Casero me exige 3 meses por irme antes de tiempo

Mandale un burofax pidiendole justificante de haber depositado la fianza en el organismo correspondiente. Si no responde, le dices que el contrato es nulo y que le vas denunciar.

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Si has dado fianza, pregunta "amablemente" si la depositó en el IVIMA (o donde toque).
Ah, y pídele todo el papeleo para tu declaración de la renta.
Porque como no lo tenga todo bien, que se vaya preparando con Hacienda.
Ese sería un buen método para influir en la negociación , si esta persona no tiene el alquiler declarado , le puede presionar con sutileza , y que se muestre más razonable.....

Preguntó desde el desconocimiento : esa cláusula es legal ? Porque el hecho que haya firmado , no la convierte en legal , con lo cual ....
 
Si has dado fianza, pregunta "amablemente" si la depositó en el IVIMA (o donde toque).
Ah, y pídele todo el papeleo para tu declaración de la renta.
Porque como no lo tenga todo bien, que se vaya preparando con Hacienda.

Tampoco es tan grave, en la Comunidad de Madrid se aplica un recargo del 2% si pasan más de 30 días desde la firma del contrato sin depositar la fianza y del 5% si pasa más de un año.

12 euros para una fianza de 600.
 
En realidad el trastorno de tener que ir a juicio para reclamar esos meses de diferencia, a sabiendas de que es mejor alquilarlo cuanto antes a otros inquilinos demuestra que el propietrio de la vivienda no lo debe de haber meditado bien.
Yo de usted escribiría por Whastapp lo que le dijo por teléfono al propietario, explicándole su situación laboral, y luego si insiste, quizá en juicio el juez de turno lo considere un abuso por parte del propietario. Pero los contratos hay que cumplirlos, y por eso hay que leer muy bien lo que se va a firmar antes de aceptar.
 
Yo no pagaría y listos. Primero de todo por dos meses no merece la pena ir a juicio y segundo en el caso improbable que vayas a juicio, tienes una causa mayor que dejaste de pagar porque perdiste el trabajo.
 
¿Te has quedado en paro? leche, qué frutada para el arrendador. Recuerda que no puede cobrarte más de un 30% de tus ingresos.

¿Cuánto es el 30% de cero? sonrisa:

Sin saberlo ni pretenderlo te has convertido en inquiokupa.
Y cómo casero, entonces sólo se alquilará en el futuro a funcionarios, expulsando a los trabajadores del mercado de la vivienda
Y como tengo seguro de impago, paga mapfre
 
Ese tipo de contratos de alquiler son estándar. De hecho, si entráis en la página de la OCU y te descargas un modelo de alquiler actualizado, sale esa cláusula entre otras. Es decir, pagar como mínimo seis meses y de los seis siguientes, una parte.


Tal como han dicho, te recomiendo presionar con lo de el ingreso de la fianza.

Por ley, el arrendador debe ingresar y presentar una copia al arrendatario (creo que a petición de éste). Si no lo ha hecho, tienes un gran argumento para presionar. Efectivamente, tendría un recargo del 2% por hacer el ingreso tarde, pero si cancelas el contrato (pagando todo) y denuncias, podría tener multa. Igual no le compensa meterse en ese berenjenal.

Otro requisito legal del arrendador es entregar una copia del certificado energético el primer mes. Si no lo ha hecho o no lo tiene, puede tener también problemas. Otra arma para presionar.

Finalmente, ya que él se ha desdicho con el tema de las mensualidades, tú también lo puedes hacer con lo del desconchado. ¿Puede demostrar que lo has hecho tú?

Suerte.
 
En realidad el trastorno de tener que ir a juicio para reclamar esos meses de diferencia, a sabiendas de que es mejor alquilarlo cuanto antes a otros inquilinos demuestra que el propietrio de la vivienda no lo debe de haber meditado bien.
Yo de usted escribiría por Whastapp lo que le dijo por teléfono al propietario, explicándole su situación laboral, y luego si insiste, quizá en juicio el juez de turno lo considere un abuso por parte del propietario. Pero los contratos hay que cumplirlos, y por eso hay que leer muy bien lo que se va a firmar antes de aceptar.

Edito,

El artículo 11 LAU señala que el inquilino debe permanecer en la vivienda un mínimo de 6 meses

BOE-A-1994-26003 Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos.
 
Además tienes que pagar una indemnización por los meses que faltan para cumplir el año. Es decir si te faltan 9 meses tendrías que darle 9/12 de una mensualidad. Pero no se lo digas.

No, eso sí que es ilegal. Son seis meses por ley. A partir de ahí es considerado un abuso.

"Debemos saber que si se nos impone un plazo superior a 6 meses, esa cláusula es ilegal."

Cláusulas abusivas en tu contrato de alquiler que puedes reclamar (emerita.legal)
 
Y cómo casero, entonces sólo se alquilará en el futuro a funcionarios, expulsando a los trabajadores del mercado de la vivienda
Y como tengo seguro de impago, paga mapfre

La Ley de Vivienda nos va a dejar tal escenario que nos vamos a reír de la burbuja de 2008.

Yo creo que aún no somos capaces de imaginar lo muchísimo que va a degenerar esto.
 
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