Nico, con todos mis resptos ojo... como te sigas preocupando tanto en criticar Bitcoin en vez de disfrutar de él, se va a plantar en 1000$/Btc y seguiras con la misma historia... y mientras, la gente haciendo funcionar una nueva economia basada en ello y multitud de nuevas oportunidades.
Botones:
Yo no critico "el bitcoin", más bien porque me gusta mucho es que trato de mantener una mirada ECUANIME y no comprometida sobre todo el proyecto.
- Qué sería de un hilo de chupapollistas puros ?, todos aplaudiéndose sin una pizca de crítica o búsqueda del equilibrio ?
Por otro lado revisa tus datos porque, si bien es DOMINGO y es natural que baje el volumen, el que acabas de dar no coincide con los datos del día que son estos:
btcchina
23,610 35.80 %
mtgox 16,346 24.79 %
btce 11,045 16.75 %
bitstamp 8,878 13.46 %
En total -y en este momento- entre TODAS las tras*acciones (no sólo las cuatro arriba indicadas- el volumen ha sido de
65,944 BTC.
Bitcoinity.org
Este volumen es de un tercio al que venía funcionando durante la subida empujada por los chinos (que, siguen empujando y ahora sabemos por qué).
---------- Post added 28-oct-2013 at 04:15 ----------
Chicos, a ver si alguien de aqui me puede echar un cable y que ando metido en una idea pero necesito saber el "marco legal" que rodea a Bitcoin a dia de hoy en tras*ferencias bitcoin. Si yo cambio al mes un valor por encima de los 2000€ que ingreso en mi C.C. ¿Cómo justifico a Hacienda que es por Bitcoins?
¿Hay alguna manera legal de tras*ferir y recibir € en CC a cambio de Btc y que Hacienda no te diga que eres un estafador/drug dealer?
Básicamente si te ingresa desde una tras*ferencia de Btc-e o de Bitstamp podrías
acreditar el origen sin problemas. Obviamente también de MtGox pero no estoy muy seguro que pudieras recibir ese dinero (MtGox envía a cuentagotas).
Mi preocupación sigue siendo que Hacienda considere la venta de bitcoins como la venta de "productos digitales" y pretenda
cobrarte el IVA sobre esas operaciones.
También podrás acreditar el origen si vendes productos o servicios -
y los facturas- aunque los cobres con bitcoin. En ese caso SI agregarás IVA pero no será por los "bitcoin" sino
por el producto o servicio que estés suministrando.