Sucesos: Después de 4 años de espera mi abogado no hace nada y pierde el juicio

Vale tío. No es como si hubiese un registro público y publicado de colegiados.


Un censo de colegiados claro que hay. No hace falta ni ir al Colegio.
Lo que no hay en ese censo es un listado por especialidades, ni te pueden ofrecer los datos de sólo un grupo de colegiados (los supuestamente especializados en una materia frente a los que no lo estarían y por tanto no te dan a conocer).
Los listados que manejan los colegios son los voluntarios en los que se inscriben los colegiados para formar parte de determinadas listas (para administrador concursal, para actuar como peritos -contador partidor dativo-, como árbitro, etc.). Pero no son de libre acceso para el público, ni creo que puedan facilitarlos a particulares.
 
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Mi abogado nos dijo que no era necesario, y a todos nos estrañó muchísimo, pero aún así seguimos creyendo sus mentiras y no dejamos de confiar en él.

En la mayoría de plazas y a pesar que la prueba en un contencioso abreviado se propone y practica en el acto, los jueces para evitar suspensiones o tocadas de bemoles exigen que los interrogatorios vayan con preaviso. En este caso si no se ha pedido el interrogatorio de la reclamante, que a la administración desde luego no le interesa, y la reclamante está representada por procurador, su presencia no es necesaria.

Un abogado top en ese juzgado posiblemente hubiera obtenido el mismo resultado. Simplemente hubiera sido honesto y te habría dicho que la experiencia previa en ese juzgado y su línea es la que es. En mi plaza sé la línea que siguen los juzgados de lo contencioso en las distintas materias. Unos estiman filtraciones, otros no, unos estiman caídas, otros no...
 
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