estiercol inmobiliario
Será en Octubre
Ya no es el propietario el que decide que hacer con su vivienda.
El Supremo avala que tres quintos votos de los vecinos son válidos para prohibir un piso turístico
El alto tribunal descarta que deba acordarse por unanimidad, como se venía interpretando hasta ahora por la mayoría de las audiencias regionales
Un piso turístico en Valencia EP
El Tribunal Supremo ha avalado que las comunidades de vecinos puedan prohibir por mayoría de tres quintos de los votos del edificio los alquileres turísticos, descartando así que deba acordarse por unanimidad, como se venía interpretando hasta ahora por la mayoría de las audiencias provinciales. El Pleno de la Sala de lo Civil ha dictado, por unanimidad, dos sentencias en las que por primera vez se pronuncia sobre la interpretación y aplicación del artículo 17.12 de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH), introducido por un real decreto de 2019.
El Supremo avala que tres quintos votos de los vecinos son válidos para prohibir un piso turístico | El Correo
El alto tribunal descarta que deba acordarse por unanimidad, como se venía interpretando hasta ahora por la mayoría de las audiencias regionales
www.elcorreo.com