Herencias de hijos a padres, caso practico

humanMonkey87

Madmaxista
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Os traigo un caso con mucha miga burbujos, ataos los machos :

A mi hermana le toca una vivienda de protección oficial hace 20 años. Mi progenitora decide vender su vivienda y “comprarle” la suya a mi hermana ya que le gustaba más . El titular siguió siiendo mi hermana ( ya que es de VPO). El caso es que mi progenitora le dio todo el dinero de la venta del piso más dinero , unos 80k.

El caso es que mis padres quieren poner la vivienda a su nombre o al nombre de todos los hermanos pero no sabemos cuál es la mejor opción para pagar menos impuestos . La vivienda está en cataluña . Debería mi hermana hacerse cargo del pago de la tras*misión de titularidad de ella a mis padres ? O cambiar la escritura para que estén solo Mís padres? Que implicaciones puede tener todo esto ?

Tema serio por favor


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Lo primero es que consultes a un abogado especializado en el tema ya que es serio.

Y así de primeras veo que si se pone a nombre de tus padres, pagaréis impuestos ahora
por regularizar la propiedad y dependiendo de la cuantía de la herencia tb a su fallecimiento (o no).

Igual lo suyo es que se ponga a nombre de los hermanos ahora, pagándo los impuestos a partes iguales (tu hermana ya tiene su parte a su nombre por lo que se ahorra ese impuesto sobre el total) y poner el piso en usufructo a nombre de tus padres (la propiedad es de su uso hasta que se extingue al fallecimiento), haciéndolo así solo se pagarían 3/4 partes (si sois 4 hermanos, 2/3 si sois 3..) de los impuestos de una sola vez.

Igual es una burrada y alguien más enterado te puede ayudar mejor, pero esto te lo comento para no hacer el canelo y pagar impuestos y escrituras (notario) de más .

Consulta un profesional..
 
Lo primero es que consultes a un abogado especializado en el tema ya que es serio.

Y así de primeras veo que si se pone a nombre de tus padres, pagaréis impuestos ahora
por regularizar la propiedad y dependiendo de la cuantía de la herencia tb a su fallecimiento (o no).

Igual lo suyo es que se ponga a nombre de los hermanos ahora, pagándo los impuestos a partes iguales (tu hermana ya tiene su parte a su nombre por lo que se ahorra ese impuesto sobre el total) y poner el piso en usufructo a nombre de tus padres (la propiedad es de su uso hasta que se extingue al fallecimiento), haciéndolo así solo se pagarían 3/4 partes (si sois 4 hermanos, 2/3 si sois 3..) de los impuestos de una sola vez.

Igual es una burrada y alguien más enterado te puede ayudar mejor, pero esto te lo comento para no hacer el canelo y pagar impuestos y escrituras (notario) de más .

Consulta un profesional..

Muchas gracias por una opinión con voluntad de ayudar . La verdad que es complejo el asunto y tendremos que ir a un profesional para que evalúe todas las posibles opciones


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Si han hecho escritura de compra-venta creo que os habéis precipitado.

Entre padres e hijos es mucho más barato una donación que una compra-venta.

De todas formas pensadlo bien que estos rollos a veces acaban entre los hermanos como el rosario de la aurora.
 
Se puede dar un usufructo en una vpo?
Aquí en madrid esa vpo estaría ya desclasificada por lo que con la buena voluntad de tu hermana se harían sin problema , no puedo ayudar al no saber cómo va en Cataluña
 
La venta de una VPO sin haber pasado el periodo de protección es ilegal, si así ha sido, tu hermana debería haber devuelto el dinero a tus padres, por qué no es legal la compra-venta o si todo queda en familia, no declarar la venta de la vivienda y donarla ahora, pagando un poco la verdad.

Ojito, si se enteran de esa compraventa ilegal os podéis quedar sin pasta y sin piso.
 
La venta de una VPO sin haber pasado el periodo de protección es ilegal, si así ha sido, tu hermana debería haber devuelto el dinero a tus padres, por qué no es legal la compra-venta o si todo queda en familia, no declarar la venta de la vivienda y donarla ahora, pagando un poco la verdad.

Ojito, si se enteran de esa compraventa ilegal os podéis quedar sin pasta y sin piso.

Una VPO si que se puede vender, lo que ocurre es que dependiendo de los años que tenga, hay que descalificarla previamente.

Como esos plazos dependen de cada taifa, pues él sabrá.

Si han hecho escritura, que no lo dice, se podría vender porque en caso contrario el notario les habría dicho que la venta era ilegal.
 
Yo entiendo que la venta de la hija a los padres se hizo a "escondidas" y que la pasta que recibió la hija la tiene guardada en el condón del novio o la fue gastando poco a poco, en cualquier caso, no la metió en el banco.

Ahora la hija tiene la casa a su nombre y la pasta.

Para pasarla a los padres, lo mejor es que haga una donación y los padres paguen el impuesto que toque.

Como la hija sea una hija de fruta, se quedará con la casa, aunque deje vivir allí a sus padres.


Las herencias son un puñetero rollo.
 
Una VPO si que se puede vender, lo que ocurre es que dependiendo de los años que tenga, hay que descalificarla previamente.

Como esos plazos dependen de cada taifa, pues él sabrá.

Si han hecho escritura, que no lo dice, se podría vender porque en caso contrario el notario les habría dicho que la venta era ilegal.
Si y No, las VPO solo se pueden vender si han pasado el tiempo de carencia, son viviendas protegidas para personas con pocos recursos o casos especiales, consulta en tu comunidad el tiempo de carencia, normalmente pasan entre 10 y 20 años, si es este el caso no hay problema, si la vendió durante el periodo de carencia cometió una venta ilegal, si estaba hipotecada fue así,

si es el caso y se enteran en tu comunidad os van a sacar los ojos, además con razón, algo me dice que si lo hicisteis en B fue por algo...
 
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