El debate jurídico sobre la constitucionalidad de la ley de amnistía.

Esto no es un foro académico y no tengo por que aportar trabajos académicos ni es Vd nadie para decirme lo que debo o no aportar. Yo no tengo porque tener conocimientos de derecho, soy humilde, no voy de listillo, parece que le molesta que aporte opiniones de expertos, es su problema, hágaselo mirar. Los artículos que he aportado son artículos publicados en su mayoría en revistas jurídicas y están firmados por catedráticos de derecho constitucional o juristas de similar nivel. Si no le gustan no los compre. Encontrará muchos más artículos sobre el tema de juristas que se oponen a la constitucionalidad de la amnistía que de los que opinan lo contrario. Si no le gusta es su problema.
Me ahorro entrar en detalles sobre lo que opino acerca de su interpretación y conocimientos del derecho, pero me parece bien que todos, aunque sean ignorantes y presuntuosos puedan opinar.

Sucede que en este tema no soy ignorante. Y no, Vd no ha aportado nada de eso que dice, ni opiniones de expertos ni nada. Porque no hay nada que le de la razón. Además se lo he preguntado, tienen obra publicada sobre el tema? No, fin.

Por supuesto que Vd tiene derecho a tener una opinión sobre la posible amnistía. Pero decir que como no está de acuerdo no es constitucional no. Eso es uno de los problemas de España, hay que entender que la Constitución no es un programa político. Con la Constitución en la mano se pueden tomar decisiones políticas diametralmente opuestas. Al final andar siempre con el discurso de que lo que no gusta no cabe en la Constitución es deslegitimar el sistema democrático. Total, si la Constitución lo tiene todo previsto pues pongamos una tecnocracia.
 
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Es que esas ayudas son inconstitucionales.
Lo mismo que la exencion a los pobres de pagar el IRPF, dado que la CE dice que TODOS deben pagar impuestos en condiciones de IGUALDAD y progresividad segun su capacidad economica. Lo mismo que el IS frente al IRPF, que a igual ganancia paga menos impuesto.

Da igual el impuesto que sea, a igual ganancia, mismo tributo.

És al revés, que los impuestos sean progresivos significa que deben aumentar a mayor renta. Con este argumento un Manuel Aragón de turno podría decir que los impuestos indirectos son inconstitucionales porque no salen en la Constitución. Si es que hay para reírse.
 
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