jolu
Será en Octubre
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La cuestión es sencilla.
Imaginemos a un padre propietario de un inmueble (ya pagado) o con 500 mil euros en C.C, o las dos cosas.
Este padre tiene una única hija que hasta donde conozco sería su heredera "forzosa" al menos en la legítima.
Pero este padre, por el motivo que fuere, no quiere dejar nada a su hija.
¿Puede este padre donar (iba a escribir en vida, pero es que sólo se dona en vida) a una tercera persona (por ejemplo una hermana, o una prima) su casa (quedándose el usufructo), y que en el futuro su hija no pueda reclamar la casa como parte del caudal hereditario?
He oído que si se hace ante notario y declarando que los bienes donados no son COLACIONABLES (desconocía este término), no hay posibilidad de que el heredero (en este caso la hija) pueda reclamar la casa...
Mi duda es si esto es así, si funciona igual en todas las taifas o si hay otra manera de eludir dejar herencia a una hija.
Antes de abrir el tema, me he estado leyendo cosas y antes de hacer nada, entiendo que lo ideal es acudir a un profesional que te asesore.
A veces, en este foro, te vas informando poquito a poco de cosas, y así vas un poco mas enterado cuando te dirijas al profesional. (claro que hay que saber filtrar y separar las fantasmadas de los datos comprobables).
No es un tema personal mío, no tengo una sola hija y no dejaría a mis 6 hijos sin herencia. (Por si alguien me pide mas información)
Imaginemos a un padre propietario de un inmueble (ya pagado) o con 500 mil euros en C.C, o las dos cosas.
Este padre tiene una única hija que hasta donde conozco sería su heredera "forzosa" al menos en la legítima.
Pero este padre, por el motivo que fuere, no quiere dejar nada a su hija.
¿Puede este padre donar (iba a escribir en vida, pero es que sólo se dona en vida) a una tercera persona (por ejemplo una hermana, o una prima) su casa (quedándose el usufructo), y que en el futuro su hija no pueda reclamar la casa como parte del caudal hereditario?
He oído que si se hace ante notario y declarando que los bienes donados no son COLACIONABLES (desconocía este término), no hay posibilidad de que el heredero (en este caso la hija) pueda reclamar la casa...
Mi duda es si esto es así, si funciona igual en todas las taifas o si hay otra manera de eludir dejar herencia a una hija.
Antes de abrir el tema, me he estado leyendo cosas y antes de hacer nada, entiendo que lo ideal es acudir a un profesional que te asesore.
A veces, en este foro, te vas informando poquito a poco de cosas, y así vas un poco mas enterado cuando te dirijas al profesional. (claro que hay que saber filtrar y separar las fantasmadas de los datos comprobables).
No es un tema personal mío, no tengo una sola hija y no dejaría a mis 6 hijos sin herencia. (Por si alguien me pide mas información)