Consultorio de derecho laboral.

¿Hay límite de horas al año?, tengo entendido que si pero luego hay muchos sectores que meten muchísimas horas a la semana y no se las recompensan con tiempo de descanso (pagando todas las horas y quedando reflejado en las nóminas).
 
¿Hay límite de horas al año?, tengo entendido que si pero luego hay muchos sectores que meten muchísimas horas a la semana y no se las recompensan con tiempo de descanso (pagando todas las horas y quedando reflejado en las nóminas).
Te refieres a extras?

El estatuto marca el límite en 80 anuales.

En mi empresa hay gente que hace 80 horas extras mensuales...

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Te refieres a extras?

El estatuto marca el límite en 80 anuales.

En mi empresa hay gente que hace 80 horas extras mensuales...

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Totales y extra, ¿ cuando se pasa esas 80 que pasaria se se denuncia y el trabajador ha firmado consentimiento?
 
No es necesario acudir a abogado para recibir un fin de contrato, pero si hay dudas en las cantidades basta con firmar y poner "no conforme" en el finiquito porque se puede reclamar después: por despido en plazo de 20 días hábiles; por reclamación de cantidades adeudadas en los siguientes 12 meses.

Una finalización de contrato temporal o un despido son causas legales de desempleo que dan derecho a prestación. Creo que me expreso bien cuando digo "concedida..." porque es la prestación lo que se capitaliza, y es paso previo.

Hasta aquí llegaron mis conocimientos.


Muchas gracias ...otra posibilidad ...si por diferentes causas que no vienen al caso, al final ME VOY YO para ponerme de autónomo...que pasa con paro? Se guardan 6 años? Antes de esos 6 años tendría que contratarme otra empresa dejando de ser autonomo?
No quiero perder esos 24mil euros de los más de 20 cotizados por cuenta ajena ...

Gracias de nuevo
 
Muchas gracias ...otra posibilidad ...si por diferentes causas que no vienen al caso, al final ME VOY YO para ponerme de autónomo...que pasa con paro? Se guardan 6 años? Antes de esos 6 años tendría que contratarme otra empresa dejando de ser autonomo?
No quiero perder esos 24mil euros de los más de 20 cotizados por cuenta ajena ...

Gracias de nuevo

La baja voluntaria sin más no da derecho a cobrar paro. En tal caso tendría que haber una causa justa de rescisión laboral por parte del trabajador:
  • Una modificación sustancial (horario, jornada, trabajo a turnos, etc) sin seguir el procedimiento y que menoscabe su dignidad.
  • Retrasos continuados en el pago del salario, o no pagarlo.
  • Traslado del centro de trabajo.
 
Última edición:
La baja voluntaria sin más no da derecho a cobrar paro. En tal caso tendría que haber una causa justa de rescisión laboral por parte del trabajador:
  • Una modificación sustancial (horario, jornada, trabajo a turnos, etc) sin seguir el procedimiento y que menoscabe su dignidad.
  • Retrasos continuados en el pago del salario, o no pagarlo.
  • Traslado del centro de trabajo.

Gracias por la respuesta, igual no me has entendido bien. Lo que me comenta ya lo sé.

Lo que pregunto es si esos 24mil euros que he generado los pierdo definitivamente o no.

Gracias
 
Gracias por la respuesta, igual no me has entendido bien. Lo que me comenta ya lo sé.

Lo que pregunto es si esos 24mil euros que he generado los pierdo definitivamente o no.

Gracias

No es un fondo de tu propiedad que esté ahí fijo para siempre.

Si el día de mañana vuelves a trabajar y después pasas a tener paro, te miran las cotizaciones de los últimos 6 años desde la nueva fecha de desempleo. Osea, si por ejemplo ahora estás fuera 6 meses por una baja voluntaria y luego vuelves a trabajar en otra empresa, y después generas una prestación, entonces tendrías un agujero de 6 meses en la cotización, 5,5 años cotizados de los últimos 6: unos 22 meses de paro más o menos... y así sucesivamente.

Días de cotizaciónDías de prestación
de 360 a 539120
de 540 a 719180
de 720 a 899240
de 900 a 1079300
de 1080 a 1259360
de 1260 a 1439420
de 1440 a 1619480
de 1620 a 1799540
de 1800 a 1979600
de 1980 a 2159660
desde 2160720
 
No es un fondo de tu propiedad que esté ahí fijo para siempre.

Si el día de mañana vuelves a trabajar y después pasas a tener paro, te miran las cotizaciones de los últimos 6 años desde la nueva fecha de desempleo. Osea, si por ejemplo ahora estás fuera 6 meses por una baja voluntaria y luego vuelves a trabajar en otra empresa, y después generas una prestación, entonces tendrías un agujero de 6 meses en la cotización, 5,5 años cotizados de los últimos 6: unos 22 meses de paro más o menos... y así sucesivamente.

Días de cotizaciónDías de prestación
de 360 a 539120
de 540 a 719180
de 720 a 899240
de 900 a 1079300
de 1080 a 1259360
de 1260 a 1439420
de 1440 a 1619480
de 1620 a 1799540
de 1800 a 1979600
de 1980 a 2159660
desde 2160720

Gracias por tu tiempo.

Es decir...que desde el momento que me ponga de autónomo se me empieza a descontar el tiempo de paro.

Y otra cosa aprovechando su amabilidad.

Existe alguna figura contractual por cuenta ajena equivalente a ún freelance?

Es decir, para que pueda seguir manteniendo el paro pero que por parte de la empresa me pueda echar sin ningún tipo de contraprestación....
 
Lo suyo es acceder a la prestación y luego de autónomo ya hay determinadas opciones que da el Sepe. Está en su página:

 
8 días por año. Que te liquiden todo lo que corresponda y consulta al SEPE sobre capitalización de paro si hay inversión, o en ayudas al pago de autónomos.

No estoy diciendo eso, digo que en determinados convenios (limpieza, seguridad....) está regulado que cuando sale una empresa y entra otra, la nueva se ha de subrogar con los trabajadores que estaban en la contrata. Los trabajadores tienen relación laboral con su empresa, no con el cliente.

Las indemnizaciones por fin de contrato son de 12 días por año, lleva ya años siendo así.
 
Mejor repasa mensajes anteriores y verás que tiene un contrato de cuando eran 8.

Eso creo que no va así. Puedes tener un contrato temporal de hace años (y ya tienen que ser años porque los 12 días lleva unos cuantos ya instaurado) pero la indemnización ha ido aumentando de forma progresiva, hasta los 12 actuales, así que si el contrato finaliza este año, la indemnización son 12 días por año, da igual cuando empezara el contrato. Lo importante es cuando termina. Y si no es así a mi hijo le pagaron de más, no está mal roto2
 
Eso creo que no va así. Puedes tener un contrato temporal de hace años (y ya tienen que ser años porque los 12 días lleva unos cuantos ya instaurado) pero la indemnización ha ido aumentando de forma progresiva, hasta los 12 actuales, así que si el contrato finaliza este año, la indemnización son 12 días por año, da igual cuando empezara el contrato. Lo importante es cuando termina. Y si no es así a mi hijo le pagaron de más, no está mal roto2

Pues no. Por simple seguridad jurídica.

- Fecha de celebración del contrato. Hasta 31/12/2011: 8 días de salario por año de servicio.
- Fecha de celebración del contrato. Entre el 01/01/2012 y el 31/12/2012: 9 días de salario por año de servicio.
- Fecha de celebración del contrato. Entre el 01/01/2013 y el 31/12/2013: 10 días de salario por año de servicio.
- Fecha de celebración del contrato. Entre el 01/01/2014 y el 31/12/2014: 11 días de salario por año de servicio.
- A partir del 01/01/2015: 12 días de salario por año de servicio.
 
Yo tengo una duda.

Soy autónomo y estoy de baja médica por mi discapacidad, que es de más del 65%. He cumplido el año de bajas acumuladas durante toda mi vida y me va a evaluar un tribunal médico.

Tengo muchos informes médicos. Mi problema es que no puedo trabajar meses de manera continuada y necesito periodos de baja.

No es que no pueda trabajar, ni necesite ni baja ni alta 6 meses. Pero parece que en ese tribunal lo único que me van a valorar es si me renuevan la baja 6 meses más o me dan el alta y durante 6 meses no podré pedir la baja a mi doctora de cabecera. ¿Qué sucede en casos como el mío? ¿qué se recomienda? ¿cuánto suelen tardar en llamar?
 
Se puede pedir Excedencia para irte a una empresa de la competencia¿? Y si es así lo ha de hacer un abogado o uno puede hacer una escritura y mandárselo?

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