que pasa cuando la ADMON PUBLICA no te paga tu sueldo en meses?

Lo que comenta Tester que se equivoquen con un día extra o tal, pues lo veo más normal.

Lo de los otros casos, me suena más raro porque ya existe una partida en los presupuestos anuales del Estado o de la CCAA destinada a gastos de personal (creo que el capitulo I), es decir que ya hay una parte de la pasta reservada para los sueldos de la gente que pertenece a la administración. Habría que saber el caso más en concreto.

Yo es la primera vez que lo oigo. Nunca he visto a nadie en un medio o denunciando ante un juez a la administración por jovenlandesesa.

Desde luego que en mi caso, me han pagado todos los meses como un reloj. Tocaré madera.

Edito: Rara, ¿Eres Funcionaria?.

Sí, señor, soy funcionaria y trabajo en un departamento de personal de instituciones sanitarias de la Generalitat de Catalunya. Así que os puedo explicar cómo funciona desde dentro. Si en otros organismos públicos o en otras comunidades autónomas es diferente eso yo ya no lo sé, pero dudo que pueda haber muchas diferencias.

A ver, que explico.

Efectivamente hay una partida anual de los presupuestos generales dedicada al pago de las nóminas del personal (capítulo II) por tanto es dinero aprobado de antemano. Sólo en algunos casos muy excepcionales se aprueban partidas adicionales para esos gastos (tan excepcionales que ahora mismo no se me ocurre ninguno).

La plantilla estable está formada por el personal "propietario" (el que ocupa una plaza ganada en unas oposiciones), el personal interino (el que ocupa una plaza hasta que ésta salga a concurso-oposición) y el personal eventual estructural (el que trabaja en una plaza inexistente pero que tiene que crearse por necesidades del servicio, por ejemplo, un asistente social en una población que ha aumentado significativamente el número de ancianos, pagapensiones...). En todos los casos de plantilla estable no hay mayor problema de nómina que el que pueda darse para añadir mensualmente conceptos no habituales (horas extras, guardias...)

Plantilla "flotante". Formada por personal que hace substituciones (vacaciones o bajas, por ejemplo) o refuerzos puntuales (normalmente en los servicios de urgencias o en épocas de gran afluencia al servicio como épocas de gripe y similares). Para esta "plantilla flotante" puede haber algún problema en cobrar la nómina que SIEMPRE se resuelve de un mes para otro y que os explico en el párrafo siguiente.

Los pagos de la función pública los hace el departamento de economía y finanzas (DEF), no el departamento en el que trabaja en el funcionario. Cada mes el DEF tiene que tener la información de a quién hay que pagar y qué hacia el día 25 para que hagan la última revisión y emitan la orden correspondiente antes de final de mes. Eso supone que el servicio donde se elabora la información tiene que tenerla lista el día 5 de cada mes. Entre el día 5 y el 25 la información de la nómina pasa por otras instancias interventoras que tienen que dar el visto bueno al gasto y asegurarse de que todo está en orden, básicamente con la "plantilla flotante" (que los médicos efectivamente tengan la titulación requerida, que los conceptos sean correctos...)

Si a una persona la contratan el día 6 queda fuera de la nómina de ese mes y se le paga al mes siguiente. Si la contratación es superior a un mes el resto de meses no ha de tener ningún problema en cobrarla.

Si una persona substituye a alguien que está de baja se le paga a mes vencido. Es decir, si trabaja en julio se le paga en agosto y así durante todos los meses que dure la substitución. Esto se hace así porque no se puede dar la orden de pagar a alguien un mes entero y que a mediados de mes el titular de la plaza coja el alta y su substituto sea despedido pero cobre todo el mes. (si creeis que es difícil que la administración pague es porque no sabéis lo difícil que resulta que alguien le devuelva el dinero a la administración)

Las guardias se pagan también a mes vencido. Lógico, puesto que hasta que no se han realizado todas las guardias de julio no se sabe lo que hay que pagar, y para cuando se sabe la nómina del mes de julio está más que cerrada y a punto para cobrarse.

No conozco a nadie que no cobre durante 5 meses, ni siquiera que no cobre durante 2. Otra cosa es que la administración contrate empresas por obra que comporte la ejecución de servicios por parte de alguna persona. Eso se paga de otra forma y no por nómina, y aunque todos esos trámites los desconozco sé que se tarda mucho más en cobrar.

Si alguien no cobra durante meses no es tan difícil denunciar el caso. Yo solicitaría un certificado de bases de cotización a la tesorería de la seguridad social, una copia del contrato (o certificado de contratación) al servicio y un certificado de ingresos al banco y con todo ello y a través de los sindicatos pondría una denuncia (o a través de un abogado). Pero primero me aseguraría bien que lo que tienen que pagarme es una nómina y no una contraprestación por servicio.

También sé que en algún caso se han dado negligencias y errores en contratos cortos. Lo sé porque he vivido algunos. Pero además de que subsanan inmediatamente (de un mes para otro es lo más inmediatamente que se pueden subsanar, nos enfrentamos con un mamut, no lo olvidemos) son excepciones.

Saludos!!
 
Última edición:
ey thankius, buena explicacion

Asi que ya se si me pasa, que he de ir ....

A MACHETE jiujiujiu
 
Volver