El padre de Olivia fue condenado por violencia machista (doméstica) y eso impidió darle antes la custodia

Es fuerte lo relatado ahí.

Y digo yo, si a la mujer la pillaron mintiendo en varias de sus acusaciones, ¿por qué no fue condenada? Tal vez el padre podría haberla denunciado por denuncia "en parte falsa" (ya que la parte de agarrarla del brazo sí la creyeron).
Porque la legislacion y la justicia feminista no funciona asi.

En España no existe el estado de derecho.
 
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Condenado. Y aun así le daban la custodia, ¿alguien sabe por qué?

Porque todo esto sale de una nota que ayer envió de manera apresurada el Tribunal Superior de Justicia de CyL para "matizar" las cosas. Nota que redactaron de manera adecuada (para salvar sus culos) y que los medios han copiado/pegado de manera íntegra en sus webs.

Entre las cosas que al TSJCyL se le "olvida" contar está todo el detalle de los hechos que llevaron a la condena :

El contexto :
Concretamente, y según consta en la sentencia del Juzgado de lo Penal Número 1 de Segovia a la que ha tenido acceso Libertad Digital, en 2018 la progenitora de Olivia acusó a su todavía marido de cuatro delitos: maltrato con lesiones —por el episodio ya mencionado—, delito de violencia habitual, delito de lesiones psíquicas y delito leve de injurias.

El juez desestimó los tres últimos delitos, con duras acusaciones hacia la mujer, tal y como veremos a continuación, y únicamente lo condenó por el primero, subrayando que dicho episodio debía ser "analizado individualmente, pero no descontextualizado del marco de crispación que vivía la pareja". Bajo esta premisa, el magistrado optó por la "pena mínima", haciendo hincapié en que el "incidente explosivo" se produce "en un momento crucial, pues el acusado parece decidido a divorciarse y ella parece ponerle obstáculos para alcanzar su objetivo".

La respuesta a tu pregunta :
Al tratarse de una "pena mínima", finalmente se acordó su suspensión bajo la condición de que Eugenio no cometiera ningún delito en el plazo de dos años. Es más, el juez ni siquiera lo consideró un impedimento para otorgarle a él la custodia de la pequeña Olivia, al ser el progenitor que seguía residiendo en el lugar donde la niña tenía su arraigo.

Los intentos de la mujer por hacer pasar al hombre por un maltratador :
Lo que la sentencia desliza es que la exmujer de Eugenio se aprovecha de este episodio para tratar de presentarle como un maltratador habitual, algo que el juez rechaza por completo, amparándose en los importantes testimonios de personas totalmente imparciales —desde trabajadoras de la guardería de su hija hasta la empleada del hogar—, pero también en el inconsistente relato de la supuesta víctima.

"La prueba de cargo tiene fisuras y el testimonio de la perjudicada presenta contradicciones, lagunas, es parcial. Cuenta a los profesionales una serie de informaciones sesgadas", advierte el juez. "Resulta muy difícil construir un relato acusatorio uniforme y contundente de violencia habitual, cuando la propia acusada presenta serias fisuras en su línea de testimonio —añade en otro de los párrafos—, pues falta a la verdad u omite datos que entiende que la desfavorecen, en el marco de una relación caduca y sinsentido que ella pretende superar sin la aquiescencia de su pareja".

La incongruencia con el perfil de maltratador :
El magistrado reconoce que "la perjudicada no era feliz en su matrimonio, por no decir que era muy infeliz", así como que "el acusado es una persona fría y distante". Sin embargo, subraya que "no es muy congruente con el aura de dominación típica de la violencia machista, que sea él y precisamente él el que se conciencie de que la relación entre ellos es inviable e insalvable". Dicho de otra manera: por lo general, los maltratadores no quieren dejar a sus víctimas, sino que son ellas las que quieren escapar. En este caso, es él el que plantea la separación y se enfada por la negativa de su pareja.

El testimonio de una persona ajena a la pareja
La empleada doméstica, por su parte, "viene a manifestar con contundencia que ella era la que llevaba la voz cantante en la casa" y la que tenía más "carácter". Es más, asegura que "el acusado se arrugaba ante ella". El juzgador da especial relevancia a su testimonio por cuanto "es una persona que pasa largas horas con ellos" y se muestra "equidistante a los dos" sin que ninguna de las partes haya puesto en duda su imparcialidad. Así, concluye que "no existe material para sostener una condena" por violencia habitual y absuelve, por tanto, a Eugenio de dicho delito.
 
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