Porestar
Madmaxista
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Correcto, en ambas tienes que demostrar actividad, pero en las de caza basta con la licencia de alguna CA, cada una tiene unos requisitos, algunas examen (o eso creo, cuando yo lo hice no había examen, ahora no se si depende del sitio o no), en todas tienes que pagar una tasa. Pagas la del lugar donde sea mas fácil y ya, no tienes que cazar. La diferencia es que con esto, no tienes que cazar ni realizar la actividad que justificas. La licencia de tiro por contra, si que requiere justificación, que es básicamente competir (si te gusta no es problema, si no te gusta, un ******).
El calibre y el numero de armas no depende de la bueno que seas, hay unas limitaciones de cantidad permitida y calibre. En pistolas, prácticamente puedes tener cualquiera. Las restricciones son para calibres usados en armas de guerra (básicamente rifles) o superiores a 20 mm; en la pagina web de la GC se especifica:
Como casi todo en España, la restricción es bastante estulta.
- Armas de fuego o sistemas de armas de fuego de calibre igual o superior a 20 mm.
- Armas de fuego o sistemas de armas de fuego de calibre inferior a 20 mm., cuyos calibres el Ministerio de Defensa ha establecido como de guerra. Se incluyen dentro del grupo:
- Armas de fuego de calibre igual o superior a 12,7 mm. que utilicen munición con vaina de ranura en el culote. (Caso del Barret cal 50)
- Armas de fuego que utilicen municiones de los calibres:
- 5,45 x 39,5.
- 5,56 x 45 (o su equivalente 223).
- 7,62 x 39.
- 7,62 x 51 Nato.
- Armas de fuego automática
¿Quieres un arma de 2cm de calibre o automáticas que están prohibidas hasta en EEUU, estulto?