Buenos días,
Empieza la época estival y con ello los horarios reducidos, a veces.
Datos:
Empresaurio de manual, convenio de oficinas y despachos de madrid.
Horario normal de 9 a 18:30 de lunes a jueves y viernes de 9 a 15. Total 40h semanales.
Según convenio, al año se trabajarán 1765 horas, no pudiendo sobrepasar las 42 horas/semana. La jornada reducida será de 13 semanas del orden de 35 horas/semana.
El empresaurio se niega a conceder jornada intensiva, únicamente la implanta en agosto porque "tiene ese detalle", que además, es cuando la plantilla se coge el grueso de sus vacaciones (2 o 3 semanas), por lo que la reducción se disfruta una semana solo.
Dudas:
1. Qué se puede hacer?
2. De no hacer nada aposta y acumular las horas de más trabajadas, serían exigibles? Computarán en su exigencia como horas extraordinarias?
3. Cómo puedo saber las horas que le estamos regalando? He hecho varios cálculos y los números oscilan, aunque en cualquier caso son alrededor de 200 horas gratis!!
El habojado dice que se compensan esas horas de más con las vacaciones y, en el hecho de que trabajamos 40h/semanales, en lugar de las 42 que (como maximo) establece el convenio.
Muchísimas gracias.
Bueno, te voy a contar:
Lo primero es que esto es una duda de convenio y yo no respondo dudas de convenio porque bastante tengo con el mío, y como cada convenio es un mundo, podría dar lugar a problemas de interpretación.
Todo sea que yo he trabajado bajo el suplicio de oficinas y despachos y algo, aunque sea poco se, te voy a contar.
Lo primero de todo y lo que has de tener más claro es que el límite del convenio de 1765 horas anuales es sagrado. Podremos discutir la distribución horaria o la jornada pero no eso. Es más podría haber un exceso de horas complementarias. Ten en cuenta que para las horas complementarias el Estatuto de los Trabajadores en su artículo 34.2 dice:
“La compensación de las diferencias, por exceso o por defecto, entre la jornada realizada y la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo legal o pactada será exigible según lo acordado en convenio colectivo o, a falta de previsión al respecto, por acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores. En defecto de pacto, las diferencias derivadas de la distribución irregular de la jornada deberán quedar compensadas en el plazo de doce meses desde que se produzcan.” Lo que quiere decir que si haces más horas un año, el año siguiente tienen que devolvértelas. Lo cual implica que no se puede exceder la jornada máxima anual del convenio.
Además las horas extra no son compensables, han de pagarse.
Lo segundo que has de tener claro es la jornada y los días trabajados.
Hablo de memoria pero una persona de 5 días a la semana creo que trabaja 224 días al año. ¿Cuál es el problema para calcular tu jornada? Que los viernes trabajas menos, y hay festivos que caen en viernes, otros que caen en sábado y probablemente no disfrutes… De ahí la importancia de llevar la cuenta de 1765 horas.
Ahora: el estatuto en el artículo 34.1 dice que “la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo será de cuarenta horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual.” O como dice el Tribunal Supremo en la ST 3870/2016 1826 horas y 27 minutos.
Como es obvio si trabajaseis 40 horas semanales haríais 1826 h y como puedes comprobar el convenio dice que tenéis que hacer 1765 horas, es decir 61 horas menos.
Tercero ¿Cuál es el objetivo del convenio de oficinas y despachos marcando una jornada en verano de 35 h y una jornada el resto del año de 42 h? Pues compensar las horas que vas a hacer de menos en verano trabajando un poquito más el resto del año.
¿Qué hay que hacer entonces? Pues hay varias opciones:
1º Si el convenio lo faculta, lo que tienes que hacer es pedir un calendario laboral a la empresa.
2º La opción para pobres, pero muy recomendable es hacerte un Excel e ir apuntando y sumando las horas que haces al año.
Una vez tengas esto vas a saber cuántas horas haces, si haces más o menos jornada anual de la que debieras. Con lo que: Si haces de menos: Comprueba que te pagan lo estipulado en tu contrato. Si haces de más se las reclamas a la empresa como horas extra.
Yo hice unos cálculos básicos por encima para un tiempo completo y si daba por ciertos lo cálculos de 1765 horas / 224 días trabajados me daba una media de 7.88h diarias que son 39.39h de media semanal.
La dificultad viene dada por el hecho de que al ser una distribución irregular de la jornada en invierno tienes que hacer más horas para que en verano se hagan menos. Y si alguien disfruta de vacaciones en una u otra franja así tendrá que hacer más o menos horas en invierno o verano.
Una cosa está clara: Que si el convenio marca una jornada en verano de 35 horas. 35 Horas tenéis que hacer, le guste al palillero o no. Con lo que independientemente de las horas que hagáis el resto del año en verano tenéis que tener esa jordana. QUE NO SE COMPENSA DE NINGUNA MANERA, NI CON VACACIONES NI CON NADA.
Pero ojo: ¿Qué puede suponer que hagáis 35 horas en verano? Que en invierno tengáis que hacer algunas semanas más de 40 horas para que se ajuste el horario a 1765 horas.
Además, el que asesora al jefe, que sabrá mucho de lo que sepa pero que de laboral no tiene ni idea, confunde jornada máxima anual con tiempo máximo de trabajo permitido. He de decirte que si más o menos haces semanas de 42 horas, ese exceso de horas es el que permite que luego podáis tener semanas de 35 horas sin que se perjudique la jornada máxima anual. Tu empresaurio lo que hace es pasarse por los huevones el convenio y poner siempre jornada de 40 horas semanales. Y recuerda que si siempre haces 40 h semanales acabarías con 1826 horas; El empresario a lo mejor es consciente de eso y por eso en agosto os dice que unas semanas hagáis35 para no pasarse…
En fin. Como opciones tienes: 1º Presentar una demanda de conflicto colectivo (firmando la mayoría de los compañeros) o una demanda individual (si vas tu solo) para que se reconozcan vuestros derechos y que el juez le fuerce a respetar el convenio.
2º Presentar una inspección laboral y ver si el inspector logra que os respeten el convenio (no lo creo)
3º Pedir un calendario laboral y no parar hasta que os lo den (si tuvieseis derecho al mismo y con la ayuda de la inspección)
4º No hacer nada.
Y con respecto a las horas, una vez tengas claro cuantas horas has hecho de más reclamárselas como horas extra. Y recuerda que las horas extras son voluntarias, de ahí la imperiosa necesidad de tener un calendario de trabajo y sumar todas las horas, para decirle al jefe que ajuste la jornada y que las horas de más no las piensas hacer.
También optaría por afiliarse en masa a un sindicato y convocar elecciones a delegados de personal y ver que hace el palillero.
Bueno pues creo que eso es todo. Un saludo.