restricciones impuestas por la falange y los franquistas a las mujeres durante la Dictadura

Volveríais a implantar el "Permiso marital"?

  • Si, volvería a imponerlo

    Votos: 23 54,8%
  • No, soy una persona civilizada

    Votos: 19 45,2%

  • Total de votantes
    42
  • Encuesta cerrada .
Eran tan importantes esas leyes que todas vivieron tan tranquilas sin saber que existían.

Qué cosas. Más de una se va a llevar un susto si las lee.
Pues sí que existieron, Brigit.

Un ejemplo:

Orden de 3 de marzo de 1950 que establece la Reglamentación de Trabajo para el personal de la Banca privada:

Art. 50. El personal femenino ingresado en la Banca con fecha posterior a la de 3 de marzo de 1950 deberá abandonar el trabajo en el momento que contraiga matrimonio, pero tendrá derecho a reingresar si se constituyera en cabeza de familia, por incapacidad o fallecimiento del marido.

Lo mismo que ésta recogen la Reglamentación del trabajo de la siderurgia, la de personal de Patrimonio Forestal del Estado, la de Empresas de Seguros, la de la Compañía Nacional Telefónica o la de Televisión Española. y en general todas las reglamentaciones que se aprobaban por orden.

Respecto a los sueldos os pongo este artículo del Reglamento de Trabajo de las industrias de fieltros y sombreros de 1948.

Art. 43. 1) Las mujeres que actúen en las industrias regidas por este Reglamento percibirán, cuando menos, el ochenta por ciento de la remuneración marcada en sus Tablas de Salarios para las diferentes categorías

Lo mismo aparece en otras reglamentaciones como la Agrícola.

Estas leyes fueron modificándose a partir de finales de los 50. Por eso aquellos que tomáis como referencia vuestras propias familias no encajáis sus situaciones en lo que se expone al principio del hilo.

En el art. 321 del código civil antes de modificarlo en 1972.
....
las hijas de familia mayores de edad, pero menores de veinticinco años, no podrán dejar la casa paterna sin licencia del padre o de la progenitora en cuya compañía vivan, como no sea para tomar estado, o cuando el padre o la progenitora hayan contraído ulteriores bodas.


Respecto a la obligación de tener la autorización del marido para firmar contratos o disponer de sus bienes estaba legislado en el artículo 1263.3 del Código Civil en el que la mujer quedaba equiparada a los menores de edad, los dementes y los sordomudos analfabetos.

Art. 1263.3 “No pueden prestar consentimiento (para firmar un contrato)
1º Los menores no emancipados.
2º Los locos o dementes y los sordomudos que no sepan escribir.
3º Las mujeres casadas, en los casos expresados por la ley.”

En 1958 se modifica parte del código civil y aunque empieza a limarse ciertas diferencias, siguen manteniéndose aquellas que manda la tradición. En su exposición de motivos:

Por lo que se refiere a la capacidad jurídica de la mujer en general (...) ha parecido oportuno revisar las excepciones que presentaba el Código Civil, y reconocer, en su consecuencia capacidad a la mujer tanto pare ser testigo en los testamentos, como para desempeñar cargos tutelares.(...)

Si bien es cierto que el sesso por sí no debe dar lugar a diferencias y menos a desigualdades de trato jurídico civil, ha parecido igualmente claro hasta el punto de estimarlo también como principio fundamental que la familia, por ser la más íntima y esencial de las comunidades, no puede originar desigualdades, pero sí ciertas diferencias orgánicas derivadas de los cometidos que en ella incumben a sus componentes, para el mejor logro de los fines jovenlandesales y sociales que conforme al Derecho natural, está llamada a cumplir. Se contempla, por tanto, la posición peculiar de la mujer casada en la sociedad conyugal, en la que, por exigencias de la unidad matrimonial, existe una potestad de dirección, que la naturaleza, la Religión y la Historia atribuyen al marido, dentro de un régimen en el que se recoge fielmente el sentido de la tradición católica que ha inspirado siempre y debe inspirar en lo sucesivo las relaciones entre los cónyuges.


Pero además hay más disposiciones que muestran claramente la desigualdad de las mujeres en la vida civil, familiar, laboral, social y de todo tipo.

Art. 45 del código civil.

Está prohibido el matrimonio:

A la viuda durante los trescientos un días siguientes a la fin de su marido, o antes de su alumbramiento, si hubiese quedado encinta, y a la mujer cuyo matrimonio hubiera sido declarado nulo, en los mismos casos y términos, a contar desde su separación legal.

Art. 237

No pueden ser tutores
(...)
Las mujeres casadas que no hubieren obtenido licencia de su marido

Art. 1413

El marido, además de las facultades que tiene como administrador, podrá ena- jenar y obligar, a titulo oneroso, los bienes de la sociedad de gananciales; pero necesitará el consentimiento de la mujer o, en su defecto, autorización judicial


Ya sé que todo lo que he escrito es un peñazo pero creo que alguno agradecerá que no se hable de oídas o de lo que pasaba en una familia donde la mujer se incorporó al trabajo en los años 60 o 70, cuando la situación era muy distinta de lo que había sido en los años anteriores.

Esas situaciones existieron y estaban legislada. Eso fue así y así está escrito. Respecto a si las mujeres podían o no llevar pantalones seguro que alguno querrá buscar los textos legislativos de la censura de la época y podrá salir de dudas sobre lo que era considerado decente y decoroso y sus excepciones.
 
Molan más estos consejos feministas que vienen siendo lo mismo que está arriba más un "no te olvides de hacer lo que te dé la gana, pero siempre sin que se entere" :

El hombre, es como un buen vino, primero, se cosechan las 'uvas'. Luego, es deber y obligación de la mujer pisotearlos y mantenerlos en la oscuridad, para que maduren y se tornen buena compañía para la cena.

Si él no la quiere, usted, SI tiene quien la quiera. Y Si no la quieren, es porque no la merecen.

Finja siempre ser pura, buena e inocente.

Mienta con talento, y niegue todo hasta la fin. Al final ellos terminan creyendo.
Solteras sí, solas nunca.

¿Usted piensa en un 'bonus track' con algún ex? Recuerde que'figurita repetida no completa el álbum' (aunque las buenas se pueden coleccionar).

Cuando un hombre pide un 'tiempo', significa que quiere intentar con otra. Y si no tiene suerte, volverá con usted. Tenga presente que 'Tiempo, solo lo da el reloj'.

Tenga siempre un titular, y un enorme banco de reservas.

No trate con prioridad a quien la trata como opción.

El hombre que no “cumple”, abre la concurrencia y pierde la preferencia.
Repítale siempre: 'No tropieces… por que la fila avanza', y la puerta es selectiva.

Si el hombre que tropezó decide regresar, se le dice: 'saque número y espere al final de la fila'.

¿'Príncipe azul'...? ¡Es mejor el lobo feroz...que la ve mejor, la oye mejor y la come mejor!

Mienta, el hombre no se percata que nosotras también podemos hacerlo.


vaya consejos! lo peor es que todavia habra mas de un orate que caiga en esas cosas
 
Pues sí que existieron, Brigit.

Un ejemplo:

Orden de 3 de marzo de 1950 que establece la Reglamentación de Trabajo para el personal de la Banca privada:

Art. 50. El personal femenino ingresado en la Banca con fecha posterior a la de 3 de marzo de 1950 deberá abandonar el trabajo en el momento que contraiga matrimonio, pero tendrá derecho a reingresar si se constituyera en cabeza de familia, por incapacidad o fallecimiento del marido.

Lo mismo que ésta recogen la Reglamentación del trabajo de la siderurgia, la de personal de Patrimonio Forestal del Estado, la de Empresas de Seguros, la de la Compañía Nacional Telefónica o la de Televisión Española. y en general todas las reglamentaciones que se aprobaban por orden.

Respecto a los sueldos os pongo este artículo del Reglamento de Trabajo de las industrias de fieltros y sombreros de 1948.

Art. 43. 1) Las mujeres que actúen en las industrias regidas por este Reglamento percibirán, cuando menos, el ochenta por ciento de la remuneración marcada en sus Tablas de Salarios para las diferentes categorías

Lo mismo aparece en otras reglamentaciones como la Agrícola.

Estas leyes fueron modificándose a partir de finales de los 50. Por eso aquellos que tomáis como referencia vuestras propias familias no encajáis sus situaciones en lo que se expone al principio del hilo.

En el art. 321 del código civil antes de modificarlo en 1972.
....
las hijas de familia mayores de edad, pero menores de veinticinco años, no podrán dejar la casa paterna sin licencia del padre o de la progenitora en cuya compañía vivan, como no sea para tomar estado, o cuando el padre o la progenitora hayan contraído ulteriores bodas.


Respecto a la obligación de tener la autorización del marido para firmar contratos o disponer de sus bienes estaba legislado en el artículo 1263.3 del Código Civil en el que la mujer quedaba equiparada a los menores de edad, los dementes y los sordomudos analfabetos.

Art. 1263.3 “No pueden prestar consentimiento (para firmar un contrato)
1º Los menores no emancipados.
2º Los locos o dementes y los sordomudos que no sepan escribir.
3º Las mujeres casadas, en los casos expresados por la ley.”

En 1958 se modifica parte del código civil y aunque empieza a limarse ciertas diferencias, siguen manteniéndose aquellas que manda la tradición. En su exposición de motivos:

Por lo que se refiere a la capacidad jurídica de la mujer en general (...) ha parecido oportuno revisar las excepciones que presentaba el Código Civil, y reconocer, en su consecuencia capacidad a la mujer tanto pare ser testigo en los testamentos, como para desempeñar cargos tutelares.(...)

Si bien es cierto que el sesso por sí no debe dar lugar a diferencias y menos a desigualdades de trato jurídico civil, ha parecido igualmente claro hasta el punto de estimarlo también como principio fundamental que la familia, por ser la más íntima y esencial de las comunidades, no puede originar desigualdades, pero sí ciertas diferencias orgánicas derivadas de los cometidos que en ella incumben a sus componentes, para el mejor logro de los fines jovenlandesales y sociales que conforme al Derecho natural, está llamada a cumplir. Se contempla, por tanto, la posición peculiar de la mujer casada en la sociedad conyugal, en la que, por exigencias de la unidad matrimonial, existe una potestad de dirección, que la naturaleza, la Religión y la Historia atribuyen al marido, dentro de un régimen en el que se recoge fielmente el sentido de la tradición católica que ha inspirado siempre y debe inspirar en lo sucesivo las relaciones entre los cónyuges.


Pero además hay más disposiciones que muestran claramente la desigualdad de las mujeres en la vida civil, familiar, laboral, social y de todo tipo.

Art. 45 del código civil.

Está prohibido el matrimonio:

A la viuda durante los trescientos un días siguientes a la fin de su marido, o antes de su alumbramiento, si hubiese quedado encinta, y a la mujer cuyo matrimonio hubiera sido declarado nulo, en los mismos casos y términos, a contar desde su separación legal.

Art. 237

No pueden ser tutores
(...)
Las mujeres casadas que no hubieren obtenido licencia de su marido

Art. 1413

El marido, además de las facultades que tiene como administrador, podrá ena- jenar y obligar, a titulo oneroso, los bienes de la sociedad de gananciales; pero necesitará el consentimiento de la mujer o, en su defecto, autorización judicial


Ya sé que todo lo que he escrito es un peñazo pero creo que alguno agradecerá que no se hable de oídas o de lo que pasaba en una familia donde la mujer se incorporó al trabajo en los años 60 o 70, cuando la situación era muy distinta de lo que había sido en los años anteriores.

Esas situaciones existieron y estaban legislada. Eso fue así y así está escrito. Respecto a si las mujeres podían o no llevar pantalones seguro que alguno querrá buscar los textos legislativos de la censura de la época y podrá salir de dudas sobre lo que era considerado decente y decoroso y sus excepciones.

Si no digo que no existieran, pero afectaban a un porcentaje tan pequeño de la población femenina que bien pudieron vivir la mayoría sin siquiera conocerlas.

¿Había tantas mujeres trabajando en la banca?

En el Art. 43. 1) habla de que "percibirán, cuando menos, el ochenta por ciento de la remuneración marcada en sus Tablas de Salarios para las diferentes categorías."

Es bastante probable, tal como está redactado el texto, que ese "cuando menos" quiera decir que antes de esa ley no llegaban a ese 80%.

Sobre las viudas. Una mujer cuando enviudaba raramente se casaba de nuevo. Si hago memoria de las señoras de la edad de mi abuela, o incluso de mi progenitora no recuerdo a ninguna, aunque de eso no pueda sacar una estadística, claro. Enviudaban a veces con poco más de treinta años y nunca se volvían a casar.

Lo que destacas en negrita. Hoy nos puede parecer chocante, pero entre las parejas había un acuerdo tácito por el cual eso se aceptaba por ambas partes y sin fisuras. La ley era así, y no generaba ningún conflicto.


En fin, con mi comentario no quise decir que eso estuviera bien, pero estoy segura de que la mayor parte de las mujeres nunca necesitaron echar mano de ellas y vivieron sin conocerlas. Todos, hombres y mujeres, tenían claro su papel en la familia, en el trabajo y en la sociedad. ¿Podemos decir hoy lo mismo?
 
Si no digo que no existieran, pero afectaban a un porcentaje tan pequeño de la población femenina que bien pudieron vivir la mayoría sin siquiera conocerlas.

¿Había tantas mujeres trabajando en la banca?

No sé de dónde procede tu familia. La mía, excepto un único abuelo que era de pueblo, es de ciudad y me consta que durante la república muchas mujeres de las ciudades, al menos de Barcelona y Bilbao, que son de las que tengo referencia, sí que se habían incorporado a trabajos de toda clase, banca incluída. Mi abuela paterna era secretaria, cuando se acabó la guerra mi abuelo estuvo represaliado durante un tiempo, en cuanto salió de la prisión mi abuela fue invitada a dejar de trabajar puesto que ya había un cabeza de familia. Nunca le pregunté si aceptó de buen grado dejar de trabajar o no y ahora ya no puedo hacerlo pero me imagino una respuesta del tipo "ni se me ocurrió oponerme, las cosas no estaban como para ponerse sencilla". Era muy práctica, mi abuela.

En el Art. 43. 1) habla de que "percibirán, cuando menos, el ochenta por ciento de la remuneración marcada en sus Tablas de Salarios para las diferentes categorías."

Es bastante probable, tal como está redactado el texto, que ese "cuando menos" quiera decir que antes de esa ley no llegaban a ese 80%.

Quizás. No era mi intención decir que, en materia laboral, las mujeres empeoraron su status, sólo dejar constancia de que por ley y explícitamente estaban contratadas, cuando lo estaban, en inferioridad de condiciones económicas.



Sobre las viudas. Una mujer cuando enviudaba raramente se casaba de nuevo. Si hago memoria de las señoras de la edad de mi abuela, o incluso de mi progenitora no recuerdo a ninguna, aunque de eso no pueda sacar una estadística, claro. Enviudaban a veces con poco más de treinta años y nunca se volvían a casar.

Seguramente no. Al fin y al cabo habían conseguido un status social respetable, se habían sacudido el yugo de la tutela paterna o marital, cobraban una pensión y tenían muchísima más libertad que de solteras. Con conservar una apariencia discreta su vida era muchísimo más libre que la había sido nunca y además muchas tenían la vida económicamente resulta. ¿Quién pensaría en volver a una situación peor salvo que realmente te enamoraras mucho, mucho (difícil en un momento en el que el amor romántico era una entelequia) o estuvieras en una situación de desamparo?

En cualquier caso la ley dejaba bien claro que no podían volver a casarse antes del plazo que les daba. Los viudos, por si no ha quedado claro, estaban exentos de cualquier plazo.


Lo que destacas en negrita. Hoy nos puede parecer chocante, pero entre las parejas había un acuerdo tácito por el cual eso se aceptaba por ambas partes y sin fisuras. La ley era así, y no generaba ningún conflicto.

Eso era tácito y estaba bien porque a la sociedad no le quedó otra que tragar con que eso estaba bien. Una parte de ella sin duda por principio ya creía en ello y otra parte tuvo que agachar la cabeza y pasar por el tubo. España salía de una guerra civil precedida de una república en la que la población tenía ideas y creencias muy encontradas. No voy a reclamar que durante la república todo el mundo era progre y modernísimo y creía en la liberación de la mujer, en el divorcio, la libre enseñanza... porque sé que no era así pero sí que hubo una parte importante de población, sobretodo en nucleos urbanos industrales, a la que no le quedó más remedio que someterse a los dictámenes del código civil napoleónico, que la república había derogado, y que el franquismo volvió a recuperar.

Creo que es aventurar mucho que todo el mundo consideró desde el principio, que ése era el status natural de las mujeres dentro del matrimonio.

En fin, con mi comentario no quise decir que eso estuviera bien, pero estoy segura de que la mayor parte de las mujeres nunca necesitaron echar mano de ellas y vivieron sin conocerlas.

Sí, yo también lo creo. Igual que ahora vivimos sin conocer las leyes que nos rigen. Me gustaría saber cuántos de nosotros se ha leído una puñetera ley en su vida.

Todos, hombres y mujeres, tenían claro su papel en la familia, en el trabajo y en la sociedad. ¿Podemos decir hoy lo mismo?

Lo de ahora parece una locomotora sin frenos, sin maquinista, cuesta abajo, entrando en curva y con una pared delante. Un desastre al que no se le avista un arreglo.
 
Dos cosas:

1- Es usted un ignorante y de lo que ha colgado un 90% es mentira.

2-Se le escapaba babilla mientras lo escribió. Se nota mucho.
 
En telefónica se jubilaban 5 años antes que los hombres.....
 
“EQUIPARAR LOS PERMISOS DE PATERNIDAD ES CLAVE PARA QUE EL MERCADO DEJE DE PENALIZAR A LAS MUJERES”

Guðný Björk Eydal es socióloga y fue una de las impulsoras de la equiparación de los permisos de maternidad y paternidad en Islandia, una medida que ha conseguido reducir la brecha de género en el país nórdico a su nivel más bajo.



En los últimos años Islandia se ha convertido en un referente por su gestión de la crisis. Sin embargo, el país nórdico presume también de ser uno de los lugares donde la igualdad de género es más patente, no sólo sobre el papel, sino también en el día a día. Una de las claves para conseguirlo fue la equiparación de los permisos de paternidad y maternidad en el año 2000. Es más, el año pasado el Gobierno aprobó una nueva ampliación de ambos permisos.

La socióloga y profesora de la Universidad de Islandia Guðný Björk Eydal fue una de las impulsoras del proyecto piloto que más tarde se extendió a toda la isla. Eydal defiende que la equiparación de los permisos es fundamental para eliminar estereotipos, corregir la discriminación del mercado laboral, lograr la igualdad y, además, proveer a niños y niñas del cuidado que merecen por parte de ambos progenitores. Esta semana ha estado en Madrid para participar en un debate de la Plataforma por Permisos Iguales e Intransferibles de Nacimiento y Adopción (PPiiNA), que lleva años trabajando para que España adopte permisos de paternidad y maternidad iguales, intransferibles y pagados al 100%.

En Islandia tienen permisos iguales e intransferibles desde el 2000, pero el año pasado aprobaron su ampliación. ¿Cuál es la situación ahora?

Ahora mismo tenemos tres meses de permiso intransferibles para cada padre y tres meses más que sí son tras*feribles. En diciembre de 2012 se aprobó una nueva reforma para llegar al objetivo de cinco meses de permiso para cada padre y otros dos más que el padre o la progenitora pueden cederse entre sí. La norma dice que será gradual: el objetivo era empezar el año que viene y acabar la implantación en 2016. Pero el Gobierno ha dicho ahora que no pueden permitírselo este año, y que harán un nuevo plan sobre cómo implementar la ley, pero que realmente quieren hacerlo e incluirlo como parte de su nueva política social. Así que en estos momentos no sabemos con exactitud cómo será ese plan, aunque en principio el objetivo de 2016 no tiene por qué estar en riesgo.

¿Todos los partidos políticos estuvieron de acuerdo con esta reforma? ¿Cómo ha sido allí el debate?

No hubo ningún voto en contra y la discusión fue positiva. Antes de la crisis el Gobierno ya había recomendado ampliar los permisos, así que es un debate que llevaba tiempo produciéndose. Luego llegó la crisis, y esta no era la primera cosa que había que hacer pero la sociedad sí piensa ahora que es algo muy importante a llevar a cabo.

¿Cuáles han sido los efectos de la equiparación de los permisos en la sociedad islandesa?

Hemos estado investigando sobre ello. Sabemos que los padres varones han estado usando sus permisos, que la mayoría cogen estos permisos, porque todos tienen derecho a disfrutarlos, no sólo los que viven con los hijos. Vimos que estaban usándolos, pero queríamos saber si el objetivo de la ley se había conseguido, si esta norma estaba influyendo en cómo los padres reparten las tareas de cuidado entre ellos. Hicimos una investigación en tres momentos: antes de la ley, poco después de la ley y este verano. Lo que hemos comprobado es que los padres han cambiado por completo cómo cuidan a los hijos y ahora mismo el cuidado igualitario es muy frecuente en los primeros tres años de vida del niño. También sabemos que la brecha entre padres y madres en el mercado laboral se ha estrechado, está en su punto más bajo, es decir, hombres y mujeres se han acercado mucho en su forma de participar en el mercado de trabajo. Hemos estado también investigando sobre el reparto del trabajo en casa, y los indicadores muestran que nos hemos acercado a la igualdad también en este sentido. Así que gradualmente vemos cambios en los dos ámbitos: familia y trabajo.

Así que esta medida ayuda a involucrar a los hombres en las tareas de cuidado y del hogar…

Absolutamente. Es algo que queda muy claro es nuestros resultados, que los padres están ahí más que nunca, no sólo durante su permiso de paternidad, sino también durante los primeros tres años de vida del hijo, y probablemente ya para siempre. Definitivamente es algo que tendrá efectos no sólo a corto plazo, sino también a largo plazo. Queremos investigar en el futuro la influencia que esto tendrá sobre los niños, sobre cómo verán la paternidad, cómo construirán luego sus propias familias. Es algo que probablemente tendrá unos efectos a gran escala que nunca antes se habían visto.

Y en Islandia, ¿quienes están cogiendo la parte del permiso que puede disfrutar el padre o la progenitora, siguen siendo las mujeres?

Es más o menos lo que pasa siempre en todas partes: siempre que hay permisos compartidos o tras*feribles se acaban convirtiendo en permisos para las madres. Pero estamos viendo un cambio, el incremento del número de hombres que cogían esta parte del permiso con respecto al número de hombres que lo toman ahora, cuando uno de cada cinco padres está cogiendo una parte extra que añade a sus 3 meses intransferibles. A pesar de este cambio radical en los permisos, sigue siendo un cambio paulatino: las mujeres son las que dan el pecho, suelen estar en casa los primeros meses…, así que es difícil que la igualdad llegue desde el primer momento.

Pero estamos viendo una tendencia interesante, los permisos son muy flexibles, tú eliges cómo los usas, y pueden ser simultáneos o consecutivos. Es un uso muy flexible que, eso sí, tiene que hacerse en el periodo de dos años. Así que la mayoría de los padres eligen estar juntos las primeras semanas después del nacimiento, la mayoría son familias con su primer hijo, así que imaginamos que están cogiendo sus permisos a la vez porque lo consideran importante, porque es un momento clave para la familia y es un gran apoyo para las madres que los padres estén en casa encargándose también del cuidado. Es después de ese primer momento cuando las madres suelen coger todo su permiso, mientras que los padres añaden luego el suyo.

Los datos muestran que hay un cambio, o una ruptura, en la trayectoria profesional de las mujeres cuando tienen un hijo, algo que no sucede en el caso de los hombres…

Sí, es algo que se repite: siempre hay diferencias entre las mujeres con hijos y sin hijos, la fotografía es siempre la misma. Las tasas de fertilidad están estancadas. No se trata sólo de pensar en el cuidado de los hijos cuando éstos llegan sino en el hecho mismo de que la gente pueda pensar en tener hijos. En Islandia hemos experimentado un pequeño incremento en las tasas de fertilidad, así que también pensamos que los permisos contribuyen a que la gente tenga hijos, a que pueda tener la oportunidad de ser padres en estos tiempos tan precarios.

¿La equiparación de los permisos de paternidad y maternidad sirve para eliminar la discriminación hacia las mujeres que permanecen en el mercado de trabajo?

Sí, realmente creo que es fundamental para que el mercado deje de penalizar a las mujeres. Cuando tienes dos personas con empleo que tienen las mismas probabilidades de faltar al trabajo por motivos del nacimiento de un hijo, la discriminación empieza a decrecer radicalmente. Pero también hay que pensar que una flexibilidad muy alta en el mercado no es lo mejor: si hay mucha flexibilidad, es probable que los hombres se turnen muy rápidamente entre el trabajo y el cuidado del hijo y quizá no tengan tiempo suficiente para estar con los niños, para entrar realmente en el rol de padre. Esto hace que se conviertan en una especie de padre de reserva que acude cuando la progenitora necesita “ayuda”. Eso no es lo mejor, porque se siguen manteniendo el rol de la progenitora como persona de referencia y el papel del padre como un aporte extra. Por eso lo mejor es igualar lo máximo posible los permisos. Si se mira desde la perspectiva del niño, tener el mismo acceso tanto al padre como a la progenitora, y desde una perspectiva de género, es fundamental.

Supongo que Islandia ha conseguido este avance tan importante en igualdad porque también se han tomado otras medidas, ¿no es así?

Éramos la cenicienta de los países nórdicos, teníamos muy pocos servicios, pero desde los años noventa empezamos a incrementar los servicios de cuidados, de atención de día, de educación preescolar e infantil… Esto demuestra que, si nosotros pudimos hacerlo, aquí también se puede. Lo mismo ocurría con los permisos parentales, que eran escasos. Una cosa que hizo que la ley de equiparación fuera exitosa fue que añadimos meses de permiso a los padres varones pero no tuvimos que quitar parte del permiso a las madres para dárselo a los padres porque teníamos unos permisos muy pequeños de partida. Es más fácil avanzar así que en lugares donde los permisos de maternidad son muy extensos y apenas hay para los hombres que tienen un hijo.

La crisis es el argumento que está sirviendo para postergar o eliminar políticas sociales. Por ejemplo, en España la ampliación del permiso de paternidad se ha demorado en varias ocasiones. ¿Usted cree que es económicamente viable aprobar este tipo de medidas en un momento como el actual?

Está claro que la crisis es grave a muchos niveles pero, al mismo tiempo, al menos en teoría, siempre decimos que la crisis trae oportunidades. Es un momento para analizar qué estás haciendo, priorizar y tomar decisiones muy cuidadosamente. Es importante recordar que invertir en los niños no tiene nada que ver con la crisis y que la infancia debe estar resguardada de sus efectos todo lo que sea posible. Proveer a los niños de una atención y cuidados adecuados por parte de sus dos padres sería algo que yo priorizaría. Hay que ver con cuidado qué inversiones se van a hacer y qué tipo de sociedad, ciudadanía y familias generarán.

¿Cómo cambiar la mentalidad de la gente que sigue defendiendo que son las mujeres las que prefieren estar en casa con los niños, tener más permiso de maternidad o reducir su jornada?

He estado en muchos países y discutido con muchas personas sobre esto y sigo creyendo que las ideas sobre la igualdad de género son muy sólidas. Si a la gente le preguntas si quiere igualdad, nadie diría que no pero, cuando hay que hablar de cómo conseguirlo, entonces ya empiezan los problemas. Es un proceso complicado, hay obstáculos culturales, estructurales, incluso obstáculos legales. Confío en que la gente joven con mentes críticas, con mucha información disponible y herramientas nuevas de discusión y difusión, pueda generar cambios. Las cosas cambian ahora muy rápido y estamos en un nuevo camino: si queremos encontrar cualquier tipo de solución a nuestros problemas, tenemos que tener un diálogo abierto y democrático y llegar a mucha más gente. Mira Islandia, si nos hubieran dicho hace 30 años que íbamos a hacer algo tan bueno en políticas de cuidado, nadie lo hubiera creído, pero sucedió. Todo es posible y España también puede hacerlo.

“Equiparar los permisos de paternidad es clave para que el mercado deje de penalizar a las mujeres” | Ssociólogos
 
6: Completamente falso. Una mentira tan burda resta toda la credibilidad al resto del artículo.

9: Ahora las mujeres no pueden tener hijos aunque quieran. ¿Ahora crees que no se diseña un tipo de mujer desde la escuela y los medios de comunicación? :XX: ¿Qué prefieres: una mujer como tu abuela o Lady Gaga?

10: Ahora las adolescentes abortan sin problema tras haber sido preñadas por el mítico camello que vende drojas en la puerta de los institutos.

11: Ahora la visillera de turno le pone los cuernos a su marido con el primer espabilao que encuentre, el marido la llama astuta y la pájara lo denuncia por violencia de género, va a la guandoca y se queda con su casa

¿Y qué te crees, que ahora no hay determinados libros censurados?

Fuente: cannabiscafe.net: una web que hace apología de una droja que puede producir esquizofrenia, y que el sistema vende como "rebelde" para anestesiar a los individuos más despiertos.

Sigue fumando porritos, progre. Y encima créete antisistema por hacerlo cuando el tráfico de drojas está controlado por los estados y las grandes empresas tras*nacionales.


Ni una jodida historia clínica sobre la producción de esquizofrenia como consecuencia directa consumo habitual de cannabis.


Ale, date un voltio.

:XX:
 
De locos. Un estropeado truño de normas y leyes existían con esos estultoes, que jodían tanto a hombres como a mujeres. Una absurda forma de amputar libertades básicas e igualdad de derechos de la sociedad.
 
el codigo civil es de 1888, me parece, no franquista.
El primero de mayo se celebraba con fanfarrias y exhibiciones en la Casa de Campo, lo organizaba Sindicatos..
son solo dos de las mentiras y estultoidades que dice ese articulo.
Ahora resulta que en los bancos, en Telefonica y en Sindicatos no habia mujeres y que las echaban cuando se casaban jejejeje
Hay que ser DEFICIENTE MENTAL para creerse esas chorradas, pero contra Franco y la Falange vale todo.
 
El punto 3 es rigurosamente falso. Se referia a los bienes gananciales de las casadas, nunca a los privativos.
Los puntos 12 y 13 ni los comento, son estultoidades.
 
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