Era cuestion de tiempo pero para los de Vizcaya, ya se ha homologado el asunto al resto de España; noticia de hoy.
Los vizcanos, abligados a declarar sus bienes en el extranjero si superan los 50.000 euros. El Correo
Los vizcaínos, obligados a declarar sus bienes en el extranjero si superan los 50.000 euros
Esta medida figuraba en el plan para la intensificación de la lucha contra el embeleco y la elusión fiscal que se aprobó en Bizkaia a comienzos del año
25.06.13 - 12:46 - VASCO PRESS | BILBAO
La Diputación Foral de Bizkaia ha aprobado en la reunión del Consejo de Gobierno modificar el reglamento que regula las obligaciones tributarias para incluir la obligación de informar sobre bienes y derechos situados en el extranjero. Según han informado fuentes forales, con esta modificación será preciso declarar, entre otras, la titularidad de cuentas en entidades financieras en el extranjero cuyos saldos, a 31 de diciembre, superen los 50.000 euros.
Asimismo, habrá que informar a la hacienda foral sobre la titularidad de valores, derechos, seguros y rentas depositados, gestionados u obtenidos en el extranjero, cuyos saldos, a 31 de diciembre, valor liquidativo, valor de rescate y valor de capitalización, en su caso, superen conjuntamente el importe de 50.000 euros.
Del mismo modo, habrá que declarar la titularidad de bienes inmuebles y derechos sobre bienes inmuebles situados en el extranjero cuyo valor de adquisición supere el importe de 50.000 euros, así como la titularidad sobre bienes muebles y derechos sobre bienes muebles situados en el extranjero o que estén matriculados o consten en registros de países extranjeros, cuando su valor unitario supere los 50.000 euros.
La obligación de declaración está limitada a los bienes y derechos que superen los importes señalados y será exigible por primera vez en el ejercicio 2014 respecto de los bienes cuya titularidad se ostente a 31 de diciembre de 2013.