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Pues al menos la han declarado culpable en juicio con jurado popular lo cual ya me parece todo un logro
en este país en el que la justicia es muchas veces un chiste.
Con siete votos a favor y dos en contra, el jurado popular que ha juzgado en València a una médica del Punto de Atención Sanitaria (PAS) de Juan Llorens ha dictaminado que es culpable de un delito de omisión del deber de socorro por negarse a atender a un paciente que finalmente murió. Ese día, la acusada estaba de guardia de exterior en el citado centro de salud, en el servicio de urgencias, y fue requerida por uno de los hijos de la víctima, que residía enfrente, a apenas 50 metros del ambulatorio, pidiéndole ayuda porque su padre estaba en su domicilio, en parada cardiorrespiratoria y convulsionando. Pero la facultativa se negó a cruzar la calle alegando instrucciones de Sanidad. El otro hijo, mientras, llamó desde la casa de su padre, que tenía 65 años, al 112 y permaneció a su lado hasta que finalmente falleció. Pese a todo, la acusada, de 36 años, respondió durante el juicio, a preguntas del fiscal, que "lo volvería a hacer".
El veredicto fue conocido pasadas las 19.30 horas de este lunes, cuando se realizó la lectura pública en la sala del jurado de la Ciudad de la Justicia de València. Los nueve miembros del jurado votaron unánimente en contra de la acusada en todas las cuestiones, salvo en la fundamental, que les pedía dirimir si la médica, de 36 años, era culpable de no haber asistido a Emilio Nuñez pudiendo haberlo hecho. Siete jurados contestaron que sí era culpable y dos que no, al apoyar la tesis de la defensa, que argumentaba que su defendida había actuado conforme a las reglas de funcionamiento de las emergencias médicas.
El fiscal ha solicitado para la acusada, enjuiciada a lo largo de la semana pasada, una condena de inhabilitación especial de un año y medio, tiempo durante el cual no podría ejercer la medicina, una multa de 4.050 euros -a razón de 15 euros diarios durante nueve meses- y una indemnización de 90.000 euros: 30.000 para la viuda de Emilio y 20.000 para cada uno de sus tres hijos.
La médico solo le preguntó si había avisado al 112 y siguió descansando al obtener una respuesta afirmativa. Así reconoce que no hizo ninguna gestión más para comprobar cómo se encontraba el servicio urgente, la situación del paciente o si ya estaban en camino los servicios médicos de urgencia enviados desde el CICU. Y en la sala de vistas, a preguntas del fiscal, se empecinó en que había actuado correctamente y que volvería a actuar de igual forma.
La acusada argumentó que solo hubiera salido a atenderlo si hubiera estado en la misma puerta. “¿Por qué iba a atender a un paciente que está a 50 metros y no a uno que estuviera a 500?”, sostuvo.
El fiscal ha remarcado que la acusada tenía la obligación legal de un médico de guardia de asistir a un paciente, y la posibilidad de ello, ya que no tuvo ningún servicio esa madrugada, según consta acreditado. De hecho, estaba durmiendo cuando la enfermera le avisó de la situación de esta persona que se estaba muriendo. “Solo tenía que cruzar una calle y se desentendió totalmente del paciente”.
Asimismo, respecto al hecho en el que se ampara la defensa, que la fin de esta persona, que había sido operado del corazón diez días antes, se habría producido igualmente aunque la médico hubiera acudido al servicio, la Fiscalía mantiene que si bien no podía haberle salvado sí que podía haberle auxiliado y acompañado como era su obligación como médico en esos últimos momentos de su vida.
en este país en el que la justicia es muchas veces un chiste.
Culpable la médica juzgada en València por negarse a atender a un paciente que murió
La facultativa, de 36 años, se expone a un año y medio de inhabilitación, una multa de 4.050 euros y una indemnización global de 90.000 euros
www.levante-emv.com
Con siete votos a favor y dos en contra, el jurado popular que ha juzgado en València a una médica del Punto de Atención Sanitaria (PAS) de Juan Llorens ha dictaminado que es culpable de un delito de omisión del deber de socorro por negarse a atender a un paciente que finalmente murió. Ese día, la acusada estaba de guardia de exterior en el citado centro de salud, en el servicio de urgencias, y fue requerida por uno de los hijos de la víctima, que residía enfrente, a apenas 50 metros del ambulatorio, pidiéndole ayuda porque su padre estaba en su domicilio, en parada cardiorrespiratoria y convulsionando. Pero la facultativa se negó a cruzar la calle alegando instrucciones de Sanidad. El otro hijo, mientras, llamó desde la casa de su padre, que tenía 65 años, al 112 y permaneció a su lado hasta que finalmente falleció. Pese a todo, la acusada, de 36 años, respondió durante el juicio, a preguntas del fiscal, que "lo volvería a hacer".
El veredicto fue conocido pasadas las 19.30 horas de este lunes, cuando se realizó la lectura pública en la sala del jurado de la Ciudad de la Justicia de València. Los nueve miembros del jurado votaron unánimente en contra de la acusada en todas las cuestiones, salvo en la fundamental, que les pedía dirimir si la médica, de 36 años, era culpable de no haber asistido a Emilio Nuñez pudiendo haberlo hecho. Siete jurados contestaron que sí era culpable y dos que no, al apoyar la tesis de la defensa, que argumentaba que su defendida había actuado conforme a las reglas de funcionamiento de las emergencias médicas.
El fiscal ha solicitado para la acusada, enjuiciada a lo largo de la semana pasada, una condena de inhabilitación especial de un año y medio, tiempo durante el cual no podría ejercer la medicina, una multa de 4.050 euros -a razón de 15 euros diarios durante nueve meses- y una indemnización de 90.000 euros: 30.000 para la viuda de Emilio y 20.000 para cada uno de sus tres hijos.
Solo habría salido si hubiera estado en la puerta
Durante la vista oral, tal como informó Levante-EMV, la médica alegó que no podía abandonar su puesto de trabajo y que se limitó a seguir las normas establecidas. “Me quedé a la espera de que se me avisara por el TETRA (la emisora que les conecta con el Centro de Información y Coordinación de Emergencias (CICU) de Sanidad) si me requerían”, insistió una y otra vez la facultativa, que se encontraba durmiendo cuando fue requerida por la enfermera, quien le dijo que había una persona en la puerta alertando de que su padre se estaba muriendo.La médico solo le preguntó si había avisado al 112 y siguió descansando al obtener una respuesta afirmativa. Así reconoce que no hizo ninguna gestión más para comprobar cómo se encontraba el servicio urgente, la situación del paciente o si ya estaban en camino los servicios médicos de urgencia enviados desde el CICU. Y en la sala de vistas, a preguntas del fiscal, se empecinó en que había actuado correctamente y que volvería a actuar de igual forma.
La acusada argumentó que solo hubiera salido a atenderlo si hubiera estado en la misma puerta. “¿Por qué iba a atender a un paciente que está a 50 metros y no a uno que estuviera a 500?”, sostuvo.
La facultativa estaba durmiendo en la zona de descanso y no tuvo ningún aviso esa madrugada
"Se desentendió totalmente del paciente"
Los hechos ocurrieron en la madrugada del 22 de septiembre de 2019 cuando la acusada se encontraba de servicio en el centro sanitario de Juan Llorens, como médico de asistencia exterior. La médico estaba durmiendo a la espera de recibir los avisos del CICU. Su defensa sostiene que la acusada se mantuvo a la espera de recibir el aviso del CICU y que actuó bajo la creencia de que la asistencia a esta persona ya se estaba prestando y que no podía abandonar su puesto de trabajo.El fiscal ha remarcado que la acusada tenía la obligación legal de un médico de guardia de asistir a un paciente, y la posibilidad de ello, ya que no tuvo ningún servicio esa madrugada, según consta acreditado. De hecho, estaba durmiendo cuando la enfermera le avisó de la situación de esta persona que se estaba muriendo. “Solo tenía que cruzar una calle y se desentendió totalmente del paciente”.
Asimismo, respecto al hecho en el que se ampara la defensa, que la fin de esta persona, que había sido operado del corazón diez días antes, se habría producido igualmente aunque la médico hubiera acudido al servicio, la Fiscalía mantiene que si bien no podía haberle salvado sí que podía haberle auxiliado y acompañado como era su obligación como médico en esos últimos momentos de su vida.