Beriaru
404 Not Found
- Desde
- 6 Nov 2008
- Mensajes
- 10.006
- Reputación
- 28.414
Independientemente de si estaban incumpliendo la ley o no, para explotar la puerta necesitan o bien una orden judicial (que no tenían) o la certeza de un delito flagrante y la urgencia de actuar para evitarlo. Y lo que ocurría dentro ni era un delito flagrante, ni era urgente, y ni siquiera incurría en la gravedad para saltarse el derecho fundamental de la inviolabilidad del domicilio.
A ti te parecería bien que la policía tirase tu puerta a las 3 de la mañana por la denuncia de un vecino de que tus ronquidos superan los decibelios máximos? No? Pues es el mismo tipo de delito y con las mismas consecuencias: una sanción administrativa.
A ti te parecería bien que la policía tirase tu puerta a las 3 de la mañana por la denuncia de un vecino de que tus ronquidos superan los decibelios máximos? No? Pues es el mismo tipo de delito y con las mismas consecuencias: una sanción administrativa.