Concretamente, y según consta en la sentencia del Juzgado de lo Penal Número 1 de Segovia a la que ha tenido acceso Libertad Digital, en 2018 la progenitora de Olivia acusó a su todavía marido de cuatro delitos: maltrato con lesiones —por el episodio ya mencionado—, delito de violencia habitual, delito de lesiones psíquicas y delito leve de injurias.
El juez desestimó los tres últimos delitos, con duras acusaciones hacia la mujer, tal y como veremos a continuación, y únicamente lo condenó por el primero, subrayando que dicho episodio debía ser "analizado individualmente, pero no descontextualizado del marco de crispación que vivía la pareja". Bajo esta premisa, el magistrado optó por la "pena mínima", haciendo hincapié en que el "incidente explosivo" se produce "en un momento crucial, pues el acusado parece decidido a divorciarse y ella parece ponerle obstáculos para alcanzar su objetivo".