Si me puede pasar la normativa EU de los 954 uW/m2 se lo agradecería. Me choca mucho tanta disparidad.
Lo q ha leído en el BOE es lo q rige en las mediciones q se realizan de control o previas a la instalacion de una torre.
No es Normativa Europea, siento el error, sino una Resolución: No lo da en µW/m², sino en V/m. Onda plana equivalente, 0,6 V/m. Mira más abajo que paso el enlace.
Sin embargo, el Informe SATI de la Federación de Municipios, “Límites de exposición a campos electromagnéticos de radiofrecuencia” de marzo 2012, concluye para España:
1. La opinión mantenida por todos los organismos y expertos de reconocido prestigio
implicados en el establecimiento de límites a las emisiones electromagnéticas durante
los últimos años, no aconseja modificar los límites
sin base científica que lo avale y solo
con el objetivo de “dar satisfacción” a una “demanda social”.
2. Tanto el RD 1066/2001 como la Orden CTE/23/2002 establecen los mecanismos de
control que aseguran el cumplimiento de estos niveles y restricciones, detallando
pormenorizadamente el protocolo de mediciones y exigiendo un estudio detallado de
los niveles de exposición antes de autorizar cada emplazamiento; estudio que debe
contemplar la aportación de todas las fuentes de emisiones de radiofrecuencias en la
zona: otras antenas de telefonía, radios, televisiones... etc. Los técnicos competentes en
la materia, son los facultativos competentes en la certificación de los niveles de
exposición radioeléctrica.
3. Como recogen los informes anuales del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, las
mediciones efectuadas en nuestro país a lo largo de los años, demuestran que los
valores medios de las Estaciones Base desplegadas en nuestro territorio están en torno
a 0 ́002 W/m2, cifras que se encuentran cientos e incluso miles de veces por debajo de
los límites establecidos.
4. La respuesta a la alarma social debe apoyarse en el control y legalización de las
estaciones bases y en comunicar eficazmente que los límites establecidos son seguros,
y que así lo corroboran las autoridades científicas en la materia.
5. La bajada de valores límites de exposición no es en si misma garantía de reducción de la
controversia social o mediática como se ha demostrado en ciudades o países que han
seguido esa vía (Paris, Italia...) tal y como ha establecido el informe de la Afsset (octubre
de 2009). En nuestro país, en las Comunidades Autónomas con disposiciones diferentes
(más restrictivas) que el RD 1066/2001 la oposición social a las antenas no es menor que
en las demás.
Les importa un cigoto que nos friamos.