leete esto bien anda.....
Los acuerdos matrimoniales por los que se rigió el enlace se establecieron
según el derecho aragonés y, según algunos historiadores, se establecieron bajo la forma de
Matrimonio en Casa.
Por este contrato de esponsales, y su reflejo en la documentación posterior de Petronila,
el marido se adscribe a la familia de la esposa, y es ella quien tras*mite la pertenencia al grupo familiar, junto con el patrimonio que hereda;
el marido se somete formalmente a su suegro o al «Señor mayor» de la casa, y este, a cambio, le otorga la potestad sobre el solar familiar, pero reservándose su señorío tanto sobre los bienes del solar patrimonial como sobre los que aporta el marido.
A partir de este contrato, quien tiene la última potestad no es el esposo, sino el Señor Mayor de la Casa de Aragón, hasta que el heredero legítimo adquiera la potestad (y en el caso del reino de Aragón, el reino, título de rey y cabeza de la
Casa de Aragón) y, por tanto, asumía el linaje de la Casa de Aragón él y sus herederos
in saecula saeculorum, por lo que, desde ese mismo momento
5678 se extingue el linaje de la Casa de Barcelona, tras el Casamiento en Casa en que se subsume en la
Casa de Aragón en
1137, o bien se considera que perdura hasta la fin sin descendencia masculina de
Martín el Humano en el año 1410, según otros historiadores.
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resumen para fanaticos:
ARAGÓN MANDA.... POR ESO EL CONDE DE BARCELONA NO LLEGÓ A REY, SUS DESCENDIENTES SI, PORQUE TENIAN SANGRE REAL DEL LINAJE ARAGONES, POR EJEMPLO EL GRAN JAIME/JAUME I