Consultorio de derecho laboral.

Agradecería que alguien con más información que yo pudiera alegrarme el día.

Os cuento mi caso.

Mi vida laboral refleja que a mis 53 años, he estado de alta en la Seguridad Social casi 27 años, de los cuales he cotizado al régimen general casi uno. El resto (casi 26) he sido un autónomo (primero en una cooperativa y luego en el comercio minorista).

Durante la esa época en el 2020 de la que yo le hablo del el bichito y dado que mi negocio estaba ubicado en un Hotel que ha permanecido cerrado más de año y medio he podido cobrar la ayuda de cese de actividad extraordinario aprobada por el Gobierno a través de mi Mutua FREMAP, por lo que la seguridad social considera que en ese período he estado pluriempleado, por lo que mi vida laboral se reduce de los 27 años a 25 años y algo más.

Este pasado mes de Julio he cerrado mi negocio, por un tema familiar. Mis padres, los dos mayores de 80 años y que viven en una ciudad distinta a la que yo resido, necesitan mi ayuda.

Mi padre es dependiente, tiene una demencia severa y una movilidad casi nula por lo que necesita que alguien esté pendiente de él las 24 horas del día, y lógicamente mi progenitora a sus años no se puede hacer cargo de él. Aunque contamos con ayuda externa, al menos por un tiempo, me voy a dedicar a su cuidado (al de ambos dos).

Pues bien, estoy intentando tramitar con mi mutua FREMAP el cobro del cese de actividad por el que he cotizado casi 10 años, pero como no he cerrado mi negocio por motivos ni económicos, ni por ejecución administrativa o judicial, ni por causa de fuerza mayor, ni por violencia de género, ni por divorcio, pues me dicen que no me corresponde la ayuda.

Intento entonces, tramitar en el SEPE el subsidio para mayores de 52 años pero me dicen que tampoco me corresponde porque tengo haber cotizado un mínimo de 6 años en el Régimen General.

De verdad que después de haber cotizado todos esos años, haber pagado mis impuestos, haber generado varios puestos de trabajo por los que también he cotizado, después de todo eso no tengo derecho a cobrar ningún subsidio??? Nada de nada, ningún mísero mes???

Alguien me lo puede confirmar????



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los del SEPE tienen razon,ser autonomo en españa es una cosa.
 
Agradecería que alguien con más información que yo pudiera alegrarme el día.

Os cuento mi caso.

Mi vida laboral refleja que a mis 53 años, he estado de alta en la Seguridad Social casi 27 años, de los cuales he cotizado al régimen general casi uno. El resto (casi 26) he sido un autónomo (primero en una cooperativa y luego en el comercio minorista).

Durante la esa época en el 2020 de la que yo le hablo del el bichito y dado que mi negocio estaba ubicado en un Hotel que ha permanecido cerrado más de año y medio he podido cobrar la ayuda de cese de actividad extraordinario aprobada por el Gobierno a través de mi Mutua FREMAP, por lo que la seguridad social considera que en ese período he estado pluriempleado, por lo que mi vida laboral se reduce de los 27 años a 25 años y algo más.

Este pasado mes de Julio he cerrado mi negocio, por un tema familiar. Mis padres, los dos mayores de 80 años y que viven en una ciudad distinta a la que yo resido, necesitan mi ayuda.

Mi padre es dependiente, tiene una demencia severa y una movilidad casi nula por lo que necesita que alguien esté pendiente de él las 24 horas del día, y lógicamente mi progenitora a sus años no se puede hacer cargo de él. Aunque contamos con ayuda externa, al menos por un tiempo, me voy a dedicar a su cuidado (al de ambos dos).

Pues bien, estoy intentando tramitar con mi mutua FREMAP el cobro del cese de actividad por el que he cotizado casi 10 años, pero como no he cerrado mi negocio por motivos ni económicos, ni por ejecución administrativa o judicial, ni por causa de fuerza mayor, ni por violencia de género, ni por divorcio, pues me dicen que no me corresponde la ayuda.

Intento entonces, tramitar en el SEPE el subsidio para mayores de 52 años pero me dicen que tampoco me corresponde porque tengo haber cotizado un mínimo de 6 años en el Régimen General.

De verdad que después de haber cotizado todos esos años, haber pagado mis impuestos, haber generado varios puestos de trabajo por los que también he cotizado, después de todo eso no tengo derecho a cobrar ningún subsidio??? Nada de nada, ningún mísero mes???

Alguien me lo puede confirmar????



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Es correcto lo que te han dicho.
Lo siento.
Tal vez deberías haberlo preguntado antes de cerrar a ver qué opciones se podían haber barajado. Ahora es imposible.
 
Agradecería que alguien con más información que yo pudiera alegrarme el día.

Os cuento mi caso.

Mi vida laboral refleja que a mis 53 años, he estado de alta en la Seguridad Social casi 27 años, de los cuales he cotizado al régimen general casi uno. El resto (casi 26) he sido un autónomo (primero en una cooperativa y luego en el comercio minorista).

Durante la esa época en el 2020 de la que yo le hablo del el bichito y dado que mi negocio estaba ubicado en un Hotel que ha permanecido cerrado más de año y medio he podido cobrar la ayuda de cese de actividad extraordinario aprobada por el Gobierno a través de mi Mutua FREMAP, por lo que la seguridad social considera que en ese período he estado pluriempleado, por lo que mi vida laboral se reduce de los 27 años a 25 años y algo más.

Este pasado mes de Julio he cerrado mi negocio, por un tema familiar. Mis padres, los dos mayores de 80 años y que viven en una ciudad distinta a la que yo resido, necesitan mi ayuda.

Mi padre es dependiente, tiene una demencia severa y una movilidad casi nula por lo que necesita que alguien esté pendiente de él las 24 horas del día, y lógicamente mi progenitora a sus años no se puede hacer cargo de él. Aunque contamos con ayuda externa, al menos por un tiempo, me voy a dedicar a su cuidado (al de ambos dos).

Pues bien, estoy intentando tramitar con mi mutua FREMAP el cobro del cese de actividad por el que he cotizado casi 10 años, pero como no he cerrado mi negocio por motivos ni económicos, ni por ejecución administrativa o judicial, ni por causa de fuerza mayor, ni por violencia de género, ni por divorcio, pues me dicen que no me corresponde la ayuda.

Intento entonces, tramitar en el SEPE el subsidio para mayores de 52 años pero me dicen que tampoco me corresponde porque tengo haber cotizado un mínimo de 6 años en el Régimen General.

De verdad que después de haber cotizado todos esos años, haber pagado mis impuestos, haber generado varios puestos de trabajo por los que también he cotizado, después de todo eso no tengo derecho a cobrar ningún subsidio??? Nada de nada, ningún mísero mes???

Alguien me lo puede confirmar????



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Pues si con el divorcio vale yo lo veo claro...
 
si tienes un contrato temporal por circustancias de la produccion de 6 meses,si te despiden antes de los 6 meses te tienen que pagar los 6 meses ? el periodo de prueba ya lo pase.
 
Pregunto.

Si un trabajador tiene regulado el trabajar unas horas al año, y finaliza el año y ha trabajado 100 horas mas.
¿Puede la empresa pagarle esas horas de mas como horas "normales" o debe hacerlo como horas extras?

¿Puede el trabajador exigir la devolución de esas horas a cambio de días libres?
 
Pregunto.

Si un trabajador tiene regulado el trabajar unas horas al año, y finaliza el año y ha trabajado 100 horas mas.
¿Puede la empresa pagarle esas horas de mas como horas "normales" o debe hacerlo como horas extras?

¿Puede el trabajador exigir la devolución de esas horas a cambio de días libres?

Depende.

"En ausencia de pacto al respecto, se entenderá que las horas extraordinarias realizadas deberán ser compensadas mediante descanso dentro de los cuatro meses siguientes a su realización. "

 
No hay ningún pacto.
En mi caso hablamos de la administración pública. Ya el año pasado nos pagaron (en la nómina de enero) las horas sobrantes al precio que les dio la gana. Yo me olí la jugada y trabajé 4 días en diciembre, lo otro me lo pedí libre por exceso de horas.
 
Agradecería que alguien con más información que yo pudiera alegrarme el día.

Os cuento mi caso.

Mi vida laboral refleja que a mis 53 años, he estado de alta en la Seguridad Social casi 27 años, de los cuales he cotizado al régimen general casi uno. El resto (casi 26) he sido un autónomo (primero en una cooperativa y luego en el comercio minorista).

Durante la esa época en el 2020 de la que yo le hablo del el bichito y dado que mi negocio estaba ubicado en un Hotel que ha permanecido cerrado más de año y medio he podido cobrar la ayuda de cese de actividad extraordinario aprobada por el Gobierno a través de mi Mutua FREMAP, por lo que la seguridad social considera que en ese período he estado pluriempleado, por lo que mi vida laboral se reduce de los 27 años a 25 años y algo más.

Este pasado mes de Julio he cerrado mi negocio, por un tema familiar. Mis padres, los dos mayores de 80 años y que viven en una ciudad distinta a la que yo resido, necesitan mi ayuda.

Mi padre es dependiente, tiene una demencia severa y una movilidad casi nula por lo que necesita que alguien esté pendiente de él las 24 horas del día, y lógicamente mi progenitora a sus años no se puede hacer cargo de él. Aunque contamos con ayuda externa, al menos por un tiempo, me voy a dedicar a su cuidado (al de ambos dos).

Pues bien, estoy intentando tramitar con mi mutua FREMAP el cobro del cese de actividad por el que he cotizado casi 10 años, pero como no he cerrado mi negocio por motivos ni económicos, ni por ejecución administrativa o judicial, ni por causa de fuerza mayor, ni por violencia de género, ni por divorcio, pues me dicen que no me corresponde la ayuda.

Intento entonces, tramitar en el SEPE el subsidio para mayores de 52 años pero me dicen que tampoco me corresponde porque tengo haber cotizado un mínimo de 6 años en el Régimen General.

De verdad que después de haber cotizado todos esos años, haber pagado mis impuestos, haber generado varios puestos de trabajo por los que también he cotizado, después de todo eso no tengo derecho a cobrar ningún subsidio??? Nada de nada, ningún mísero mes???

Alguien me lo puede confirmar????



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Es correcto. Los autonomos tienen casi imposible cobrar el subsidio para mayores.
Un saludo
 
Vete a un abogado ya. Tienes que hacer una reclamación de cantidades porque te fuiste tú. Creo que para eso no hay smac. Es una reclamación de cantidades pero no sé... Para eso no hace falta un gran abogado. Los de los sindicatos y sin estar afiliado no se... Pide precios y a laboralistas y te quedas con uno de los asequibles.
PAra unua reclamación de cantiades es OBLIGATORIA la presentación de una papeleta de conciliación previa en el SMAC. Tranuquilo, tienes un año.
Un saludo.
 
despues de 1 año trabajando con contratos temporales en la misma empresa y despues no hacerte fijo,sino despedirte,cuanto tiempo tiene que pasar para volver a trabajar en la misma empresa con contratos temporales por otro año ???
 
¿Es válida una renuncia a una cantidad (vacaciones no disfrutadas en contrato fijo discontinuo) realizada por mensaje de whatsapp?
 
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