LÁNGARO
Madmaxista
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1. Después de cada renovación del Congreso de los Diputados, y
en los demás supuestos constitucionales en que así proceda, el Rey,
previa consulta con los representantes designados por los Grupos
políticos con representación parlamentaria, y a través del Presidente
del Congreso, propondrá un candidato a la Presidencia del Gobierno.
2. El candidato propuesto conforme a lo previsto en el apartado
anterior expondrá ante el Congreso de los Diputados el programa
político del Gobierno que pretenda formar y solicitará la confianza de
la Cámara.
3. Si el Congreso de los Diputados, por el voto de la mayoría
absoluta de sus miembros, otorgare su confianza a dicho candidato,
el Rey le nombrará Presidente. De no alcanzarse dicha mayoría, se
someterá la misma propuesta a nueva votación cuarenta y ocho
horas después de la anterior, y la confianza se entenderá otorgada si
obtuviere la mayoría simple.
rajoy todavía no es presidente, con lo que esta caída es por culpa de Zapatero...
en los demás supuestos constitucionales en que así proceda, el Rey,
previa consulta con los representantes designados por los Grupos
políticos con representación parlamentaria, y a través del Presidente
del Congreso, propondrá un candidato a la Presidencia del Gobierno.
2. El candidato propuesto conforme a lo previsto en el apartado
anterior expondrá ante el Congreso de los Diputados el programa
político del Gobierno que pretenda formar y solicitará la confianza de
la Cámara.
3. Si el Congreso de los Diputados, por el voto de la mayoría
absoluta de sus miembros, otorgare su confianza a dicho candidato,
el Rey le nombrará Presidente. De no alcanzarse dicha mayoría, se
someterá la misma propuesta a nueva votación cuarenta y ocho
horas después de la anterior, y la confianza se entenderá otorgada si
obtuviere la mayoría simple.
rajoy todavía no es presidente, con lo que esta caída es por culpa de Zapatero...