 años (considerando el período garantía de producción que dan los fabricantes de los paneles) la instalación FV habrá producido la electricidad a un coste inferior a los 0,05€ el kWh, o de 0,12€ / kWh si contamos un periodo de 15 años. Ambos valores son muy inferiores al precio que actualmente estamos pagando por la electricidad (por encima de los 0,20€/kWh, considerando impuestos), y tengamos en cuenta que este precio seguirá subiendo.
Vemos, pues, que hacer autoconsumo FV es hoy una opción totalmente legal y económicamente muy rentable. Y nos permite, además, consumir electricidad verde generada en nuestro propio techo.
A pesar de los políticos de este país, sometidos al oligopolio energético dominante, el autoconsumo es ya una realidad y cambiará inevitablemente el panorama energético actual. Debemos pensar globalmente y actuar localmente: con el autoconsumo podemos contribuir desde nuestra casa a un modelo energético alternativo: respetuoso con el medio ambiente, más eficiente, sostenible, tras*parente y democrático.