Consultorio de derecho laboral.

despues de 1 año trabajando con contratos temporales en la misma empresa y despues no hacerte fijo,sino despedirte,cuanto tiempo tiene que pasar para volver a trabajar en la misma empresa con contratos temporales por otro año ???

Por lo que dicen creo que tiene que haber hueco de más de 6 meses, pero contratos temporales de 1 año ya no hay si no son para sustituir una baja, una excedencia forzosa y cosas así.
 
Buenas tardes:

Si has devengado dos trienios por haber trabajado en el grupo C1 de la Administración General (Ministerio) como funcionario interino y ahora pasas a trabajar en un Ayto como Grupo 2, con contrato temporal de un año, como personal laboral, ¿Puedes solicitar cobrar esos trienios?
En caso afirmativo ¿Hay alguna norma q lo diga?
 
Hola, tengo un contrato indefinido que una carnica. Me contrataron hace 13 años para dar servicio en un cliente(así aparece en el contrato)

Si el cliente un día ya no necesita más de esos servicios ...la carnica me despediría con 33 o con 20 días?
 
Obviamente no, porque todo el mundo tiene como mínimo 30 días de vacaciones tengan el horario que tengan, y los periodos de disfrute no pueden ser impuestos (han de ser pactados). Lo que sí es legal es lo de trabajar 7 días y descansar otros 7, no habría problema alguno porque el ET dice que los descansos obligatorios de 36 horas semanales son acumulables hasta 14 dias.
 
Hola, tengo un contrato indefinido que una carnica. Me contrataron hace 13 años para dar servicio en un cliente(así aparece en el contrato)

Si el cliente un día ya no necesita más de esos servicios ...la carnica me despediría con 33 o con 20 días?
33 días, pero da igual porque en realidad trabajas para el cliente y no para la cárnica, así que si un día tienes que demandar algo lo primero será resolver esa subcontratación ilegal.
 
33 días, pero da igual porque en realidad trabajas para el cliente y no para la cárnica, así que si un día tienes que demandar algo lo primero será resolver esa subcontratación ilegal.

Gracias, me podrías detallar, aunque sea brevemente, los pasos a seguir? Si me van a dar 33 dias que más me da que sean de la cárnica o del cliente, no?

Gracias!!!
 
Buenas. Por si entiendes sobre esto, te paso el hilo: ¿Conocéis cómo funciona "empresia", REGISTRO DE CARGOS/SOCIEDADES?

No se si es de la temática de este hilo. Si alguien entiende de sociedades y le echa un vistazo, gracias. Sin tener ni fruta idea sobre sociedades yo apuesto que no puedes constar gratis como administrador de una sin haber traspasado/comprado la empresa, pero a ver si me equivoco...
 
me podrías detallar, aunque sea brevemente, los pasos a seguir?
Tú no tienes que hacer nada. Llevas 13 años trabajando para una empresa, por lo que es obvio que eres indefinido y la indemnización por despedirte son 33 días (45 días para el periodo que trabajaste antes de febrero de 2012). Para pagarte 20 días tendría que ser un despido objetivo, pero ya me dirán cómo lo van a hacer con ese contrato en fraude que tienes clarísimo de libro (que por cierto, buenos ignorantes los de RRHH o los de Asesorías Paco, porque se podían haber ahorrado un buen dinero pagado a la Seguridad Social durante unos cuántos años con solo haber regularizado tu contrato, y las consecuencias para la empresa serían las mismas que van a ser ahora). No te calientes la cabeza. En el contrato puede poner que es de fin de obra y además que tienes que entrar a la oficina haciendo el pino-puente y todo lo que les haya dado la ganar poner, y tanto la cárnica como el cliente pueden decir misa, pero tú eres indefinido sin ninguna duda. No tiene mayor historia. Si no te lo pagan así, papeleta de conciliación y listo (todo es completamente gratis, y si no entran en razón, pues al juzgado y ya se lo explicará el juez, gratis para ti también).

Si me van a dar 33 dias que más me da que sean de la cárnica o del cliente, no?
No te da igual, porque el salario en cliente es mayor al de la cárnica, y por tanto la indemnización también (además de que puedes reclamar el salario de los últimos 12 meses). Ademas, como se están vulnerando tus derechos fundamentales, el supuesto "despido" es nulo por lo que cobrarías salarios de tramitación hasta que salga el juicio (vacaciones pagadas de unos cuantos meses, dicho en Román paladino).

Todo esto sujeto a que te defiendas bien o a que te lo haga un laboralista en condiciones. Si vas a ir a Comisiones o UGT y te lo va a llevar el havogau del sindicato, pues seguramente la cosa no termine así de bien.
 
Tú no tienes que hacer nada. Llevas 13 años trabajando para una empresa, por lo que es obvio que eres indefinido y la indemnización por despedirte son 33 días (45 días para el periodo que trabajaste antes de febrero de 2012). Para pagarte 20 días tendría que ser un despido objetivo, pero ya me dirán cómo lo van a hacer con ese contrato en fraude que tienes clarísimo de libro (que por cierto, buenos ignorantes los de RRHH o los de Asesorías Paco, porque se podían haber ahorrado un buen dinero pagado a la Seguridad Social durante unos cuántos años con solo haber regularizado tu contrato, y las consecuencias para la empresa serían las mismas que van a ser ahora). No te calientes la cabeza. En el contrato puede poner que es de fin de obra y además que tienes que entrar a la oficina haciendo el pino-puente y todo lo que les haya dado la ganar poner, y tanto la cárnica como el cliente pueden decir misa, pero tú eres indefinido sin ninguna duda. No tiene mayor historia. Si no te lo pagan así, papeleta de conciliación y listo (todo es completamente gratis, y si no entran en razón, pues al juzgado y ya se lo explicará el juez, gratis para ti también).


No te da igual, porque el salario en cliente es mayor al de la cárnica, y por tanto la indemnización también (además de que puedes reclamar el salario de los últimos 12 meses). Ademas, como se están vulnerando tus derechos fundamentales, el supuesto "despido" es nulo por lo que cobrarías salarios de tramitación hasta que salga el juicio (vacaciones pagadas de unos cuantos meses, dicho en Román paladino).

Todo esto sujeto a que te defiendas bien o a que te lo haga un laboralista en condiciones. Si vas a ir a Comisiones o UGT y te lo va a llevar el havogau del sindicato, pues seguramente la cosa no termine así de bien.

Muchas gracias por tu extensa respuesta.

Cuando hablas de RRHH,Seguridad Social,etc... te refieres a la carnica o al del cliente?

Desde la perspectiva de la carnica...si se termina el servicio y yo estaba contratado exclusivamente para ese cliente... no sería despido procedente y 20 días?
Por otro lado el cliente es una multinacional importante que tiene más cárnicas...no sólo la mía. Te lo digo porque tendrá muchos contactos a todos los niveles.

Y qué despacho de abogados me recomiendas si llega el caso?
 
Última edición:
Cuando hablas de RRHH,Seguridad Social,etc... te refieres al de la carnica o al del cliente?
Me refiero a la carnica. Podrían haber simulado que te pasaban de temporal a indefinido (que es lo que eres en realidad así que les da igual) y ahorrarse unos años el 50% de las cotizaciones.

Desde la perspectiva de la carnica...si se termina el servicio y yo estaba contratado exclusivamente para ese cliente... no sería despido procedente y 20 días?
Tienes que entender que no existe algo como "estar contratado exclusivamente para ese cliente". De hecho me sorprendería que fuesen tan bobos de detallarlo así en el contrato, porque estarían reconociendo la subcontratación ilegal ya desde el primer momento.

No te calientes la cabeza porque es obvio que tu formas parte de la estructura organizativa de lo que tú llamas "tu cliente" y tampoco hay duda después de todos estos años de que el puesto es de carácter indefinido (o al menos lo era cuando entraste). Tan fácil como que poco me equivoco si te digo que te quitan a ti pero tienen que poner a otro (o a otra empresa) a hacer tus funciones. Lo típico de siempre. Eres "el informático", ¿no?
 
Me refiero a la carnica. Podrían haber simulado que te pasaban de temporal a indefinido (que es lo que eres en realidad así que les da igual) y ahorrarse unos años el 50% de las cotizaciones.


Tienes que entender que no existe algo como "estar contratado exclusivamente para ese cliente". De hecho me sorprendería que fuesen tan bobos de detallarlo así en el contrato, porque estarían reconociendo la subcontratación ilegal ya desde el primer momento.

No te calientes la cabeza porque es obvio que tu formas parte de la estructura organizativa de lo que tú llamas "tu cliente" y tampoco hay duda después de todos estos años de que el puesto es de carácter indefinido (o al menos lo era cuando entraste). Tan fácil como que poco me equivoco si te digo que te quitan a ti pero tienen que poner a otro (o a otra empresa) a hacer tus funciones. Lo típico de siempre. Eres "el informático", ¿no?

Más o menos.

Lo que no me queda claro entonces en esta historia es quien está peor de los dos de cara a un juicio...si la carnica o el cliente?
 
Más o menos.

Lo que no me queda claro entonces en esta historia es quien está peor de los dos de cara a un juicio...si la carnica o el cliente?
En mi opinión, claramente el cliente (aunque a la carnica debería caerle de paso una multa, pero ni idea de si es lo que se sentencia habitualmente). En cualquier caso, eso da igual, tú de lo que tienes que preocuparte es de tus derechos laborales.
 
En mi opinión, claramente el cliente (aunque a la carnica debería caerle de paso una multa, pero ni idea de si es lo que se sentencia habitualmente). En cualquier caso, eso da igual, tú de lo que tienes que preocuparte es de tus derechos laborales.

El cliente es una multinacional y tiene contactos y pasta para aburrir..y la carnica también todo sea dicho.

Para ir preparándome, qué despacho de abogados me recomienda?
 
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