Eso no me lo creo ni por el carajo, digame cuando la iglesia pregonaba el "olor a santidad" más bien el mal olor, lo de las casas de baño ni remotamente estaba difundido como en la época romana incluso los aristócratas apestaban, así que no era cosa exclusiva de las clases bajas, sin mencionar que no había sistema de cloacas como en las ciudades romanas y los desperdicios se tiraban a las calles volviendo aquellos insoportable y foco de toda clase de enfermedades.
Vivimos,sí, en plena era de la información, no sé por qué algunos os empeñais en quedar en evidencia.
Es cierto que las costumbres higiénicas,especialmente durante la alta Edad Media,se relajaron respecto a épocas anteriores aunque el tema de que la gente no se bañaba es una media verdad,en las ciudades principales existían casas de baños similares a las existentes en la antigua Roma.
Una imagen recurrente respecto a la higiene a lo largo de la Edad Media es la ausencia de la misma. Individuos que no se mudaban de ropa durante semanas o meses y para quienes el baño no era más que un ritual anual. Sin embargo, esta concepción resulta matizada en base a la proliferación de los baños públicos en el seno de los centros urbanos, así como del número de clientes que congregaban.
Los baños públicos en el periodo medieval sirvieron a dos finalidades, una honesta y otra no tanto.
Empezaremos con la primera, aun con conocimiento de la dificultad que entraña separar durante la baja Edad Media una de otra.
La instalación de baños en las casas particulares a lo largo de esta época no era lo más corriente, lo que no significa que las personas no se bañasen. De esta forma, el mayor protagonismo en lo que se refiere a la higiene personal estaría conferido a los baños públicos. Y como públicos que eran no extraña que fuesen objeto de regulación municipal.
Los propietarios de los baños muy a menudo eran las propias autoridades, ya fuesen concejiles o reales. En ocasiones, eran propiedad particular de altos personajes. Monarcas, concejos o particulares entregarían la explotación del negocio a terceros mediante arrendamiento.
El responsable del baño debía proveer de todo lo necesario para la buena marcha del establecimiento, pudiendo llegar a ser objeto de sanciones si se apartaba de este requisito.
No es tampoco extraño, que al responsable de los baños se le identificase también con un tabernero o posadero, puesto que era común que estos arrendatarios gestionasen al mismo tiempo una taberna o alquilasen habitaciones en los pisos superiores de las instalaciones balnearias.
Los baños, al igual que toda actividad comercial durante la baja Edad Media, estaban sujetos a diversas ordenanzas que regulaban su funcionamiento. Existen disposiciones documentadas y extraídas de distintos fueros peninsulares que versan sobre el uso de estos establecimientos.Así, el Fuero de Valencia prevendrá la asignación de días diferentes en la disposición de los baños para hombres y mujeres. También prohibiría la apertura de los mismos los domingos y el Viernes Santo a fin de no profanar la santidad de estos días.
Misma disposición, en cuanto a la segregación de hombres y mujeres a la hora de tomar un baño, la encontramos en el primer libro del Fuero de Cuenca en el cual se distribuyen los días de la semana para tal efecto. De esta manera, los martes y sábados se reservaban para los varones, lunes y miércoles para las mujeres, mientras que los viernes y domingos serían los días marcados para los judíos. Las sanciones correspondientes a la infracción de tal horario irían de uno a diez maravedíes. Los sirvientes que asistían con sus amos no pagaban, mientras que éstos, tendrían que abonar no mas de una meaja.
Pero la atención de los fueros municipales no sólo se centraría en regular la utilización y el funcionamiento de los baños. Lo cierto es que éstos, con mucha frecuencia, eran el escenario de riñas y robos. Así, el Fuero de Zorita penaría drásticamente el latrocinio. Si el objeto robado pertenecía al establecimiento, el culpable sería sentenciado a la amputación de una oreja, pero si la víctima era un particular mientras disfrutaba de su baño, el ladrón perdería las dos orejas.
A pesar de los innumerables reglamentos que prohibían la entrada de cortesanas o precisaban los días y las horas reservadas a los hombres y mujeres, todos los baños estaban abundantemente provistos de jóvenes camareras, dirigidas en Italia por una vagnara (concubina del regente), cuya misión era la de encargarse de los equipos de calefacción y de las tinas, a la vez que ayudaba a los clientes en sus "necesidades". Además, la afluencia femenina a los baños era significativa y la promiscuidad existente en los mismos más que notoria.
Si se pretendía una mayor intimidad, el cliente tenía también acceso a habitaciones separadas con lechos de sábanas perfumadas como bien describe Boccaccio en su cuento, desarrollado en un baño público, sobre la codiciosa cortesana Jancofiore y el mercader Salabaetto en el tras*curso de la lectura del Decamerón.
En cuanto a la estructura física de los baños, una obra fundamental corresponde al estudio realizado por Rodrigo Pertegás, en lo referente a dichos establecimientos, situados en la morería de Valencia. El complejo constaría de varios cuerpos de edificio, o de diversos departamentos o dependencias de un edificio único, de gran capacidad, departamentos que tal vez estarían separados unos de otros por patios seguramente descubiertos.
Además del departamento principal, que era propiamente el baño, y sin contar con las habitaciones destinadas a los empleados y a otros menesteres ya citados, tendría como estancias indispensables la que contenía el pozo para el aprovechamiento del agua, y la cámara para la calefacción de la misma, donde estaban instaladas las calderas, fogones y hornos necesarios para tal uso.
El baño propiamente dicho debía estar constituido por uno o más departamentos descubiertos, resguardados del sol por velámenes, con grandes balsas o piscinas para los baños en común, y de otro, también descubierto, con jardín, que sirviendo de punto de reunión y de espera a los concurrentes, tenía a su alrededor pequeñas estancias independientes destinadas al baño y servicio particular de los clientes en solitario o en compañía.
Al aumentar el tamaño de las casas particulares, al menos las de las clases más acomodadas, el baño paulatinamente se adentraría cada vez más en el ámbito de lo privado, lo que propiciaría a lo largo del siglo XVI, la decadencia de los baños públicos.
¿Se BAÑABAN en la EDAD MEDIA?