Parlakistan
Madmaxista
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Es de ahora.Eso es de ahora o es una noticia antigua???
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Es de ahora.Eso es de ahora o es una noticia antigua???
Pues en la web ponía 2024, supongo que pone la fecha del día a qué estamos aunque se trate de noticias antiguas, eso me ha liado. Una lastima, me hacia ilusión cobrar de los orates de doña Manolita.Seguro? Diría que es del 2011 y al final se suspendió.
Edito: efectivamente, mismamente el link que has pasado es del 2011.
Ver archivo adjunto 2187600
Opinión personal:Que opinais del libro: Deja de perder dinero en bolsa y empieza a ganarlo con la inversion en valor, Arturo Lopez Perez, 2024, ed. Deusto
Habla sobre invertir sobre dividendos me queda nada para terminarlo. Lo puntuo con 7 / 10
Si ganase dinero con eso enseñaría en primer lugar los beneficios por elloQue opinais del libro: Deja de perder dinero en bolsa y empieza a ganarlo con la inversion en valor, Arturo Lopez Perez, 2024, ed. Deusto
Habla sobre invertir sobre dividendos me queda nada para terminarlo. Lo puntuo con 7 / 10
Voy a esperar que hagan la peliQue opinais del libro: Deja de perder dinero en bolsa y empieza a ganarlo con la inversion en valor, Arturo Lopez Perez, 2024, ed. Deusto
Habla sobre invertir sobre dividendos me queda nada para terminarlo. Lo puntuo con 7 / 10
No, no es lo mismo.
Leete el Convenio Internacional sobre doble imposición entre España y Francia. Sí alquilas o vendes un inmueble situado en España, tienes que presentar la Declaración de esos ingresos en España (como declaración de no residente).
En cambio rentas del trabajo y de valores mobiliarios, tendrías que presentar la Declaración de la renta en Francia, ya que eres residente allí, con independencia del país del banco que tengas depositados esos valores.
Insisto, leete el Convenio y normas subsidiarias de la UE de aplicación en estos casos, ya que se trata de que no tributes 2 veces por los mismos conceptos.
Sí España te ha practicado alguna retención en dividendos, fondos o valores, tienes que solicitar su devolución, bien la propia Declaración de la Renta francesa (deducción por doble imposición por dividendos, que supongo que existirá allí) o con un formulario a la HP española.
Como no residente en España, deberías hacer la declaración de no residentes si tienes patrimonio en España (e.g. una casa). No estoy seguro de si intereses de cuentas, plusvalías de acciones y demás se debe declarar en esta declaración para no residentes, pero si no se incluye ahí, entonces es que debes pagar solo en tu país de residencia.
Echa un vistazo a la documentación respecto a declaración de no residentes para ver qué conceptos son los que debes declarar a la hacienda española:
Mmmm... ¿las empresas chinas lo van a petar y van a despegar a partir de 2025 mandando a tomar por pandero a las occidentales?Regalo de fin de año para quien lo sepa descifrar.
Mas pistas no puedo dar.