Consultorio de derecho laboral.

Gracias! Una cosita más.. ella trabaja un sábado al mes que se lo cambian por cualquier otro día de semana. Con este ajuste podría limitarse a trabajar de lunes a viernes? Ya que no tendría guarderia los sábados

Solo si hubiera acuerdo porque no se puede concentrar en un día la reducción.

 
Hola
Te comento un caso bien raro que le ha pasado a un amigo. Resulta que trabajo para una empresa que le dejo a deber un monton de dinero. Como solución le plantean darlo de alta y le van pagando con el sueldo, finalmente ni por esas le pagan y lo despiden por causas objetivas el 30 de septiembre. No le han pagado ni las 3 últimas nóminas ni finiquito ni nada. De hecho ni siquiera le informaron del despido debidamente ni el firmó notificación. En cualquier caso el pide el desempleo y empieza a cobrarlo el 17 de octubre por el tema de las vacaciones no disfrutadas. Aquí viene lo asombroso, ayer en vista de que no le han pagado nada saca la papeleta para conciliación para reclamación de cantidad y llama para decirles que o le pagan o les demandará, habla con el encargado y le dice que lo que tiene que hacer es ir a trabajar porque lo han vuelto a dar de alta desde el día 17. Mi amigo se pone a revisar y efectivamente sale como si nunca le hubieran dado de baja y también el desempleo. El lo único que quiero es cobrar los tres meses, su finiquito y su paro y no entiende como le han vuelto a dar de alta sin ni siquiera informarle, ni contrato ni nada. Ha estado preguntando y le han recomendado que mande un burofax a la empresa detallando lo que ha pasado y demandando que le paguen las cantidades no cobradas (nóminas y finiquito). La verdad es una situación kafkiana que creo solo se puede solucionar denunciando a la inspección de trabajo ala empresa. ¿Cuál crees que serían los pasos a seguir?
Gracias de antemano.
 
Ahí va mi caso.

El año pasado estuve con reducción de jornada desde el encierro hasta finales de año. Aunque en principio fue debido al el bichito, para poder cuidar dignamente de mi hijo menor, la situación se alargó debido a problemas de salud de mi pareja con el embarazo que no terminaron hasta final de año cuando nació la criatura.

A partir del 1 de noviembre, cuando mis padres volvieron a la ciudad (llevaban en el pueblo desde el encierro), y al poder recurrir a ellos para poder cuidar del niño, comuniqué a mi empresa que podía volver a trabajar a jornada completa.

2 semanas después, sin haber recibido respuesta, me llaman para una reunión el dueño de la empresa y el responsable de recursos humanos, y la conversación comienza acusándome de delincuente, estafador, jeta, querer arruinar a la empresa, etc., sin mediar explicación.

Tras unos momentos tensos, conseguí que me explicaran las razones de la sarta de insultos: según ellos, si volvía a trabajar a jornada completa era únicamente para cobrar la prestación de paternidad al 100%, por lo que la SS iba a considerarlo fraude y multarme a mi y a la empresa. Literalmente, si "había tenido el morro de estar casi todo el año trabajando "a medias", no me podían permitir reincorporarme solo para unos días por aumentar mi prestación".

Lo que yo no sabía en aquel momento, y ahora si, es que por una reducción de jornada por cuidado de un menor, la prestación es del 100% (y las cotizaciones a todos los efectos), así que no hay posibilidad de fraude alguno. Y no lo sabía tampoco cuando la SS social me pagó el primer mes acorde a mi reducción de jornada.

Después de enterarme de mis derechos (por casualidad, gracias a dios) y de reclamar, en la SS, muy amables, atendieron a mi situación y me comunicaron que al figurar el motivo de la reducción por el bichito y no por cuidado de un mejor, se les había pasado por alto. Ahora me han pagado los atrasos y el resto de la prestación acorde a mi jornada completa, por lo que económicamente estoy satisfecho.

Pero no me olvido de los insultos en mi fruta cara, a sabiendas de la delicada situación que me tocó vivir durante todo el año (un embarazo muy complicado, además del rollo el bichito), y sobre todo, de que me "obligaron" a escribir un email en el que dejara claro que en ningún momento pretendía recuperar mi jornada completa antes del parto, y que todo había sido un error.

¿Habría opción de denunciar a la empresa por la falsa acusación y de insultos que no se sostienen de ninguna forma (jorobar, en la asesoría cuando formularon la reducción de jornada sabían de sobras que el motivo era cuidar de mi hijo y deberían haberme informado a mi y a la empresa sin problemas que la prestación es del 100%), por no haberme permitido recuperar mi jornada normal cuando lo solicité (en la SS me han dicho que no se imaginan en qué situación un trabajador a jornada completa normal con reducción de jornada por circunstancias excepcionales podría cometer fraude de este tipo), y por haberme coaccionado para escribir el correo desdiciéndome a mí mismo? ¿Se podría insinuar que la empresa simplemente se negó a permitirme recuperar mi jornada normal para ahorrarse costes? ¿Tendría sentido denunciar?

Lógicamente, me apetece muchísimo ver a mi jefe con la cabeza separada de su cuerpo y las tripas fuera después de habérselas metido en la boca para asfixiarle hacíendole tragar su propia cosa, pero no se si el castigo para este energúmeno y su empresa que podrían imponerle merecería el sacrificio de tener que, obviamente, largarme de aquí con una mano delante y otra detrás y 2 churumbeles que alimentar.

Gracias.
 
Hola
Te comento un caso bien raro que le ha pasado a un amigo. Resulta que trabajo para una empresa que le dejo a deber un monton de dinero. Como solución le plantean darlo de alta y le van pagando con el sueldo, finalmente ni por esas le pagan y lo despiden por causas objetivas el 30 de septiembre. No le han pagado ni las 3 últimas nóminas ni finiquito ni nada. De hecho ni siquiera le informaron del despido debidamente ni el firmó notificación. En cualquier caso el pide el desempleo y empieza a cobrarlo el 17 de octubre por el tema de las vacaciones no disfrutadas. Aquí viene lo asombroso, ayer en vista de que no le han pagado nada saca la papeleta para conciliación para reclamación de cantidad y llama para decirles que o le pagan o les demandará, habla con el encargado y le dice que lo que tiene que hacer es ir a trabajar porque lo han vuelto a dar de alta desde el día 17. Mi amigo se pone a revisar y efectivamente sale como si nunca le hubieran dado de baja y también el desempleo. El lo único que quiero es cobrar los tres meses, su finiquito y su paro y no entiende como le han vuelto a dar de alta sin ni siquiera informarle, ni contrato ni nada. Ha estado preguntando y le han recomendado que mande un burofax a la empresa detallando lo que ha pasado y demandando que le paguen las cantidades no cobradas (nóminas y finiquito). La verdad es una situación kafkiana que creo solo se puede solucionar denunciando a la inspección de trabajo ala empresa. ¿Cuál crees que serían los pasos a seguir?
Gracias de antemano.

Pues sí, burofax y denuncia a inspección. Para demandar a la empresa en reclamación de cantidades creo que tiene 1 año de plazo, ejemplo: si le debieran desde la nómina de noviembre 2020 podría presentar demanda ahora mismo.


Ahí va mi caso.

El año pasado estuve con reducción de jornada desde el encierro hasta finales de año. Aunque en principio fue debido al el bichito, para poder cuidar dignamente de mi hijo menor, la situación se alargó debido a problemas de salud de mi pareja con el embarazo que no terminaron hasta final de año cuando nació la criatura.

A partir del 1 de noviembre, cuando mis padres volvieron a la ciudad (llevaban en el pueblo desde el encierro), y al poder recurrir a ellos para poder cuidar del niño, comuniqué a mi empresa que podía volver a trabajar a jornada completa.

2 semanas después, sin haber recibido respuesta, me llaman para una reunión el dueño de la empresa y el responsable de recursos humanos, y la conversación comienza acusándome de delincuente, estafador, jeta, querer arruinar a la empresa, etc., sin mediar explicación.

Tras unos momentos tensos, conseguí que me explicaran las razones de la sarta de insultos: según ellos, si volvía a trabajar a jornada completa era únicamente para cobrar la prestación de paternidad al 100%, por lo que la SS iba a considerarlo fraude y multarme a mi y a la empresa. Literalmente, si "había tenido el morro de estar casi todo el año trabajando "a medias", no me podían permitir reincorporarme solo para unos días por aumentar mi prestación".

Lo que yo no sabía en aquel momento, y ahora si, es que por una reducción de jornada por cuidado de un menor, la prestación es del 100% (y las cotizaciones a todos los efectos), así que no hay posibilidad de fraude alguno. Y no lo sabía tampoco cuando la SS social me pagó el primer mes acorde a mi reducción de jornada.

Después de enterarme de mis derechos (por casualidad, gracias a dios) y de reclamar, en la SS, muy amables, atendieron a mi situación y me comunicaron que al figurar el motivo de la reducción por el bichito y no por cuidado de un mejor, se les había pasado por alto. Ahora me han pagado los atrasos y el resto de la prestación acorde a mi jornada completa, por lo que económicamente estoy satisfecho.

Pero no me olvido de los insultos en mi fruta cara, a sabiendas de la delicada situación que me tocó vivir durante todo el año (un embarazo muy complicado, además del rollo el bichito), y sobre todo, de que me "obligaron" a escribir un email en el que dejara claro que en ningún momento pretendía recuperar mi jornada completa antes del parto, y que todo había sido un error.

¿Habría opción de denunciar a la empresa por la falsa acusación y de insultos que no se sostienen de ninguna forma (jorobar, en la asesoría cuando formularon la reducción de jornada sabían de sobras que el motivo era cuidar de mi hijo y deberían haberme informado a mi y a la empresa sin problemas que la prestación es del 100%), por no haberme permitido recuperar mi jornada normal cuando lo solicité (en la SS me han dicho que no se imaginan en qué situación un trabajador a jornada completa normal con reducción de jornada por circunstancias excepcionales podría cometer fraude de este tipo), y por haberme coaccionado para escribir el correo desdiciéndome a mí mismo? ¿Se podría insinuar que la empresa simplemente se negó a permitirme recuperar mi jornada normal para ahorrarse costes? ¿Tendría sentido denunciar?

Lógicamente, me apetece muchísimo ver a mi jefe con la cabeza separada de su cuerpo y las tripas fuera después de habérselas metido en la boca para asfixiarle hacíendole tragar su propia cosa, pero no se si el castigo para este energúmeno y su empresa que podrían imponerle merecería el sacrificio de tener que, obviamente, largarme de aquí con una mano delante y otra detrás y 2 churumbeles que alimentar.

Gracias.

Simplemente, que yo sepa, la reducción de jornada por hijos es a discreción y necesidades del tjdor./a y no hay que pedir permiso a la empresa, tan solo seguir los preavisos de rigor. Lo de insultos, obligar a escribir cosas bajo presión etc es puro mobbing, es de cajón, ante el cual hay que calmarse, recopilar pruebas (grabar, pedir cosas por escrito, mensajes....), acudir a la RLT si la empresa tiene, y en caso grave denunciar a inspección.

Y efectivamente, durante los dos primeros años de reducción de jornada por cuidado de hijo o durante el primer año de la reducción por cuidado de otros familiares se tendrán en cuenta las cotizaciones como hechas al 100%, a efectos de prestaciones por incapacidad permanente , fin y supervivencia, maternidad, paternidad y jubilación.
 
Gracias! Una cosita más.. ella trabaja un sábado al mes que se lo cambian por cualquier otro día de semana. Con este ajuste podría limitarse a trabajar de lunes a viernes? Ya que no tendría guarderia los sábados

Gente que sabe algo de esto me ha comentado por encima que podría valorar pedir excedencia fraccionada, es decir, los sábados sueltos, por ejemplo: podría ser con una única solicitud pues solo hay un único hecho causante y un marco legal concreto, y un calendario de previsión. Y, considerando que puede acumular hasta 3 años de excedencia usada (1095 días) hasta que el nene o nena cumpla los 18, tal vez le resulte interesante consultar con un graduado social esto.
 

Pues igual no. Me han dicho por otro lado que sería hasta los 3 años de edad, por reciente jurisprudencia del Supremo. La cosa sería consultarlo con alguien que sepa.
 
Hilo impagable de los que hicieron grande burbuja.

Super nuevo. Trabajadora de limpieza con contrato de 21h de lunes a sábado y los domingos que abren, que van a ser todos, dos horas.
Entiendo que tiene que librar 4 días cada 28, pero en días de 3.5h ¿la descontarán la 1.5h?

El mes que viene ya no irá los domingos y de lunes a sábado solo 1.5h.

¿Como cuenta un trabajo de tan pocas horas a efecto de cálculo de dias para cobrar en un futuro el paro?
 
Hay que mirar el convenio para ver cómo se regula la jornada y descansos.

Hace algunos años que cambió el método de cálculo de desempleo para tiempo parcial, tras una sentencia europea que calificaba el sistema anterior como discriminatorio.
 
Llevo trabajando en un cliente mediante una subcontrata. Ahora el cliente va a rescindir el contrato con la subcontrata y me va a contratar a mi directamente como freelance.

Mi contrato con la subcontrata es el siguiente, del contrato literalmente;

Tipo: Obra y servicio determinado

La duración del presente contrato se extenderá de la fecha "tal" hasta "final obra y servicio determinado"

"El contrato de duración determinada se celebrará para: La realización de obra y servicio, para blablabla en el cliente blabla, teniendo dicha obra autonomía y sustantividad propia dentro de la actividad de la empresa"

"Al finalizar el contrato el trabajador tendrá derecho a recibir una indemnización de 8 dias blablabla..."

¿Tendré derecho a paro para poder capitalizar mi nuevo trabajo en modo autónomo? ¿Qué opciones debo tener en cuenta en todo este proceso para no dejar cabo sueltos? Los plazos y el proceso, cuando hago qué y en qué orden, etc .

Muchas gracias por sus opiniones para alguien que está perdido en este asunto.

Como dato añadido levo trabajando más de 20 años por cuenta ajena
 
¿Cuanto llevas con ese contrato? Porque lo de 8 días/año era para contratos firmados antes de 2012 y luego fue subiendo paulatinamente.

Lo que ha de pasar ahora es que te den por finalizado el contrato y te indemnicen por fin del mismo, o te hagan ofrezcan ser fijo en la empresa, o bien el convenio fuerce la subrogación pero este caso parece que no se da porque la contrata no va a cambiar de subcontrata.

Para cobrar el paro se requiere que tu empresa te dé de baja por fin-contrato, te finiquite y envíe el certificado de empresa al SEPE con ese código de baja.

Para capitalizar el paro te informarán en la oficina de empleo mejor, pero aquí tienes algo de info.


Infórmate bien, digo:

Capitalizar el paro: Desarrollar una actividad como personas trabajadoras autónomas. No se incluirán en este caso quienes se den de alta como trabajadores/as autónomos/as económicamente dependientes, firmando un contrato con una empresa con la que hubieran mantenido una relación contractual inmediatamente anterior a la situación legal de desempleo o que pertenezca al mismo grupo empresarial de aquella.

 
¿Cuanto llevas con ese contrato? Porque lo de 8 días/año era para contratos firmados antes de 2012 y luego fue subiendo paulatinamente.

Lo que ha de pasar ahora es que te den por finalizado el contrato y te indemnicen por fin del mismo, o te hagan ofrezcan ser fijo en la empresa, o bien el convenio fuerce la subrogación pero este caso parece que no se da porque la contrata no va a cambiar de subcontrata.

Para cobrar el paro se requiere que tu empresa te dé de baja por fin-contrato, te finiquite y envíe el certificado de empresa al SEPE con ese código de baja.

Para capitalizar el paro te informarán en la oficina de empleo mejor, pero aquí tienes algo de info.


Infórmate bien, digo:

Capitalizar el paro: Desarrollar una actividad como personas trabajadoras autónomas. No se incluirán en este caso quienes se den de alta como trabajadores/as autónomos/as económicamente dependientes, firmando un contrato con una empresa con la que hubieran mantenido una relación contractual inmediatamente anterior a la situación legal de desempleo o que pertenezca al mismo grupo empresarial de aquella.


Hola, gracias por responder, desde febrero del 2010. La contrata y la subcontrata no son del mismo grupo empresarial...y yo con la contrata no tengo ninguna relación contractual.
 
Última edición:
Hola, gracias por responder, desde febrero del 2010. La contrata y la subcontrata no son del mismo grupo empresarial...y yo con la contrata no tengo ninguna relación contractual.

8 días por año. Que te liquiden todo lo que corresponda y consulta al SEPE sobre capitalización de paro si hay inversión, o en ayudas al pago de autónomos.

No estoy diciendo eso, digo que en determinados convenios (limpieza, seguridad....) está regulado que cuando sale una empresa y entra otra, la nueva se ha de subrogar con los trabajadores que estaban en la contrata. Los trabajadores tienen relación laboral con su empresa, no con el cliente.
 
8 días por año. Que te liquiden todo lo que corresponda y consulta al SEPE sobre capitalización de paro si hay inversión, o en ayudas al pago de autónomos.

No estoy diciendo eso, digo que en determinados convenios (limpieza, seguridad....) está regulado que cuando sale una empresa y entra otra, la nueva se ha de subrogar con los trabajadores que estaban en la contrata. Los trabajadores tienen relación laboral con su empresa, no con el cliente.

Gracias
 
Buenas, y gracias por el hilo. ¿Cómo se fuerza un despido improcedente en hostelería? Que no sea disciplinario, vaya. Gracias.
 
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