Avulense64
Madmaxista
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No hace falta ni tocarla para que te condenen a dos años
Artículo 173. 1. El que infligiera a otra persona un trato degradante, menoscabando gravemente su integridad jovenlandesal, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años.
Por agarrar de un brazo no menoscabas nada, sería absurdo . Dependerá del juez pero... imagino que él recurriría.