Debes de ser abogado o algo así.Vamos a ver. Tendrán que multarte en base a la ley, principio de legalidad.
Lo de los 32 días excluye directamente de la definición de alquiler turístico.
Pero te vuelvo a decir lo mismo. Lo importante es la finaldiad del contrato, si alquilas una semana en verano para estudiantes que vienen a un curso de verano, profesores que van a dar una conferencia, gente que viene a trabajar en una obra itinerante y va a estar un mes en la ciudad, etc etc etc, NO ES ALQUILER TURÍSTICO y me da igual la duración del contrato.
Aunque tengas legalmente razón, no vale la pena alquilar 15 días en verano si luego tienes que pelearte con el Ayuntamiento porque te pongan una multa del copón, aunque puedas ganarles en un contencioso.
Para otras cosas si que no hay más remedio que pelear.