Te equivocas.
El parlamento no puede autorizar a otros poderes del Estado a conceder indultos, solamente los puede regular por ley, pero la prerrogativa para ejercer la Gracia del Indulto corresponde al Rey. Y el parlamento no puede aprobar una ley que conceda un indulto GENERAL o autorizar al rey a conceder un indulto General.
Lo unico que podría hacer el parlamento, rozando la inconstitucionalidad, es hacer una ley autorizando al Rey, a propuesta del Gobierno, a conceder una amnistia, si la quiere conceder claro, porque el parlamento no puede obligar al rey a conceder ni un indulto ni una amnistía, dado que es su prerrogativa en exclusiva.
El parlamento no puede autorizar a otros poderes del Estado a conceder indultos, solamente los puede regular por ley, pero la prerrogativa para ejercer la Gracia del Indulto corresponde al Rey. Y el parlamento no puede aprobar una ley que conceda un indulto GENERAL o autorizar al rey a conceder un indulto General.
Lo unico que podría hacer el parlamento, rozando la inconstitucionalidad, es hacer una ley autorizando al Rey, a propuesta del Gobierno, a conceder una amnistia, si la quiere conceder claro, porque el parlamento no puede obligar al rey a conceder ni un indulto ni una amnistía, dado que es su prerrogativa en exclusiva.