Si trabajas en remoto, desde casa,o eres freelance te explico como puedes ahorrarte 40.000Eur al AÑO. LEGAL.

Puede tener el sentido que te dé la gana, pero como un día te llamen a inspección y el inspector decida que eso es una sociedad instrumental, te va a meter un puro que te pone de pie.

Y luego ya puedes ir con toda tu razón a juicio contra Hacienda, a ver qué tal te va.

Es que no es una sociedad instrumental. Si te fijas he dicho "según el tipo de negocio". Por ejemplo los digitales y similares son perfectos, porque los puedes llevar desde donde te dé la gana. No estás creando una sociedad instrumental así que Hacienda ya puede hacerte 20 inspecciones que da igual. Además, tu estás pagando impuestos en España al final
 
Es que no es una sociedad instrumental. Si te fijas he dicho "según el tipo de negocio". Por ejemplo los digitales y similares son perfectos, porque los puedes llevar desde donde te dé la gana. No estás creando una sociedad instrumental así que Hacienda ya puede hacerte 20 inspecciones que da igual. Además, tu estás pagando impuestos en España al final
Cosas que veo raritas, y que verá el de Hacienda:

-Tu domicilio está en España
-Tu sociedad está en un país al que no has ido nunca, ni tienes residencia, ni permiso de trabajo ni nada.
-Tú prestas un servicio a tus clientes, pero tus clientes pagan a una empresa en USA
-Esa empresa en USA luego te manda a ti la pasta.

Si eso no es una sociedad instrumental, se le parece bastante. Solo lo veo si te largas a vivir a USA.

Si te quedas en Albacete te va a caer un puro que te vas a acordar de tus ideas y de todo lo que ahorraste en impuestos.
 
Cosas que veo raritas, y que verá el de Hacienda:

-Tu domicilio está en España
-Tu sociedad está en un país al que no has ido nunca, ni tienes residencia, ni permiso de trabajo ni nada.
-Tú prestas un servicio a tus clientes, pero tus clientes pagan a una empresa en USA
-Esa empresa en USA luego te manda a ti la pasta.

Si eso no es una sociedad instrumental, se le parece bastante. Solo lo veo si te largas a vivir a USA.

Si te quedas en Albacete te va a caer un puro que te vas a acordar de tus ideas y de todo lo que ahorraste en impuestos.

Al ser una entidad pass-through no se aplican las CFC rules, por lo que no se considera empresa española. Da igual que tu domicilio esté en España. Si te informas verás que es completamente legal, que está bien considerar que Hacienda es poderosa pero el miedo asustaviejas de que todo está prohibido es falta de conocimiento y vivir en el siglo XX.

Al resto de las preguntas la respuesta es la misma, si tienes un negocio digital o similar no vas a tener ningún problema. Si tienes un negocio físico tendrás que buscar otra alternativa.
 
Al ser una entidad pass-through no se aplican las CFC rules, por lo que no se considera empresa española. Da igual que tu domicilio esté en España. Si te informas verás que es completamente legal, que está bien considerar que Hacienda es poderosa pero el miedo asustaviejas de que todo está prohibido es falta de conocimiento y vivir en el siglo XX.

Al resto de las preguntas la respuesta es la misma, si tienes un negocio digital o similar no vas a tener ningún problema. Si tienes un negocio físico tendrás que buscar otra alternativa.

Al final de la corrida te van a llegar a tu cuenta bancaria unos ingresos procedentes de una empresa de USA. Mis preguntas son, ¿cómo los justificas si no estás dado de alta en ninguna actividad (no estás trabajando)? ¿Cómo evitas pagar IRPF por esos rendimientos?
 
pillo sitio... os leo atentos, con mi copa de soberano y mi palillo entre dientes, en la barra del bar de mi firma.
 
OJO con el LLC USA que lo que te ahorras en impuestos, lo gastas en operativa por triplicado.
 
no esperaba que hubiese tanto paguitero langosta y funcionariado en este foro,
la LLC es totalmente legal y es un instrumento para poder ahorrar legalmente.
Otra cosa es que los ciber voluntarios estéis por aqui pululando para que no se de a conocer, sois muy pesados. ponerse la mascarilla por favor.


una LLC es una opción muy buena según el tipo de negocio, porque aunque tributes luego por IRPF, puedes deducirse muchísimos más gastos que como autónomo en España, y te ahorras las cuotas a la SS. Es decir, el neto sobre el que acabas pagando será mucho más bajo.

Es una vía que es perfectamente legal y que se está dando a conocer. Entiendo que tengáis miedo a Hacienda, pero antes de cerrados en banda sobre cualquier idea investigar bien y veréis que sí tiene sentido.
 
que tipos de gastos se pueden deducir con la LLC? pues prácticamente todo lo que pagues con la tarjeta de la empresa
si eres residente fiscal español y te hace un pago de la LLC a tu cuenta y supera el limite libre de tributación de IRPG, tributaras como todo el mundo por IRPF.
 
Al final de la corrida te van a llegar a tu cuenta bancaria unos ingresos procedentes de una empresa de USA. Mis preguntas son, ¿cómo los justificas si no estás dado de alta en ninguna actividad (no estás trabajando)? ¿Cómo evitas pagar IRPF por esos rendimientos?
Lo justificas como participaciones en una empresa americana. Pagas tu IRPF. ¿Qué más podría hacienda exigir?

Si trabajas en digital no se podría demostrar que en realidad todo el trabajo lo haces tú.
 
Habria que mirar, puede tener sentido si se ingresa buen cash, si lo que se ingresa es poco, al final te cuesta mas montar la LLC que pagar los impuestos, lo que viene a ser pagar mas por las especias que por el guiso.
Y por supuesto asesorarse muy bien legalmente porque los bonus boys de la agencia tributaria van a mirar hasta el ultimo puñetero centimo.
 
Imanol y Ana que ganaban muchos minolles le pidieron consejo a un asesor fiscal como el OP para evitar pagar a hacienda. El resto es historia.
 
Al final de la corrida te van a llegar a tu cuenta bancaria unos ingresos procedentes de una empresa de USA. Mis preguntas son, ¿cómo los justificas si no estás dado de alta en ninguna actividad (no estás trabajando)? ¿Cómo evitas pagar IRPF por esos rendimientos?

Son rendimientos del trabajo (por ser pass-through) que tributas por los rendimientos de tu empresa estadounidense, no hace falta justificar más que eso dado que no se considera empresa española ni tienes más obligaciones que pagar impuestos por la cantidad que recibas. Sí que pagas IRPF, pero puedes cargar muchos gastos a la cuenta de la empresa y no tributar por esa parte. Cosa que en España es muchísimo más difícil. Por no hablar de que aquí te piden factura por cada cosa, y allí hay varios estados donde no tienes obligación de llevar contabilidad.
 
Cesar que tipo de gastos del día a día se pueden cargar en la LLC porfa?
 
Tan fácil como obtener la residencia no permanente de Portugal, no pagas nada por 10 años siendo freelancer y sin tener que pasar la mitad de año ahí.

O moverte a un país con sistemas de tributación territorial: Paraguay, Colombia... Mientras ganes del extranjero.
 
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