ElCalvo
La cruda y calva realidad
Depende de donde se hayan establecido esos bonus: en convenio, en contrato, en pacto expreso o por normativa interna de la empresa.Te consulto.
Imagina que tienes una cartera de clientes y unos bonus relacionados con esos clientes y te intentan cambiar ambas cosas, es o no una modificación sustancial del 41.5?
Cuál es el grado de cambio que haría falta para considerarse una modificación substancial?
El cambiar dos cosas refuerza que sea una modificación? Una es potestad de la empresa y dos abusar?
Un sistema de retribución variable cuando se puede considerar que está consolidado?
También dependerá de cuanto tiempo lleve el sistema de retribución para que se pueda considerar o no derecho adquirido.
Es un tema complicado y dependerá finalmente del impacto en la retribución para que se considere significativo.
En cualquier caso, la jurisprudencia que he visto no es optimista...