plusvalías de bitcoin

Claro, y las realidades son las que te escriben a ti en el BOE y las que te dicta la TV. Así estamos como estamos.

Precisamente lo bueno de Bitcoin es que, creas tú la realidad económica que creas, no me la puedes imponer a mi.

Así que, por mi, cree en lo que quieras.
 
A ver... Una cosa es producir y otra cosa es comprar-vender.

Para el caso de compraventa de bitcoins por euros? Lo único que puedes justificar es que has ingresado € en una cuenta bancaria que pertenece a una persona física o juridica y a cambio te han mandado bitcoins a tu dirección de monedero bitcoin desde otra dirección que no esta vinculada a una persona física o jurídica ya que el protocolo bitcoin no vincula direcciones de wallet con ninguna persona física o jurídica.

Todo lo que has comentado anteriormente es correcto para bienes muebles digitales, pero es que bitcoin falla en la definicion de bien mueble digital


Que si campeón.....tu vete a un juez de 60 tacos, que de internet sabe lo justito, y comienza con rollos de si "no podeis probar que hice una tras*acción", "es que no se compran, los hacen los mineros" y enrolla todo lo que quieras...que esto no es usa. Aqui no se sacan la boina ni para ir a una boda.
Dile todo esto a este

juez.jpg



Verás lo bien que te va. Hasta la camisa oyga.

Esto me hace acordar al chaval que lo mandaron a juicio por vender cartuchos r4 de nintendo y grabar backups de 360.... viene la poli a incautar el ordenador del tio, y tenia clave de inicio de sesión (por ende no podian acceder al mismo, ni a la carpeta mis documentos, ni a las isos que tenia en carpeta encriptada..) va el juez y le dice "deme ud la clave de su ordenador", va el zagal y dice "es que no la recuerdo"....
Sentencia: guandoca y multazo, a pesar de no haber accedido a ningún archivo ni ninguna prueba tangible...SOLO PORQUE AL JUEZ LE SALIO DE LA pisha y asi lo dictamino.

Aqui vais listos si quereis ir con dialécticas a los rancios de los jueces.
 
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Claro, y las realidades son las que te escriben a ti en el BOE y las que te dicta la TV. Así estamos como estamos.

Precisamente lo bueno de Bitcoin es que, creas tú la realidad económica que creas, no me la puedes imponer a mi.

Así que, por mi, cree en lo que quieras.

El que no puede imponer nada eres tú a nadie, la mayoría no quiere bitcoins, de hecho la mitad de todos los que existirán están en manos de 1000 personas.

Eso sí, ese mensaje que te gastas no vale si los quieres convertir en €, Hacienda te enculará y luego ya si eso ya te lamerás las heridas en casa.
 
Que si campeón.....tu vete a un juez de 60 tacos, que de internet sabe lo justito, y comienza con rollos de si "no podeis probar que hice una tras*acción", "es que no se compran, los hacen los mineros" y enrolla todo lo que quieras...que esto no es usa. Aqui no se sacan la boina ni para ir a una boda.
Dile todo esto a este

juez.jpg



Verás lo bien que te va. Hasta la camisa oyga.

Esto me hace acordar al chaval que lo mandaron a juicio por vender cartuchos r4 de nintendo y grabar backups de 360.... viene la poli a incautar el ordenador del tio, y tenia clave de inicio de sesión (por ende no podian acceder al mismo, ni a la carpeta mis documentos, ni a las isos que tenia en carpeta encriptada..) va el juez y le dice "deme ud la clave de su ordenador", va el zagal y dice "es que no la recuerdo"....
Sentencia: guandoca y multazo, a pesar de no haber accedido a ningún archivo ni ninguna prueba tangible...SOLO PORQUE AL JUEZ LE SALIO DE LA pisha y asi lo dictamino.

Aqui vais listos si quereis ir con dialécticas a los rancios de los jueces.


Veo que lo estas pillando, se va a un juez si es necesario, que como bien sabes están para eso, para acudir a ellos


Y todo eso que has contado de lo de Nintendo tiene que ver con bitcoin? Que relación hay entre hacer copias ilegales y convertir bitcoins a euros? No viene a cuento nada de lo que has comentado.
 
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El que no puede imponer nada eres tú a nadie, la mayoría no quiere bitcoins, de hecho la mitad de todos los que existirán están en manos de 1000 personas.

Eso sí, ese mensaje que te gastas no vale si los quieres convertir en €, Hacienda te enculará y luego ya si eso ya te lamerás las heridas en casa.

¿Para qué puedo estar interesado en cambiar un dinero privado de las características de Bitcoin por billetes falsificables, inflacionables, detectables por perros y susceptibles de ser rechazados o modificados a placer por la entidad monopolizadora que los emite? ¿Para pagar impuestos? Jajaja. Me parece que no. Me parece que ahí sólo te pueden encular a ti, que es quien no dispone de bitcoins.

De hecho puedes preguntarle a bitcoñero si ha pagado estos dos últimos años el impuesto de patrimonio, por poner un ejemplo.

¿Que la mayoría no quiere mis bitcoins? Bueno, ya irán cambiando de opinión. Tampoco la mayoría de los chipriotas querían un corralito, ni la mayoría de los venezolanos una hiperinflación.

Lo cierto es que, con el paso del tiempo Bitcoin se afianza y el euro y dolar se debilitan. Y que todos tenemos un acceso sencillo al dinero fiat porque abunda más de lo que debería y, sin embargo, cuando tengas que aceptar la dura realidad, tendrás que comprar los bitcoins a alqguien como yo.
 
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¿Para qué puedo estar interesado en cambiar un dinero privado de las características de Bitcoin por billetes falsificables, inflacionables, detectables por perros y susceptibles de ser rechazados o modificados a placer por la entidad monopolizadora que los emite? ¿Para pagar impuestos? Jajaja. Me parece que no. Me parece que ahí sólo te pueden encular a ti, que es quien no dispone de bitcoins.

De hecho puedes preguntarle a bitcoñero si ha pagado estos dos últimos años el impuesto de patrimonio, por poner un ejemplo.

¿Que la mayoría no quiere mis bitcoins? Bueno, ya irán cambiando de opinión. Tampoco la mayoría de los chipriotas querían un corralito, ni la mayoría de los venezolanos una hiperinflación.

Lo cierto es que, con el paso del tiempo Bitcoin se afianza y el euro y dolar se debilitan. Y que todos tenemos un acceso sencillo al dinero fiat porque abunda más de lo que debería y, sin embargo, cuando tengas que aceptar la dura realidad, tendrás que comprar los bitcoins a alqguien como yo.

Claro... claro... de ilusión también se vive. Yo que tu compraría bitcoins, están en muy bien precio y son finitos, aprovecha ahora quizá mañana suban a 2000 $. :D

Es verdad ¿por qué alguien querría cambiar bitcoins por €? :D Creo que es porque la gente se esta poniendo nerviosa y tema que no valgan nada... Si eso pasa siempre podrás volver a deshacerte de tus € por las decenas (cientos en el futuro) de monedas virtuales que existen.
 
No te preocupes, que tengo algún Bitcoin que otro y sigo comprándolos con ansia.

¿Ya sabéis qué país va a ser el siguiente en necesitar un rescate después de Eslovenia? ¿Qué pasará cuando el incendio llegue a Francia? ¿Conoces la historia de la unión monetaria latina? ¿Puedes darme algún ejemplo de unión monetaria exitosa?

Uy! Cuántas preguntas. ¿Verdad? Feliz Navidad triunfadoh del dinero fiat
 
No te preocupes, que tengo algún Bitcoin que otro y sigo comprándolos con ansia.

¿Ya sabéis qué país va a ser el siguiente en necesitar un rescate después de Eslovenia? ¿Qué pasará cuando el incendio llegue a Francia? ¿Conoces la historia de la unión monetaria latina? ¿Puedes darme algún ejemplo de unión monetaria exitosa?

Uy! Cuántas preguntas. ¿Verdad? Feliz Navidad triunfadoh del dinero fiat

Yo te puedo dar ejemplos de lo que les paso a unos tulipanes hace mucho tiempo en holanda. Lo descubrirás próximamente, btc no es la criptomoneda ganadora, tiene muchos defectos de base para que nunca sea aceptada. :D

El principal es que 1000 personas tienen las mitad de los bitcoins que jamás existirán. Cada bitcoin minado es uno menos hasta su colapso.
 
Cada vez esto de pasar bitcoin a euros tiene mas pinta de ser una donación y estar gravado por el impuesto de sucesiones y donaciones.

No se puede demostrar el titular de bitcoin ni existe legislación sobre bitcoin, pero a cambio recibes euros, por tanto, legalmente solo existe que se han recibido euros y como el que recibe euros es el sujeto pasivo del isd, estos euros tributan por el impuesto de sucesiones y donaciones.

De la misma manera, si comprais una casa con bitcoins, alguien os estará donando una casa y tributara por isd.

En resumen, bitcoin no tiene IVA, no tiene irpf, pero si tiene isd y el minero nunca se tendrá que dar de alta en actividades económicas ni en autónomos
 
Última edición:
Me parece que la conversación se está poniendo confusa porque mezclamos muchos temas.

1) Cualquier cosa que a la que la gente le acepten valor la podríamos considerar "dinero" pero, en el sentido de "money". Hasta aquí no hay problema.

2) Sólo aquellos "dineros" con entidad LEGAL, se los trata como tal (legales) y esto es una "currency".

Quizás nos confunda un poco que en castellano sólo tengamos "dinero" como un concepto amplio aunque, si vamos al caso podemos usar "dinero" y "divisa" para tener una equivalencia más exacta de "money" y "currency."

3) Por otro lado tenemos el tema IMPOSITIVO. No deben olvidar que los impuestos tratan manifestaciones de RIQUEZA y por lo tanto, abarcan no sólo los movimientos (incrementos o disminuciones de "currency o divisa") sino también la variación de ACTIVOS (sean materiales o inmateriales).

Sé que es difícil introducirse en los conceptos más abstractos pero, hagan el esfuerzo.

4) Bitcoin es inmaterial pero es un ACTIVO y, puede ser alcanzado por los impuestos en tanto importe modificaciones patrimoniales.

- Creemos que es "dinero" ?... ningún problema.
- Decimos que es "divisa" ?... NO PODEMOS porque, para ser una divisa tiene que "decirlo la ley".

- Puede producir "cambios patrimoniales" ?... SI!, si alguien me da una casa por 400 bitcoins hay un claro cambio en mi patrimonio !!

===

Tenemos entonces un objeto inmaterial, que es un bien mueble (le pese a quien le pese ya que puede ser "apropiado" y, los de elemento son de él y los de Jorgito son de él) y su naturaleza es digital.

Dado que es bastante "secreto" en su posesión, podría permanecer "oculto" de Hacienda hasta que se "materializa" en algún cambio patrimonial.

- Cómo puede ello ocurrir ?

a) En mi cuenta bancaria aparecen 400.000 euros.
b) En mi patrimonio registral aparece un inmueble o un auto.

c) Excepcionalmente, Hacienda podría pedirme explicar por qué he gastado masivamente dinero con mis tarjetas (nacionales o extranjeras o en efectivo puro y duro) porque encuentra registros de viajes, compra de joyas, etc.

===

Es en este punto donde tengo que PAGAR IMPUESTOS y, debo hacerlo por el cambio en PATRIMONIO.

Dependiendo el "origen" que logre justificar para mis fondos, pagaré más o menos pero, en todos los casos tendré que hacerlo.

===

El gran debate (son dos en realidad) está aquí:

- Es un "ahorro" ? (27%)... si logras probar que compraste bitcoins (ver tema IVA luego), quizás podrías colarlo por este lado... al menos hasta que Hacienda se de cuenta del tema y te saque expresamente del capítulo reglamentando el tema de modo más claro.

- Es "un incremento patrimonial no derivado de tras*acciones" ? (+50%)... personalmente creo que NO, es un AHORRO pero, si no puedes probar su compra (ver tema IVA luego), caerás en esta categoría.

- Es una "donación" ?... aquí creo que Jorgito se equivoca porque, para que haya una "donación" tiene que haber un "donante" y, las "donaciones anónimas" sólo se permiten en porcentajes muy pequeños y, si mal no recuerdo, sólo para las Iglesias y algún que otro organismo de caridad.

===

El gran problema como ven es que, si puedo "probar" que es un ahorro derivado de inversiones NO DIVISAS, tengo que acreditar su compra y, al ser un bien mueble tendría que acreditar el PAGO DEL IVA !!

De no poder hacerlo (con esto me paso el IVA por el forro de los huevones) caigo en la bien montada red de que se trata de un "incremento patrimonial incausado" y pago el IVA de todos modos (+50% de impuesto).

===

Este es todo el asunto -aunque sé que es difícil de digerir y entender-.

O se crea un "mercado bitcoin" en el que pago IVA, acredito su compra y luego meto sus eventuales variaciones de valor como "ahorro" y pago el 27% o bien, me olvido del mercado formal y, cuando quiero ingresar incrementos patrimoniales en mis cuentas pago el +50% de los "incrementos patrimoniales sin causa".

===

Todo esto siempre hablando del patrimonio "claro" que, ya sabemos que si quiero estar ilegal, no pasa nada.

===

Conclusión:

Bitcoñero tiene unos U$S 900.000 que consiguió con menos de U$S 100.000 de inversión, ha hecho un negociazo pero, si no puede acreditar el uso de los primeros U$S 100.000 (menos de eso) en la compra y pasar todo como "ahorro" y pagar el 27%, tendrá que aparecer un día, demostrar como puede que no es dinero neցro -para no ir preso- y pagar unos U$S 500.000 al fisco.

Le quedarán unos U$S 400.000 en la mano (una parte es la recuperación de la invertido) pero, podrá hacer con ese dinero lo que quiera sin ir preso.

Eso, o tener DNI 000014 y hace lo que quiera :D

- La otra es usar el dinero fuera del país.
- La otra es realizar un entramado societario (largo de explicar) para terminar ingresando el dinero a nombre de una sociedad extranjera.
- La otra es ir usandolo "de a poco" y sin que se note.
- La otra es blanquear una parte y otra no.
- La otra es estructura un mecanismo para probar la "inversión" y, si logra saltarse el IVA aprovechando que todavía Hacienda está distraída, conseguir pagar el 27% de un "ahorro".

(hay más caminos pero, para el hilo ya está bien).

===

Respecto al tema del IVA cuando se venden bitcoins, claramente debe ser aplicado pero, esto es harina de otro costal así que lo dejo de lado por el momento.
 
Eso, o tener DNI 000014 y hace lo que quiera :D

- La otra es usar el dinero fuera del país.
- La otra es realizar un entramado societario (largo de explicar) para terminar ingresando el dinero a nombre de una sociedad extranjera.
- La otra es ir usandolo "de a poco" y sin que se note.
- La otra es blanquear una parte y otra no.
- La otra es estructura un mecanismo para probar la "inversión" y, si logra saltarse el IVA aprovechando que todavía Hacienda está distraída, conseguir pagar el 27% de un "ahorro".

(hay más caminos pero, para el hilo ya está bien).

Vaya...te olvidas de la más rentable, obvia fácil...vacaciones en Germania durante 6 meses y un día, y vender las chapas. Punto final.
 
Sin que sirva de precedente, y como evento absolutamente excepcional, estoy completamente de acuerdo con el post de Nico. Se nota que conoce mucho mejor el mundo impositivo que el de los pormenores de Bitcoin.

Como él dice, todo depende de lo que puedas demostrarle a hacienda, y ella siempre tiene la llave para controlar tu patrimonio tangible (acciones, depósitos, cuentas corrientes, registro de la propiedad, etc). Y más te vale ser capaz de demostrar un origen lícito del dinero incluso aunque pagues el correspondiente impuesto.

Para cantidades pequeñas, siempre puedes ir trampeando comprando con BTC por internet e incluso cambiándolo por cash.

Para grandes cantidades mejor cambiar de residencia fiscal o esperarte a otra amnistia.
 
Me parece que la conversación se está poniendo confusa porque mezclamos muchos temas.

1) Cualquier cosa que a la que la gente le acepten valor la podríamos considerar "dinero" pero, en el sentido de "money". Hasta aquí no hay problema.

2) Sólo aquellos "dineros" con entidad LEGAL, se los trata como tal (legales) y esto es una "currency".

Quizás nos confunda un poco que en castellano sólo tengamos "dinero" como un concepto amplio aunque, si vamos al caso podemos usar "dinero" y "divisa" para tener una equivalencia más exacta de "money" y "currency."

3) Por otro lado tenemos el tema IMPOSITIVO. No deben olvidar que los impuestos tratan manifestaciones de RIQUEZA y por lo tanto, abarcan no sólo los movimientos (incrementos o disminuciones de "currency o divisa") sino también la variación de ACTIVOS (sean materiales o inmateriales).

Sé que es difícil introducirse en los conceptos más abstractos pero, hagan el esfuerzo.

4) Bitcoin es inmaterial pero es un ACTIVO y, puede ser alcanzado por los impuestos en tanto importe modificaciones patrimoniales.

- Creemos que es "dinero" ?... ningún problema.
- Decimos que es "divisa" ?... NO PODEMOS porque, para ser una divisa tiene que "decirlo la ley".

- Puede producir "cambios patrimoniales" ?... SI!, si alguien me da una casa por 400 bitcoins hay un claro cambio en mi patrimonio !!

===

Tenemos entonces un objeto inmaterial, que es un bien mueble (le pese a quien le pese ya que puede ser "apropiado" y, los de elemento son de él y los de Jorgito son de él) y su naturaleza es digital.

Dado que es bastante "secreto" en su posesión, podría permanecer "oculto" de Hacienda hasta que se "materializa" en algún cambio patrimonial.

- Cómo puede ello ocurrir ?

a) En mi cuenta bancaria aparecen 400.000 euros.
b) En mi patrimonio registral aparece un inmueble o un auto.

c) Excepcionalmente, Hacienda podría pedirme explicar por qué he gastado masivamente dinero con mis tarjetas (nacionales o extranjeras o en efectivo puro y duro) porque encuentra registros de viajes, compra de joyas, etc.

===

Es en este punto donde tengo que PAGAR IMPUESTOS y, debo hacerlo por el cambio en PATRIMONIO.

Dependiendo el "origen" que logre justificar para mis fondos, pagaré más o menos pero, en todos los casos tendré que hacerlo.

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El gran debate (son dos en realidad) está aquí:

- Es un "ahorro" ? (27%)... si logras probar que compraste bitcoins (ver tema IVA luego), quizás podrías colarlo por este lado... al menos hasta que Hacienda se de cuenta del tema y te saque expresamente del capítulo reglamentando el tema de modo más claro.

- Es "un incremento patrimonial no derivado de tras*acciones" ? (+50%)... personalmente creo que NO, es un AHORRO pero, si no puedes probar su compra (ver tema IVA luego), caerás en esta categoría.

- Es una "donación" ?... aquí creo que Jorgito se equivoca porque, para que haya una "donación" tiene que haber un "donante" y, las "donaciones anónimas" sólo se permiten en porcentajes muy pequeños y, si mal no recuerdo, sólo para las Iglesias y algún que otro organismo de caridad.

===

El gran problema como ven es que, si puedo "probar" que es un ahorro derivado de inversiones NO DIVISAS, tengo que acreditar su compra y, al ser un bien mueble tendría que acreditar el PAGO DEL IVA !!

De no poder hacerlo (con esto me paso el IVA por el forro de los huevones) caigo en la bien montada red de que se trata de un "incremento patrimonial incausado" y pago el IVA de todos modos (+50% de impuesto).

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Este es todo el asunto -aunque sé que es difícil de digerir y entender-.

O se crea un "mercado bitcoin" en el que pago IVA, acredito su compra y luego meto sus eventuales variaciones de valor como "ahorro" y pago el 27% o bien, me olvido del mercado formal y, cuando quiero ingresar incrementos patrimoniales en mis cuentas pago el +50% de los "incrementos patrimoniales sin causa".

===

Todo esto siempre hablando del patrimonio "claro" que, ya sabemos que si quiero estar ilegal, no pasa nada.

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Conclusión:

Bitcoñero tiene unos U$S 900.000 que consiguió con menos de U$S 100.000 de inversión, ha hecho un negociazo pero, si no puede acreditar el uso de los primeros U$S 100.000 (menos de eso) en la compra y pasar todo como "ahorro" y pagar el 27%, tendrá que aparecer un día, demostrar como puede que no es dinero neցro -para no ir preso- y pagar unos U$S 500.000 al fisco.

Le quedarán unos U$S 400.000 en la mano (una parte es la recuperación de la invertido) pero, podrá hacer con ese dinero lo que quiera sin ir preso.

Eso, o tener DNI 000014 y hace lo que quiera :D

- La otra es usar el dinero fuera del país.
- La otra es realizar un entramado societario (largo de explicar) para terminar ingresando el dinero a nombre de una sociedad extranjera.
- La otra es ir usandolo "de a poco" y sin que se note.
- La otra es blanquear una parte y otra no.
- La otra es estructura un mecanismo para probar la "inversión" y, si logra saltarse el IVA aprovechando que todavía Hacienda está distraída, conseguir pagar el 27% de un "ahorro".

(hay más caminos pero, para el hilo ya está bien).

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Respecto al tema del IVA cuando se venden bitcoins, claramente debe ser aplicado pero, esto es harina de otro costal así que lo dejo de lado por el momento.

Nico, la donación de euros nunca es anónima, lo que es anónimo son los bitcoins... tu tras*fieres bitcoins a alguien, los cuales nunca podrás demostrar que son tuyos y ese alguien te ingresa euros en tu banco. Ese ingreso de euros no es anónimo, ese ingreso tiene nombre y apellidos de la misma manera que si tu a mi me haces una trasferencia, figura tu nombre.

Y de nuevo, bitcoin no es un bien, ni mueble ni inmueble puesto que no cumple con el artículo 333 del código civil donde se establece que es un bien. Siendo bien todo aquello que es o puede ser objeto de apropiación. Bitcoin por definicion no se puede apropiar, tu no tienes bitcoins y la clave privada que manejas tampoco implica apropiación porque no te vincula con nombre, apellidos y dni.

la clave privada es igual que si tu me das la clave de tu caja fuerte... Puedo abrir una caja que jamás esta vinculada a mi con una clave que jamás esta vinculada a mi.

Al no ser bitcoin un bien porque bajo el código civil no cumple la definicion de bien, no puede producir nunca hecho impositivo, por tanto, no esta sujeto a ningún tipo de impuesto, (IVA, irpf, sociedades, patrimonio).

Lo único sometido a tributación son los euros ingresados en tu cuenta bancaria ya que son una donación de una persona real con nombre y apellidos a ti y sujeta a impuesto de sucesiones y donaciones

Bitcoñero solo debe pagar isd sobre la donación de 900.000 dólares recibidas por la persona que le haya hecho la tras*ferencia
 
Última edición:
Sin que sirva de precedente, y como evento absolutamente excepcional, estoy completamente de acuerdo con el post de Nico. Se nota que conoce mucho mejor el mundo impositivo que el de los pormenores de Bitcoin.

Como él dice, todo depende de lo que puedas demostrarle a hacienda, y ella siempre tiene la llave para controlar tu patrimonio tangible (acciones, depósitos, cuentas corrientes, registro de la propiedad, etc). Y más te vale ser capaz de demostrar un origen lícito del dinero incluso aunque pagues el correspondiente impuesto.

Para cantidades pequeñas, siempre puedes ir trampeando comprando con BTC por internet e incluso cambiándolo por cash.

Para grandes cantidades mejor cambiar de residencia fiscal o esperarte a otra amnistia.

¿Esperar a otra amnistía cuando el bitcoin podría valer 0 de un día para otro? :rolleye:
 
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