Para ronald29780. Información legal de su interés.

¿Alguna judisprudencia al respecto?

Si.

El otro día sacaron una roja en un foro y cerraban el hilo con este articulo enlazado...:D

En serio:

No soy nadie para prever una decisión de una juzgado sobre este "caso".

Lo que veo como parte de mí encargo, es, prevenir que este "caso", jamás, se juzgaría en el mundo real.
 
Se cree que moderar un foro es interpretar sentencias del TC e ir mas allá de su letra muerta en el intento.

Son cosas que pasan cuando el dueño de un foro apenas lo lee y se le acaban colando troles históricos en la moderación. Están dando un espectáculo lamentable, la gente ya está hasta los mismísimos pero a calópez no parece llegarle el clamor.

Otro aletrado...
 
A mi me hace gracia el leguleyismo de ronaldinho...pasándose por el forro la Constitución que garantiza la libertad de expresar opiniones.

Será que no hay cosa que moderar en el foro en vez de perder el tiempo censurando opiniones.

Supina estupidez.

La apologìa del delito de expresa en forma de opiniòn, para que vaya sabiendo, y es un delito, no sea burro.

Si no le gusta la moderaciòn, vàyase a otra parte, porque hacièndose el gallito causa vergüenza ajena.
 
Si.

El otro día sacaron una roja en un foro y cerraban el hilo con este articulo enlazado...:D

En serio:

No soy nadie para prever una decisión de una juzgado sobre este "caso".

Lo que veo como parte de mí encargo, es, prevenir que este "caso", jamás, se juzgaría en el mundo real.

La interpretacion de las leyes es una ardua tarea, por eso los tribunales los forman varios juristas y en raras ocasiones deciden por unanimidad.

Por eso esas cosas mejor dejarlas a los profesionales.

En un foro cada quien deberia ser responsable de sus manifestaciones.
 
Por eso esas cosas mejor dejarlas a los profesionales.

En un foro cada quien deberia ser responsable de sus manifestaciones.

Son cosas que ocurren cuando a un don nadie con complejos de inferioridad se le da una parcela de poder, por insignificante que esta sea.
 
Están dando un espectáculo lamentable, la gente ya está hasta los mismísimos pero a calópez no parece llegarle el clamor.

La moderación es una fruta cosa, pero si consigue que tú y unos cuantos más os larguéis con viento fresco... pues como se suele decir, no hay mal que por bien no venga.

Estáis tardando en largaros. ¿Acaso os preocupa no ser nadie fuera de este foro?
 
La moderación es una fruta cosa, pero si consigue que tú y unos cuantos más os larguéis con viento fresco... pues como se suele decir, no hay mal que por bien no venga.

Estáis tardando en largaros. ¿Acaso os preocupa no ser nadie fuera de este foro?

Tus problemas, traumas y rencillas personales - que constituyen el grueso de tus aportaciones - nos la sudan copiosamente a todos los foreros. Hablo en nombre de todos sin temor a equivocarme.
 
¿Alguna judisprudencia al respecto?

Sí, el Tribunal Constitucional ampara la negación del holocausto Redbull. Mi opinión es contraria a esta decisión, pero lamentablemente existe jurisprudencia respecto a este tema.

Pero yo vengo a hablar de lo mío, como hace todo el mundo. Buenas tardes.

Paso decisivo para la libertad de investigación

El Tribunal Constitucional anula el delito de negación de genocidio

Era perfectamente absurdo que negar la existencia de un genocidio se considerara equivalente a defender un genocidio. Y era peligrosísimo que someter a estudio histórico –con ánimo crítico- tales o cuales procesos genocidas se considerara como una defensa implícita de los asesinos, a poco que el estudio se alejara de la versión oficial. Semejantes contrasentidos formaban parte de la legislación española. Ahora dejan de tener vigencia con una sentencia del Tribunal Constitucional que anula el delito de negación de genocidio. Una sentencia importante por lo que concierne a la libertad de expresión, pero, sobre todo, una sentencia con la que la Justicia española ampara la libertad de investigación.

La primera condena dictada en España por el delito de apología del genocidio, también será la última. Es más, será revocada. El Tribunal Constitucional decidió ayer despenalizar un supuesto que se incluyó en el nuevo Código Penal de 1995. El artículo 607.2 prevé penas de hasta dos años de guandoca para quienes, «por cualquier medio» difundan «ideas o doctrinas que nieguen o justifiquen» el holocausto.

El Constitucional se ha pronunciado sobre el caso Varela después de 10 años.

Desde el año 2.000, en el que se presentó un primer escrito por parte de la defensa de D. Pedro Varela Geiss para sostener, ante el Tribunal Constitucional, la cuestión de inconstitucionalidad elevada por la Sala de lo Penal de la Audiencia Provincial de Barcelona, Sección Tercera, sobre la legalidad del Artículo 607,2 del Código Penal, ha sido preciso que menguaran muchas lunas para que nuestra Alta Magistratura se decidiera a resolver un problema tan delicado.

El mundo moderno presenta un acontecer terrible que exige respuestas terminantes por parte de la legislación penal. Las matanzas que se han ido sucediendo a lo largo de los dos últimos siglos llevaron a la doctrina jurídica a configurar el concepto del delito de genocidio, que se ha incorporado al acervo de las legislaciones de todo el mundo occidental. Concretamente, en España se tipifica en el artículo 607 del Código Penal.

Pero el legislador español de 1995 aprovechó la ocasión para tratar de limitar la libertad de expresión introduciendo un subtipo penal completamente inconstitucional: el delito de genocidio, tipificado como la negación de un genocidio, recogido en el artículo 607,2 del Código Penal. Incurrían en él todos aquellos que trataran de negar o justificar el genocidio o rehabilitar regímenes que amparasen prácticas generadoras de los mismos.

No hace falta ser un experto en cuestiones jurídico-penales para darse cuenta de que la conducta típica del delito de genocidio (el exterminio masivo por razones de raza o religión) y el bien jurídico que se protege (la comunidad internacional), no tiene nada que ver con la negación de un genocidio histórico, cuya conducta típica es la emisión de una opinión y es imposible determinar cual es el bien jurídico que protege.

El Tribunal Constitucional ha puesto un poco de cordura en este asunto. Todavía no se conoce el contenido de la Sentencia pero se ha filtrado la decisión del Pleno del Tribunal Constitucional que aprueba la ponencia presentada por el magistrado D. Eugeni lgtb anulando el artículo 607,2.

Esta decisión se suma a una famosísima Sentencia de nuestro Tribunal Constitucional 214/1.991, de 11 de Noviembre, donde se afirmaba que del examen de la totalidad de declaraciones del demandado publicadas, no sólo de las parcialmente tras*critas en el escrito de demanda, es indudable que las afirmaciones, dudas y opiniones acerca de la actuación “nancy” con respecto a los judíos y a los campos de concentración, por reprobables o tergiversadas que sean -y ciertamente lo son al negar la evidencia de la Historia- quedan amparadas por el derecho a la libertad de expresión (art. 20.1 CE), en relación con el derecho a la libertad ideológica (art. 16 CE), pues, con independencia de la valoración que de las mismas se haga, lo que tampoco corresponde a este Tribunal, sólo pueden entenderse como lo que son: opiniones subjetivas e interesadas sobre acontecimientos históricos. Es indudable que el Tribunal Constitucional ha venido a reiterar su propia doctrina al anular el delito de negación de genocidio.

Podemos estar seguros de que esta doctrina afianza un Estado de libertades que, últimamente, está amenazado por actitudes hostiles por parte de partidos, gobiernos locales, grupos de presión y agrupaciones delictivas. Lo contrario supondría abrir la Caja de Pandora.
 
Sí, el Tribunal Constitucional ampara la negación del holocausto Redbull. Mi opinión es contraria a esta decisión, pero lamentablemente existe jurisprudencia respecto a este tema.

Pero yo vengo a hablar de lo mío, como hace todo el mundo. Buenas tardes.

Paso decisivo para la libertad de investigación

El Tribunal Constitucional anula el delito de negación de genocidio

Era perfectamente absurdo que negar la existencia de un genocidio se considerara equivalente a defender un genocidio. Y era peligrosísimo que someter a estudio histórico –con ánimo crítico- tales o cuales procesos genocidas se considerara como una defensa implícita de los asesinos, a poco que el estudio se alejara de la versión oficial. Semejantes contrasentidos formaban parte de la legislación española. Ahora dejan de tener vigencia con una sentencia del Tribunal Constitucional que anula el delito de negación de genocidio. Una sentencia importante por lo que concierne a la libertad de expresión, pero, sobre todo, una sentencia con la que la Justicia española ampara la libertad de investigación.

La primera condena dictada en España por el delito de apología del genocidio, también será la última. Es más, será revocada. El Tribunal Constitucional decidió ayer despenalizar un supuesto que se incluyó en el nuevo Código Penal de 1995. El artículo 607.2 prevé penas de hasta dos años de guandoca para quienes, «por cualquier medio» difundan «ideas o doctrinas que nieguen o justifiquen» el holocausto.

El Constitucional se ha pronunciado sobre el caso Varela después de 10 años.

Desde el año 2.000, en el que se presentó un primer escrito por parte de la defensa de D. Pedro Varela Geiss para sostener, ante el Tribunal Constitucional, la cuestión de inconstitucionalidad elevada por la Sala de lo Penal de la Audiencia Provincial de Barcelona, Sección Tercera, sobre la legalidad del Artículo 607,2 del Código Penal, ha sido preciso que menguaran muchas lunas para que nuestra Alta Magistratura se decidiera a resolver un problema tan delicado.

El mundo moderno presenta un acontecer terrible que exige respuestas terminantes por parte de la legislación penal. Las matanzas que se han ido sucediendo a lo largo de los dos últimos siglos llevaron a la doctrina jurídica a configurar el concepto del delito de genocidio, que se ha incorporado al acervo de las legislaciones de todo el mundo occidental. Concretamente, en España se tipifica en el artículo 607 del Código Penal.

Pero el legislador español de 1995 aprovechó la ocasión para tratar de limitar la libertad de expresión introduciendo un subtipo penal completamente inconstitucional: el delito de genocidio, tipificado como la negación de un genocidio, recogido en el artículo 607,2 del Código Penal. Incurrían en él todos aquellos que trataran de negar o justificar el genocidio o rehabilitar regímenes que amparasen prácticas generadoras de los mismos.

No hace falta ser un experto en cuestiones jurídico-penales para darse cuenta de que la conducta típica del delito de genocidio (el exterminio masivo por razones de raza o religión) y el bien jurídico que se protege (la comunidad internacional), no tiene nada que ver con la negación de un genocidio histórico, cuya conducta típica es la emisión de una opinión y es imposible determinar cual es el bien jurídico que protege.

El Tribunal Constitucional ha puesto un poco de cordura en este asunto. Todavía no se conoce el contenido de la Sentencia pero se ha filtrado la decisión del Pleno del Tribunal Constitucional que aprueba la ponencia presentada por el magistrado D. Eugeni lgtb anulando el artículo 607,2.

Esta decisión se suma a una famosísima Sentencia de nuestro Tribunal Constitucional 214/1.991, de 11 de Noviembre, donde se afirmaba que del examen de la totalidad de declaraciones del demandado publicadas, no sólo de las parcialmente tras*critas en el escrito de demanda, es indudable que las afirmaciones, dudas y opiniones acerca de la actuación “nancy” con respecto a los judíos y a los campos de concentración, por reprobables o tergiversadas que sean -y ciertamente lo son al negar la evidencia de la Historia- quedan amparadas por el derecho a la libertad de expresión (art. 20.1 CE), en relación con el derecho a la libertad ideológica (art. 16 CE), pues, con independencia de la valoración que de las mismas se haga, lo que tampoco corresponde a este Tribunal, sólo pueden entenderse como lo que son: opiniones subjetivas e interesadas sobre acontecimientos históricos. Es indudable que el Tribunal Constitucional ha venido a reiterar su propia doctrina al anular el delito de negación de genocidio.

Podemos estar seguros de que esta doctrina afianza un Estado de libertades que, últimamente, está amenazado por actitudes hostiles por parte de partidos, gobiernos locales, grupos de presión y agrupaciones delictivas. Lo contrario supondría abrir la Caja de Pandora.



Gracias, ya la conocia.

Era una pregunta retorica
 
Tienes menos carisma que ese balde de arena al que estás subido debajo de las faldas del moderador.

http://img208.imageshack.us/img208/4452/pilinguins.jpg

Así te has ganado tú el "carisma": insultando. Si no insultas no eres feliz. Valiente cosa de persona que eres.

Y por cierto, esas faldas del moderador que mencionas son las mismas detrás de las que te ocultas después de insultar. En cualquier otro foro ya te habrían echado sin contemplaciones hace mucho tiempo.

En los foros con una moderación medianamente normal la ralea como tú no dura ni dos días.

Si de verdad tuvieras la mitad del carisma del que presumes, ya te habrías ido del foro, como he hecho yo a lo largo de mi vida cuando en un sitio no me ha gustado cómo se hacían las cosas.
 
Última edición:
Otro hilo que se convierte en la novela de siempre, la interminable e insulsa confesión por parte de de un marginado vallisoletano sobre sus traumas incurables ...

Hoy toca el capítulo MMMVIIIXXII "pilinguinReReoaded no se va del foro, bua! bua! buaaa!"... continuación del anterior.
 
Última edición:
Son cosas que ocurren cuando a un don nadie con complejos de inferioridad se le da una parcela de poder, por insignificante que esta sea.

En un foro todos somos don nadie, y si no nos gusta el don nadie que modera, tenemos la posibilidad seguir siendo don nadie en otra parte.

Què no le gusta ser un don nadie?, pues a jorobarse.
 
En un foro todos somos don nadie, y si no nos gusta el don nadie que modera, tenemos la posibilidad seguir siendo don nadie en otra parte.

Què no le gusta ser un don nadie?, pues a jorobarse.

En este foro, además de ser unos don nadie, estos personajillos barriobajeros están protegidos por la moderación. Creo que tienen miedo de salir de debajo de las faldas de mamá por si en otra parte les parten la cara, lo cual sería lo normal.
 
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