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segundo caso, lo que se busca es respetar el derecho constitucional de defensa en juicio.
Son los autos 034776/2010gla- “ROYAL VENDING S.A. c/ CABLEVISIÓN S.A. Y OTRO s/ ORDINARIO”. CNCOM- Sala A- 17/02/2010
En primer término, los magistrados resuelven que : ” El correo electrónico no puede ser observado por terceros, aún cuando no se empleen todavía los medios idóneos para la reserva de sus contenidos y en esa inteligencia cualquier injerencia en el ámbito privado de una persona sólo puede ser realizada con el control del órgano jurisdiccional. Caso contrario, se estarían infringiendo derechos básicos como la intimidad y la inviolabilidad de la correspondencia ordinaria (Art. 19 CN)”
Resuelven la inviolabilidad del correo electrónico al ordenar como prueba anticipada, una pericial informática. Necesaria citación de la contraria.Rechazo, en el caso, de la designación Defensor Oficial. | Blog legal de la Dra. Adela M. Prat
Y ya paso de resolver cuestiones juridicas, que caen por su propio peso.
Son los autos 034776/2010gla- “ROYAL VENDING S.A. c/ CABLEVISIÓN S.A. Y OTRO s/ ORDINARIO”. CNCOM- Sala A- 17/02/2010
En primer término, los magistrados resuelven que : ” El correo electrónico no puede ser observado por terceros, aún cuando no se empleen todavía los medios idóneos para la reserva de sus contenidos y en esa inteligencia cualquier injerencia en el ámbito privado de una persona sólo puede ser realizada con el control del órgano jurisdiccional. Caso contrario, se estarían infringiendo derechos básicos como la intimidad y la inviolabilidad de la correspondencia ordinaria (Art. 19 CN)”
Resuelven la inviolabilidad del correo electrónico al ordenar como prueba anticipada, una pericial informática. Necesaria citación de la contraria.Rechazo, en el caso, de la designación Defensor Oficial. | Blog legal de la Dra. Adela M. Prat
Y ya paso de resolver cuestiones juridicas, que caen por su propio peso.