No parece que sus superiores pensaran igual que usted.
R. O. de 11 de julio de 1901 (D. O. núm. 150)
Al Capitán señor Martín Cerezo.
Excmo. Sr.: En vista del informe del Consejo Supremo de Guerra y Marina de 6 del actual, relativo al expediente de juicio contradictorio para la cruz de San Fernando, instruido con objeto de averiguar el derecho a la misma del destacamento de Baler (Filipinas); y resultando de dicho procedimiento, que al fallecer el jefe de aquel se hizo cargo del mando el segundo teniente de Infantería, hoy capitán, don Saturnino Martín Cerezo, quien a pesar de las bajas tenidas, tanto causadas por el enemigo cuanto por las enfermedades epidémicas que se desarrollaron, la escasez de víveres y la falta de vestuario y comunicaciones, pudo prolongar tan notoria defensa, manteniendo la disciplina, reprimiendo algún intento de sublevación en sus tropas, imponiendo duro correctivo a los promovedores y rechazando repetidas intimaciones de rendición, hasta que después de once meses de asedio, en 2 de junio de 1899, capituló; siendo el único que, extremando la defensa, contrajo méritos dignos de tan esclarecida recompensa, el Rey (q. D. g.), y en su nombre la Reina Regente del Reino, de acuerdo con el parecer del citado Consejo Supremo y por resolución de 10 del actual, ha tenido a bien conceder al referido oficial la cruz de segunda clase de la Real y Militar Orden de San Fernando, con la pensión anual de 1000 pesetas, abonable desde el 2 de junio de 1899, día en que terminó la suma de méritos contraídos como jefe del expresado destacamento, según determina la Real orden de 17 de noviembre de 1875, y correspondiente al empleo de Primer Teniente que en aquella fecha disfrutaba, por considerarlo comprendido en el caso 55 del art. 25 y en el 33 del art. 27 de la ley de 18 de mayo de 1862.
De real orden lo digo a V. E. para su conocimiento y demás efectos.
Dios guarde a V. E. muchos años. Madrid 11 de julio de 1901.
WEYLER