Nuevo sistema de cotización autónomos

Pendiente de la LPGE y tener ganas de postearlo
 
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Me lo quedo

Gracias

Ya iré editando el tochohilo y eliminando los posts sobrantes.

Id largando mientras completo.

En unos días todo vuestro y quien tenga dudas ahí tiene a un señor al que le paga por llevarle los papeles.

Que le haga ganarse el sueldo.

Ha sido un placer.

Buenas noches y buena suerte.

Chao
 
Mekago en dios has reservado 15 posts para contar algo que con como mucho dos o tres te llegaba.

El ilustre ainrandiano está dejando huella.

Cuando acabe de alicatar el hilo te doy permiso para resumir en dos o tres posts legibles todos los tochazos infumables que tengo intención de contar si me da tiempo de aquí al miercoles (tengo puesto el contador).

Y sí, alguna buena idea tenía que tener el aynradiano

Así puedo soltar mis defecaciones mentales sin florerus interruptus intermedios roto2

Creía que este floro no era tan activo ni por asomo como el principal y que tendría un par de días para ir puliendo el tochohilo para el palmada de salida, pero ná

No había tenido en cuenta que aquí se postea primero y se lee después

Lo de leer después es un decir, no se lee ni antes ni después a la que hay un post de longitud superior a dos líneas o que no consista en un enlace a un twit, un puro meme o una cancelada de forocoches. Quitando de los casos citados (90% de los posts) aquí se entra a vender el libro de cada uno con independencia del tema del hilo roto2

Burbuja no defrauda sonrisa:
 
Y si la base mínima son 1200 y cotizas por 600 te cuenta como un dia cotizado o como medio?
 
Un pequeño apunte querido funcivago..... recibir 300€ de un autonomo que sirvan para pagar a sus excelsas majestades calientasillas de las AAPP, siempre será mejor que recibir CERO euros.

Lo digo porque si realmente insisten en exprimir más a los pocos que trabajan, el estruendo de las persianas cayendo se va a escuchar incluso en la Moncloa, por muy buen aislamiento acústico que tenga el bunker de tu amo.
 
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Un pequeño apunte querido funcivago..... recibir 300€ de un autonomo que sirvan para pagar a sus excelsas majestades calientasillas de las AAPP, siempre será mejor que recibir CERO euros.

Lo digo porque si realmente inisten en exprimir más a los pocos que trabajan, el estruendo de las persianas cayendo se va a escuchar incluso en la Moncloa, por muy buen aislamiento acústico que tenga el bunker de tu amo.

Mañana o pasado pariré como se va a calcular cuanto va a tener que esmochar el autónomo para que podáis rajar rico rico y con fundamento.

Si los datos de hacienda son buenos 2 millones de autónomos pagarían menos (de 300 euros a unos 200) y 1 millón un poco más (de 300 ñapos a 450 ganando más de 6k limpios al mes) pero no adelantemos acontecimientos...
 
Aunque no sea le tema del hilo ...

Sobre el criterio de habitualidad.
¿Teneis a nivel interno reglas para decidir que trabajo es habitual y cual no?

Por ejemplo:
Si yo hago 5 reportajes de fotografia de boda cada verano, solo durante 4 meses al año y asi durante veranos sucesivos. Cada reportaje es solo un dia de actividad ya que las fotografias me las edita otra persona.

¿Seria considerado un trabajo habitual y por lo tanto obligado al alta en el RETA?
 
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Acuerdese de los moduleros , he estado leyendo que se se ha de calcular en base a superficie del local , empleados, luz , y previsión de beneficios.
Ni que fueramos matematicos teóricos y adivinos. Semos la guano de la sociedad.
 
Aunque no sea le tema del hilo ...

Sobre el criterio de habitualidad.
¿Teneis a nivel interno reglas para decidir que trabajo es habitual y cual no?

Por ejemplo:
Si yo hago 5 reportajes de fotografia de boda cada verano, solo durante 4 meses al año y asi durante veranos sucesivos. Cada reportaje es solo un dia de actividad ya que las fotografias me las edita otra persona.

¿Seria considerado un trabajo habitual y por lo tanto obligado al alta en el RETA?

Las reglas son las indicadas: hasta la sentencia módulo temporal, a partir de la sentencia hay que considerar otros factores (el económico es uno más)

En el caso que citas, a falta de concretar los factores que cito eres autónomo

. La habitualidad para los trabajadores que se ocupen en trabajos de temporada quedará referida a la duración normal de ésta
.

Esto es un copipega del art 2 punto 2 del Decreto 2530/70
 
Acuerdese de los moduleros , he estado leyendo que se se ha de calcular en base a superficie del local , empleados, luz , y previsión de beneficios.
Ni que fueramos matematicos teóricos y adivinos. Semos la guano de la sociedad.

Cuando actualice hablaremos del Gobierno que decía Tip y Coll.

Precisamente los moduleros sois los que lo vais a tener más cigoto para calcular los rendimientos previstos y elegir las cuotas provisionales

Solo señalar que para dudas sobre el cálculo de los módulos hay que dirigirse a la ventanilla de hacienda.

A la SS de los módulos sólo nos interesa que hacienda nos chive a cuanto sube el rendimiento neto reducido para calcular la regularización, establecer la cotización definitiva y, en su caso, proceder a la devolución o a reclamar las diferencias

Pero no adelantemos acontecimientos, Martín, si coges el Delorian en los próximos días lo explico.
 
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