Ahorrar en la cancelación de hipoteca

Yo he descubierto este hilo hoy, y si puedo, mañana mismo empiezo los tramites de la hipoteca de mis padres, a ver por donde me salen a mi.

Sobre todo, lo más importante, diles que lo quieres tramitar tu. Así te ahorras 400 euros de la gestoría, que como bien dicen más arriba, se limitan a llevarlo de la notaría al Registro.
 
Sobre todo, lo más importante, diles que lo quieres tramitar tu. Así te ahorras 400 euros de la gestoría, que como bien dicen más arriba, se limitan a llevarlo de la notaría al Registro.

Gracias por el consejo. Os informaré de la evolución del evento
 
Bueno, os cuento. Esta mañana he ido al BBVA con mi progenitora para empezar el tramite. Nos atendio el director de la sucursal y nos explico todo el tramite y nos dijo que el banco no iba a cobrar nada por el papelito; pero eso si, todo el tramite, con gastos de notaria y registro, nos iba a costar sobre 500€ :roto2::roto2::)):))

Acto seguido, vamos a una notaria a preguntar. Nos explica todo el proceso otra vez, muy bien explicado y le pregunto por el precio. "Pues vendran a ser unos 70€, no Pedro? ; Si mas o menos. ¿Tiene levantamiento registral?, Si, lo tiene; pues entre aqui y alli, total unos 150€" me dicen.

Me voy al registro a preguntar y me dicen que aproximadamente, unos 80€ por el tramite. Los de la notaria lo habian clavao. Ahora que cuando vaya al banco a buscar el certificado, me voy a reir un poquito :D

Gracias por vuestra ayuda. Teneis pagada una sidrina por Asturies :Aplauso:
 
Tengo cipoteca en la CAM.
¿Si ahora los ha pillado el Sabadell tengo que cambiar algo y pagar? no entiendo.... :roto2:
 
Mucho cuidado: Ahora, con el tema de las fusiones y cambios de Caja de Ahorro a Banco, por cancelar una hipoteca, ya sea amortización anticipada o vencimiento final, están pidiendo una provisión de fondos de 500 eurossssss, que por supuesto luego no se va a sobrar nada. No coleisssss, le decís que os la quereis tramitar vosotros mismos, y que únicamente le pagas la factura del Notario, y lo demás (impuesto y Registro) lo haces tu mismo. No te pueden obligar a que lo haga su gestoría. Y si no quieren, amenazar con una reclamación oficial.

¿Provisión de fondos para una amortización anticipada? Si eso no tiene nada que ver con el notario....
 
Lo que deberia ser la cancelacion de hipoteca:

55 euros de notario
24 de registro

Todavia no he encontrado un notario que se ajuste a la ley. Cueva de ali baba y tal...


El Gobierno pone coto a los notarios y registradores al cancelar hipotecas | Política | EL PAÍS

El Gobierno pone coto a los notarios y registradores al cancelar hipotecas

Los funcionarios cobraban de más pese a la rebaja de su honorarios de 2007

MANUEL ALTOZANO Madrid 27 NOV 2011 - 20:10 CET

Años pagando religiosamente la hipoteca de la casa y, cuando se termina por fin de abonar el préstamo, llega otro gasto más. Los 200 euros o más que conllevan los trámites ante el notario y el registrador de la propiedad para cancelarlo. Pero esas cantidades, cobradas sistemática y arbitrariamente por esos funcionarios, son un exceso que, desde 2007, les ha producido beneficios millonarios. Justicia ha decidido acabar con ello y ha aclarado el arancel que conllevan estos trámites. Ahora, que el notario cobre para realizarlos más de 55 euros o el registrador más de 24 es ilegal. Y en sus minutas no cabe ningún otro concepto.

Esas tarifas ya estaban vigentes desde 2007 cuando el Gobierno aprobó una rebaja del arancel que cobran notarios y registradores por las cancelaciones de créditos hipotecarios. La Dirección General de Registros y del Notariado, dependiente de Justicia, dio desde 2009 la razón a varios perjudicados a los que se había cobrado de más. Pero estos funcionarios, que cobran por cada uno de los trámites en los que intervienen, se negaron a aplicar esas resoluciones y continuaron inflando sus facturas. Desobedecieron, incluso, resoluciones hebre*ciales.

La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) dio la voz de alarma en septiembre. Tras realizar un estudio entre sus socios, averiguó que, en las 83 operaciones analizadas, notarios y registradores habían cobrado 10.370 euros de más. El colectivo extrapoló esa cifra a las 372.042 cancelaciones de hipotecas que se tramitaron en 2010 obteniendo una cifra escandalosa. El sobrecobro total,si esas prácticas fueran generalizadas, superaba los 93 millones de euros. La OCU denunció el asunto ante la fiscalía y dio cuenta a Justicia para reclamar que estos funcionarios devolvieran lo ganado indebidamente. El resultado es la modificación de los decretos en los que se recogen los aranceles de notarios y registradores recién aprobado, que no les deja margen para interpretarlo en su beneficio.

Porque eso, precisamente, es lo que hacían. A pesar de que la propia exposición de motivos de la reforma de la ley de subrogación y modificación de hipotecas aprobada en 2007 explicaba que su objetivo era extender la rebaja en el arancel “a las cancelaciones que no tienen como finalidad la subrogación y a los créditos hipotecarios”, es decir, a las que se realizan una vez que la hipoteca se ha terminado de pagar, notarios y registradores entendían que el descuento solo era aplicable en los casos de subrogación (cuando el préstamo pasa a otra persona) y modificación de hipoteca, pero no en estas cancelaciones finales. Y lo hacían a pesar de que la Dirección General de Registros había resuelto reiteradamente que esa interpretación no era la correcta.

La reforma no deja lugar a dudas. En el caso de los notarios, el precio queda establecido en 30,05 euros por el trámite de la cancelación de la hipoteca, a lo que habrá que sumar los cinco euros que cuesta cada folio de la escritura. Como la nueva norma les prohíbe percibir ninguna cantidad a partir de la quinta hoja, la cantidad total a pagar será de unos 55,05 euros. Ni uno más. La cancelación del préstamo en el Registro de la Propiedad, por su parte, queda fijada en 24,04 euros. El registrador cobra en función del capital pendiente de pagar que, en estos casos, en los que la hipoteca se ha abonado íntegramente es igual a cero, luego le corresponde ese arancel mínimo únicamente.

La reforma, según fuentes de Justicia, tiene además por objetivo acabar con determinados conceptos por los que estos funcionarios cobraban habitualmente sin ningún respaldo legal. Las minutas de los notarios, por ejemplo, no podrán incluir otros gastos como, por ejemplo, información registral (24 euros), fax de comunicación al registro (30 euros), certificado de cargas (24 euros), diligencia de catastro (18 euros), obtención de certificaciones bancarias (60 euros) o búsqueda de antecedentes (60 euros). Y da igual que sean en papel o telemáticas.

En las de los registradores, los conceptos que hasta ahora engordaban notablemente la minuta y que ya no tienen cabida en ella son la certificación telemática (6 euros), la certificación gráfica y catastral (24 euros), nota marginal geobase (9 euros), cambio de titular de vivienda (24 euros), nota informativa notario (9 euros)… Cualquier ciudadano que reciba una factura en la que se incluyan estos conceptos, con independencia del trámite que las genere, podrá recurrir a la Dirección General de Recursos y del Notariado para pagar lo que estrictamente establece la ley. Nada más.
 
Bueno, os cuento. Esta mañana he ido al BBVA con mi progenitora para empezar el tramite. Nos atendio el director de la sucursal y nos explico todo el tramite y nos dijo que el banco no iba a cobrar nada por el papelito; pero eso si, todo el tramite, con gastos de notaria y registro, nos iba a costar sobre 500€ :roto2::roto2::)):))

Acto seguido, vamos a una notaria a preguntar. Nos explica todo el proceso otra vez, muy bien explicado y le pregunto por el precio. "Pues vendran a ser unos 70€, no Pedro? ; Si mas o menos. ¿Tiene levantamiento registral?, Si, lo tiene; pues entre aqui y alli, total unos 150€" me dicen.

Me voy al registro a preguntar y me dicen que aproximadamente, unos 80€ por el tramite. Los de la notaria lo habian clavao. Ahora que cuando vaya al banco a buscar el certificado, me voy a reir un poquito :D

Gracias por vuestra ayuda. Teneis pagada una sidrina por Asturies :Aplauso:

me apunto a la sidra, que me gusta mucho, jejeje

está claro, ellos piden de entrada 500 euros, pero realmente son esos los importes, unos 70 cada cosa (70 para el notario y 70 para el registrador) el resto, son los 'portes' de la gestoría, porque el impuesto no paga, está exento, así que es comprar el modelo en la oficina recaudatoria, que son unos 40 céntimos y au.

Proceso: recoges la escritura del notario, vas a liquidar el impuesto (compras un modelo y pones el nombre y poco más, y marcas exento no sujeto) la presentas en el mostrador, para liquidar, te ponen un sello en la escritura, y la llevas al Registro que corresponda, y ya te llamarán cuando tengan la hipoteca cancelada.
 
Bueno, vuelvo por aquí para contar el caso de una compañera con Caja Rural, necesitaba el levantamiento notarial de la hipoteca ya cancelada economicamente sobre la finca en la que se ha construido la casa.

Lo necesita para poder firmar una hipoteca sobre la vivienda que se ha construido (la está terminando) en esa parcela. El problema radica en que no ha querido hacer la hipoteca con Caja Rural por loo que la directora se ha puesto brava.

Hoy tenía que firmar, y le ha comentado el banco con el que va a hacer la hipoteca que no esta quitada la carga en notaria. Ha llamado a la directora de Caja Rural y resulta que dice que no puede hacerlo que hay nosequé problema y que eso no se puede hacer.

Le ha pedido el certificado de deuda cero (en el que aparezca el número de la finca, porque ella tiene ahora un resguardo de haber cancelado económicamente el préstamo pero sin indicación de la finca hipotecada) para encargarse ella misma de hacer el trámite, y OJO le ha dicho la directora primero no podia y segundo, que vale, que se lo hacía pero que tenía que ser con su gestoría y su notario, y que tenía que hacer una provisión de 800 euros. Cuando me lo ha dicho esta mañana no me lo podía creer, la pobre estaba fatal.

Acto seguido he repetido el trámite que ya hice cuando tuve yo el problema, sacar el libro de tarifas de la Caja, y la Memoria del Servicio de Reclamaciones del BdE, y nos hemos ido a otra oficina de la Caja (estamos en localidades distintas) para consultar la operativa. El director de esta sucursal ha intentado mediar, nos ha tratado muy bien, no sabía como tenía que actuar pues tenía las pruebas delante y no quería echar tierra sobre una compañera. Tras mucho hablar nos ha recomendado buscar una solución intermedia. Hemos vuelto a hablar con la Oficina en cuestión y se enrocan. Dicen que lo que decimos no se puede hacer, que no nos enteramos, a lo que contestamos que nos lo ponga por escrito. Que la única vía es pagar esa provisión y que nosotros no podemos hacerlo por nuestra cuente. Se niega.

Tras mucho hablar por telefono, mi compañera se da por vencida, les dice que se lo va a pagar pues le corre cierta prisa el certificado y si vas por reclamaciones tardas como mínimo 2 meses. No me lo puedo creer a pesar de tener la ley de tu lado estos *** y esa astuta (en el sentido de astuta, jejejeje) se iba a salir con la suya.

Finalmente mi compañera ha llamado a la notaria que le interesaba, y estos le han dicho que con el certificado que tiene, aunque no tenga el número de finca, hacen el requerimiento al apoderado del banco, y que está obligado a ir y a no tardar mucho en hacerlo.

Todavía no quiere cantar victoria pero desde luego, va a hacer todo lo posible porque esa entidad no vea un duro.

(Perdón por el Tocho pero me tenía que desahogar)
 
Como ya ha dicho alguien por ahí, casi lo mejor es pagarle a un abogado 50€ por 1 hora de su tiempo y presentarse con él a hablar con el director de turno, identificándose y tal....
Creo que así se andarán con mucho ojito.Prefiero gastarme 800 en un abogado antes que dárselos a estos HDLGP!!!!
 
Me han dado la factura de cancelación de hipoteca. Como veis me cobran 77€ porque Cajasol cambió de nombre. Creo que es legal que en el Registro lo cobren pero no es legal que me lo facturen a mi, debe pagarlo la caja.

Además me cobran 7 notas de cancelación afección fiscal, ¿por qué 7?

¿Qué os parece?

2012cancelacinhipotecag.jpg

2012cancelacinhipotecar.jpg
 
Me han dado la factura de cancelación de hipoteca. Como veis me cobran 77€ porque Cajasol cambió de nombre. Creo que es legal que en el Registro lo cobren pero no es legal que me lo facturen a mi, debe pagarlo la caja.

Además me cobran 7 notas de cancelación afección fiscal, ¿por qué 7?

¿Qué os parece?

2012cancelacinhipotecag.jpg

2012cancelacinhipotecar.jpg

Te quejas de lo que te cobra el registro y no de los 300 eurazos que te han cobrado por tres paseos???

Manda güevos.
 
Pero, ¿por qué no lo has tramitado tu?

Las afecciones fiscales canceladas: Cada vez que sobre tu casa se hace una operación que accede al Registro, va obligatoriamente asociada a una liquidación, actos jurídicos documentos y transmisiones patrimoniales, y ésta se queda sujeta a la liquidación. A los 5 años caducan dichas afecciones. Se van canceladondo cuando llevas algo al Registro.

La fusión, habla con el banco, para ver si puede modificarte la factura, y que ese concepto lo pague el banco. Normalmente cuela.
 
Al final, a mis padres les ha costado (precios redondeados):

- Banco: 0€ (solo faltaba...)
- Notaria: 45€
- Registro: 80€
- Impreso del Impuesto: 90 cts (me parece un robo!!!)
- TOTAL DE LA OPERACION(Paseando yo mismo los papeles): 126€ + o -

Hay una duda que tengo respecto a lo que pone en la escritura de cancelacion. En la ultima pagina, pone algo asi como que hay que liquidar el "Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana", y hay que hacerlo antes de 30 dias de la formalizacion de la escritura. ¿Este impuesto es la plusvalia, no? ¿Esto no se pagaba a la hora de vender el piso, o han cambiado las normas?

EDITO: Acabo de ver el post del compañero wyxchari. ¿300€ por dar un par de paseos y aguantar "dos colas"? Mañana mismo pongo una gestoria....
 
Hay una duda que tengo respecto a lo que pone en la escritura de cancelacion. En la ultima pagina, pone algo asi como que hay que liquidar el "Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana", y hay que hacerlo antes de 30 dias de la formalizacion de la escritura. ¿Este impuesto es la plusvalia, no? ¿Esto no se pagaba a la hora de vender el piso, o han cambiado las normas?

Exacto, es la plusvalía, pero en la cancelación de hipoteca, no hay. Imagino que serán cláusulas que meten por defecto al final del documento, igual que la de protección de datos.

Enhorabuena por la gestión
 
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