Nueva jugada maestra de cierta etnia, aprended remeros

Claro.
Ponte en situación. Te pillas un piso en una subasta judicial, vas para allá y te encuentras una liendre. A tomar por ojo ciego de aquí pero ya.
A ti no te importa un carajo los pactos o lo que fuera que tuviera con el anterior propietario, que ya no lo es. Desahucio por precario (eso si lo quieres hacer por las buenas) y ya.
Pero frutada. El nuevo adquiriente sólo tendrá obligación de hacer frente a las deudas de cuatro años atrás desde el momento de la subasta y el resto de la deuda el
Anterior dueño. Vamos, que lo anterior lo tienes perdido en caso de etnianos
 
Pero frutada. El nuevo adquiriente sólo tendrá obligación de hacer frente a las deudas de cuatro años atrás desde el momento de la subasta y el resto de la deuda el
Anterior dueño. Vamos, que lo anterior lo tienes perdido en caso de etnianos
No, porque eso se entiende ya que se ha tenido en cuenta a la hora de comprarlo, y por tanto reflejado en el precio que habrás pagado por él.
Un piso como el del ejemplo como es normal tiene un precio sensiblemente menor, como podrás suponer.
 
No, porque eso se entiende ya que se ha tenido en cuenta a la hora de comprarlo, y por tanto reflejado en el precio que habrás pagado por él.
Un piso como el del ejemplo como es normal tiene un precio sensiblemente menor, como podrás suponer.
Ahmmmm ahhh claro que lo subasta la comunidad y se cobra la deuda. Ya ya entiendo.
articulo 9 de la lph
 
Ahmmmm ahhh claro que lo subasta la comunidad y se cobra la deuda. Ya ya entiendo.
articulo 9 de la lph

No le des vueltas, no se puede echar al usufructuario. Da igual que el nuevo propietario tenga la propiedad del inmueble, por ese motivo, y aunque parezca raro, imagino que pasará como en muchas subastas judiciales, que quedan desiertas.

Pero no es solo que el usufructuario no deba pagar las deudas, es que además seguirá hasta su fin sin pagar gasto alguno en el ejemplo que comenta el op

Y ahora hablando realidades, solo queda una opción viable, que un posible propietario compre por una cantidad mínima el inmueble, y que llegue a un acuerdo en el que por un dinero consiga que los usufructuarios renuncien a sus derechos y se vayan. Todo lo demás es enredar, salvo que aporten datos. Dudo que nadie compre una propiedad que no va a poder utilizar ni vender en muchísimos años, pero sí tendría que hacerse cargo de todos los gastos. ¿Tú lo harías?

En google tienes toda la información que quieras sobre los derechos y obligaciones de los usufructuarios y el dueño del inmueble. Ya puse un enlace, no es lo que yo diga.
 
Obligaciones que le corresponden al usufructuario por ley
Las obligaciones con las que debe cumplir el usufructuario son las que se contemplan entre los artículos 491 y 512 del Código Civil. Brevemente éstas consisten en:

  • Conservar diligentemente los objetos usufructuados.
  • Reparar los gastos que requirieran las reparaciones ordinarias de la cosa usufructuada.
  • Anunciar al dueño del bien usufructuado la necesidad de llevar a cabo reparaciones extraordinarias.
  • Abonar las cargas y contribuciones que fueran pertinentes.
  • Informar acerca de cualquier perturbación que pudiera sufrir el derecho de propiedad.
  • Pagar los gastos de los pleitos que surgieran sobre el usufructo.
  • Entregar la cosa usufructuada al nudo propietario.

Según esto, no tendría recorrido que quien tuviera que soportar los gastos de comunidad fuera el propietario con nuda propiedad
 
Esa es la conclusión a la que llegue y que expondré en la próxima reunión de vecinos.
Pero el forero de aquí encima dice que no.
jorobar, es lo uno o es lo otro.
ante deudas con la comunidad está tiene capacidad de subastar el inmueble? Si lo subasta, se puede echar a los que estén dentro?

SI.
Hombre, buscarán alguna triquiñuela: "vulnerabilidad", que vivan menores.... pero el Juzgado les informa al publicar la subasta de que pueden acudir al organismo correspondiente para que les busque zulo.
 

Todos los pisos tienen un usufructuario:
-la viuda o viudo de la parte de su cónyuge.
-el arrendatario.
-el familiar al que le has dejado vivir en el piso durante un tiempo.
 
Hay gente que se sale del sistema de verdad. Se va al campo e intenta ser autosuficiente. Pero lo de los etnianos no lo comparto. Lo que hacen es parasitar al sistema y perjudicando a gente corriente.
 
Lo raro es que los vecinos hayan tenido huevones para llevarles a juicio.
Los jovenlandesesos de mi comunidad ahi siguen, con total impunidad sin pagar la comunidad mientras cambian de coche cada poco(y los compran nuevos), tienen tv de pago, móviles caros, etc...
La única que le echó huevones pidiendo que cumplan sus obligaciones : yo. Resultado: vandalismo en mi coche, amenazas, etc...
Los demás van dejando pasar el tiempo, hasta les hacen la pelota para quedar bien con ellos, incluso meten cosa contra mí para echar ellos balones fuera, etc...Me he decladado en huelga, ya he avisado que no voy a volver a ser presidenta. (Por cierto: los etnianos se escudan en su etnianismo para no ser nunca presidentes. Aunque casi mejor, pues se de unos que sí fueron presidentes pero metieron a cargo de la comunidad sus recibos de la casa)
 
Pero frutada. El nuevo adquiriente sólo tendrá obligación de hacer frente a las deudas de cuatro años atrás desde el momento de la subasta y el resto de la deuda el
Anterior dueño. Vamos, que lo anterior lo tienes perdido en caso de etnianos
Entiendo que si es la comunidad la que insta la subasta, es la primera que cobra lo que se le debe.
 
A ver la cosa es más simple de lo que algunos exponen:

causas de extinción del usufructo Art. 513 CC

Por la resolución del derecho del constituyente.
Por expropiación forzosa

Si el propietario pierde la nuda propiedad se pierde el usufructo, nacería en todo caso un derecho del usufrucutario a que le paguen la cuota del usufructo vitalicio pero no la comunidad o el nuevo comprador de buena fe (responsabilidad por evicción a 3ºs de buena fe)

Hasta aquí todo parece claro en la teoría aunque no me gustaría tener que meterme como abogado en este brete porque es en este tipo de situaciones cuando empiezan a salir acondroplásicos por todos los lados, para empezar se podría paralizar la subasta judicial por el interés de menores que habitan ahí dentro, por lo establecido en el decreto del "escudo social" y la imposibilidad de pedir ejecución provisional ante esta situación lo que puede alargar el proceso una década y acabarían saliéndose con la suya "legalmente"

Hasta ahí la teoría, la práctica. Nota simple-certificado de cargas y descubres tropecientos embargos a la hora de la subasta, que ahí viven etnianos y que la comunidad tiene una deuda. En principio adquieres con conocimiento de estas cargas, las visibles llamémoslo pues haces tus cálculos con el valor teórico del inmueble (que a saber en que estado está) y puedes decir, renta. Pero con ese pedazo de bicho dentro hay que ser muy valiente para comprarlo porque en un eventual juicio de si puedes o no subastar este inmueble (que en principio la comunidad como actora sí podría iniciarlo) porque luego viene el juicio de desahucio en principio por precario contra estos indeseables que como ya he dicho puede ser muy largo.

Y es que aun se puede complicar más la cosa, en principio puede parecer que tienes 2 partes: José Luis Heredia Varela y sus usufructuarios, pero qué pasa si demandas al propietario aparente José Luis pero en realidad se lo tras*mitió su cuñado Jonathan y no ha inscrito la nueva titularidad en el registro de la propiedad? Pues que se presume que el verdadero propietario es Jonathan y tu has obtenido una sentencia ejecutable contra el propietario aparente pero el registrador de la propiedad cuando va a inscribir el embargo lo que va a ver es que no se corresponde la sentencia con el titular real y ahí vuelve a haber problemas.

Son cosas que con un poco de sentido común y buena fe no tienen ningún sentido pero como casi siempre la Ley se pone del lado de los sinvergüenzas que no sabrán ni liar un porro con la mano izquierda pero que de estas cosas son doctor honoris causa, y es que realmente tampoco hay que tener un master en derecho, si en su mundillo se corre la voz de "le compras un piso a alguien, no lo inscribes, te presentas en la comunidad con la escritura y domicilias todo a tu nombre, metes de usufructuarios a tus familiares y con eso no te pueden echar" pues no necesitan saber más, saben que funciona y punto.

YO personalmente no tengo nada claro como acabaría todo este asunto porque el sentido común es el menos común de los sentidos.
 
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