Zod de Kandor
Himbersor
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Otra desinformación, los coches B pueden circular por Madrid en las mismas condiciones que los C y no hay ningún cambio de normativa previsto.
En lo que respecta a Madrid (y que con toda seguridad se terminará implantando en todas las ciudades):
¿Cuáles son las excepciones de los coches con etiqueta B?
Como decimos, cada ayuntamiento puede establecer sus propias restricciones, sin salirse del marco legislativo. En Madrid hay excepciones a las restricciones a vehículos con etiquetas B. Si tienes uno, podrás circular por la ZBE de Distrito Centro si:
- Estacionas en un aparcamiento público o privado. Muchos parkings cuentan con un sistema de cámaras que notifica al ayuntamiento de forma automática, lo que evita una multa al usuario.
- Estás empadronado en el Distrito Centro y el vehículo figura como domiciliado en la ciudad de Madrid en el Registro de Vehículos de la DGT. Además, debe constar de alta en el padrón del Impuesto sobre el Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) del Ayuntamiento de Madrid.
- Te diriges a un taller de reparación de vehículos localizado en el Distrito Centro.
- Tienes una autorización del colectivo cualificado de Titulares de Vehículos Comerciales e Industriales para el Área del Servicio de Estacionamiento Regulado (SER).
- Eres propietario de una empresa o autónomo que ejerce su actividad en un local u oficina del Distrito Centro.
- Eres trabajador de algún establecimiento del Distrito Centro en horario nocturno (de 00 a 6 h).
- Te dedicas al transporte de titulares de una tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida.
- Tienes plaza de garaje particular en la zona acotada, o eres cesionario o arrendatario de una plaza de aparcamiento municipal para residentes del Distrito Centro.
- Tienes un VTC en el que puede entrar, viajar y salir una persona con silla de ruedas. El vehículo debe constar como asignado a esta finalidad antes del 24 de octubre de 2018.
- Tienes un vehículo autorizado por el ayuntamiento para realizar ocupaciones y actos en la vía pública.
- Eres abogado del Servicio de Guardia del Turno de Oficio y utilizas el vehículo.
- Usas el vehículo para dejar y recoger alumnado de Educación Infantil, Primaria o Secundaria en las áreas acotadas, y que tienen necesidades que exigen el uso de vehículos.
Las Zonas de Bajas Emisiones se deben revisar a los tres años de implantación, según la legislación vigente, así como ser sometidas a evaluaciones cada cuatro años. Cabe esperar, por lo tanto, que las medidas sean aún más restrictivas para vehículos con el distintivo amarillo. De hecho, en ciudades como Madrid ya se contempla esta ampliación de restricciones, en el marco de una ordenanza que se encuentra en desarrollo por fases.
El que desinformas eres tú.