Productos financieros: Consejo sobre fondos de inversión

¡jorobar! Pero es que parece una carrera de obstáculos. Lo que no entiendo es porqué no me dan la opción de vender A->traspasar->comprar A Vale que no es exactamente lo mismo que un cambio de comercializadora,, porque hay uno o dos días que el dinero sale del fondo, pero te ahorra todo el puñetero papeleo y la diferencia va a ser mínima.

Puede vender A, pero¿ como va a comprar B si no lo comercializa su banco /plataforma? Son cosas distintas con procedimientos distintos. La diferencia no es mínima.

Rellenar un documento y esperar no parece demasiada carrera de obstáculos.

Debe entender, que el banco no sólo se hace responsable del ***eto del fondo que comercializa, sino que tiene que habilitar los canales de comunicaciones, de actualizaciones.. Sobre todo si es con una gestora con la que no trabaja. Si es con una que ya trabaja seguramente el tiempo de espera será menor.

Pero es tiempo de espera en el que se está invertido, ¿cuál es el problema de esperar ?.

Pd: Para sacar dinero de fondos, pararlo, moverlo, evitar vender participaciones con más beneficios.. Sin pasar por hacienda, fondos monetarios.
 
Puede vender A, pero¿ como va a comprar B si no lo comercializa su banco /plataforma? Son cosas distintas con procedimientos distintos. La diferencia no es mínima.

No, yo no he dicho que sean equivalentes. Yo lo que afirmo es que, aparentemente, un mero cambio de comercializador parece una operación más sencilla que un traspaso entre fondos en el que se involocren dos comercializadoras distintas. Pero que, sin embargo, a efectos operativos es justamente al revés. Aprentemente un traspaso externo parece un cambio de comercializador+cambio de fondo, pero que en la práctica eso no debe de ser así, puesto que el procedimiento que hace el cliente no es el mismo. Así que he preguntado si alguien sabe cómo lo hacen exactamente y he planteado la forma que se me ocurre de que un traspaso externo no implique la gestión de un cambio de comercializador.

Rellenar un documento y esperar no parece demasiada carrera de obstáculos.

No es tan fácil, hay que descargar un documento, imprimirlo, rellenarlo, firmar, ir a una oficina y hacer la gestión de entregar el papel, o en su defecto, mendarlo por correo postal que implica ir a correos. Al final he logrado que acepten que lo firme digitalmente y lo envíe por correo electrónico. Además de todo ello, me piden que pida un extracto del fondo en el banco original para adjuntarlo.

Pero es tiempo de espera en el que se está invertido, ¿cuál es el problema de esperar?

Que a mí en realidad lo que me interesaba era quitarme de encima un tramo de participaciones con fecha anterior, para invertir en otro fondo el siguiente tramo. Sï ya se que a efectos de rentabilidad es lo mismo qué participaciones invierta; pero me gusta mantener los paquetes de inversiones iniciales, porque me resulta más sencillo controlar la rentabilidad así.
 
Yo lo que afirmo es que, aparentemente, un mero cambio de comercializador parece una operación más sencilla que un traspaso entre fondos en el que se involocren dos comercializadoras distintas. Pero que, sin embargo, a efectos operativos es justamente al revés. Aprentemente un traspaso externo parece un cambio de comercializador+cambio de fondo, pero que en la práctica eso no debe de ser así, puesto que el procedimiento que hace el cliente no es el mismo. Así que he preguntado si alguien sabe cómo lo hacen exactamente y he planteado la forma que se me ocurre de que un traspaso externo no implique la gestión de un cambio de comercializador.

Le parecera mas sencillo, pero es lo contrario, mas complicado. Es logico que lo sea. Hacer un traspaso de un fondo a otro es básicamente utilizar una operativa establecida entre dos entidades que ofrecen ese servicio. Un cambio comercializadora es, precisamente, "mover" un servicio a una entidad que no lo ofrece. Es logico que tarde mas dar de alta un servicio nuevo que no daba esa entidad.

Si quiere un traspaso al mismo fondo en otra entidad, la entidad destino debe tener ese fondo en su cartera. En ese caso si podria hacer el traspaso directamente. Sino, estaria n las mismas.

Que a mí en realidad lo que me interesaba era quitarme de encima un tramo de participaciones con fecha anterior, para invertir en otro fondo el siguiente tramo. Sï ya se que a efectos de rentabilidad es lo mismo qué participaciones invierta; pero me gusta mantener los paquetes de inversiones iniciales, porque me resulta más sencillo controlar la rentabilidad así.

Esto lo deberia poder hacer igual.
 
Le parecera mas sencillo, pero es lo contrario, mas complicado. Es logico que lo sea. Hacer un traspaso de un fondo a otro es básicamente utilizar una operativa establecida entre dos entidades que ofrecen ese servicio. Un cambio comercializadora es, precisamente, "mover" un servicio a una entidad que no lo ofrece. Es logico que tarde mas dar de alta un servicio nuevo que no daba esa entidad.

No entiendo bien. Partimos de que ambas comercializadoras ofrecen ese mismo fondo. ¿Un cambio de comercializadora no consiste básicamente en decirle a la gestora que X participaciones de fulano comercializadas por A pasar a estar comercializadas por B?

Si quiere un traspaso al mismo fondo en otra entidad, la entidad destino debe tener ese fondo en su cartera. En ese caso si podria hacer el traspaso directamente. Sino, estaria n las mismas.

¿A qué parece sencillo? Pues no. si quieres hacer esa operación, te dicen que no, que cambio de comercializadora, que ellos sólo hacen traspaso a fondo distintos y a iniciar papeleo.

Esto lo deberia poder hacer igual.

Pero para eso, necesito llevar las participaciones con fecha anterior a otra cuenta partícipe del mismo fondo. De ahí que quisiera hacer el cambio de comercializadora.
 
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